DECRETO 3150 DE 1986

Decretos 1986

DECRETO  3150 DE 1986    

(octubre 7)    

     

Por el  cual se crea una comisión de estudios y evaluación de los proyectos de Código  de Procedimiento Penal y de Estatuto Penal Aduanero.    

     

El Presidente de la República de Colombia,  en uso de sus facultades legales, y    

     

CONSIDERANDO:    

     

Que los Proyectos de  Código de Procedimiento Penal y de Estatuto Penal Aduanero presentados en  agosto pasado por la Comisión Asesora prevista en la Ley 52    

de 1984, han suscitado observaciones de distinto orden;    

Que resulta  conveniente integrar una comisión de juristas que estudie dichos proyectos con  base en las observaciones planteadas y realice una evaluación final de los  mismos;    

Que el Gobierno puede,  a través del Ministerio de    

Justicia, estudiar y  proyectar las reformas tendientes a garantizar una mejor administración de  justicia,    

     

DECRETA:    

     

Artículo 1º Créase una  comisión asesora para el estudio y la evaluación del Proyecto de Código de  Procedimiento Penal y del Proyecto de Estatuto Penal Aduanero, elaborados en  desarrollo de las facultades concedidas por la Ley 52 de 1984 y  entregados al Gobierno en agosto pasado.    

     

Artículo 2° La comisión  estará integrada por:    

José Manuel Arias Carrizosa, Elsa Calderón Herrera, Edilma  Cely de Suárez, Federico Estrada Vélez, Heraclio Fernández Sandoval, Alfonso Gómez Méndez, Jesús  Ignacio García Valencia, Roberto Medina López, Dídimo Páez Velandia,  Yesid Reyes Alvarado, Edgar Saavedra Rojas Miguel  Sánchez Méndez, Mario Sánchez Novoa y José Heriberto Velásquez Ramos.    

     

Artículo 3° El Ministerio de  Justicia suministrará a los comisionados los servicios de secretaría, sitio de  reunión, grabación, biblioteca, documentación, archivo y publicaciones  necesarios para el adecuado cumplimiento de sus funciones.    

     

Artículo 4° La Oficina de  Investigaciones Socio-Jurídicas y de Prevención del Delito del Ministerio de  Justicia será la dependencia operativa de dicha comisión.    

     

Artículo 5° La comisión  tendrá por secretarios a los doctores Santiago Gómez Parra, Jefe de la Oficina  de Investigaciones Socio-Jurídicas del Ministerio de Justicia y a la doctora  Nancy Yanira Muñoz Martínez.    

Los secretarios de la  comisión asesora además de sus funciones propias tendrán las de organizar  actividades tendientes a la difusión nacional de los referidos    

proyectos.    

     

Artículo 6° El presente  Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.    

     

Publíquese y cúmplase.    

     

Dado en Bogotá, D. E.,  a 7 de octubre de 1986.    

     

VIRGILIO BARCO    

     

El Ministro de  Justicia.    

EDUARDO SUESCUN MONROY.              

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