DECRETO 3042 DE 1984

Decretos 1984

DECRETO 3042 DE 1984

(Diciembre  13)    

     

Por el cual se autoriza al Instituto de Fomento Industrial  IFI para que en ejecución del proyecto de pesca, disponga de los bienes objeto  de una donación del Gobierno Japonés.    

     

El Presidente  de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y  legales,    

     

CONSIDERANDO:    

     

Que  mediante el   Decreto  Ejecutivo número 123, del 19 enero de 1983, se designó al Ministerio de  Desarrollo Económico para que a través del Instituto de Fomento Industrial IFI,  sea la entidad encargada de adelantar el Proyecto de Pesca Costera de que trata  el Canje de Notas suscrito entre el Gobierno de Colombia y el Gobierno del  Japón el día 28 de octubre de 1982;    

     

Que en consecuencia, el  Ministerio de Desarrollo Económico, quedó facultado para aceptar la donación  del Gobierno Japonés, y darle la destilación prevista en el citado canje de  notas, a través del Instituto de Fomento Industrial;    

     

Que para la ejecución en debida  forma del Proyecto de Pesca, puede ser necesario en cualquier momento, disponer  de los bienes objeto de la donación, en la forma que más convenga al Proyecto,    

     

DECRETA:    

     

Artículo 1º.-Facúltese al  Ministerio de Desarrollo Económico, para que a través del Instituto de Fomento  Industrial IFI, en ejecución del Proyecto de Pesca Costera, adelante las  siguientes gestiones y operaciones:    

     

a)     Aportar  a la sociedad constituida para efectuar el desarrollo de la pesca costera, los  euipos y elementos objeto de la donación japonesa;    

     

b)    Vender a  dicha empresa, o a otras personas naturales o jurídicas que estén directamente  relacionadas con la ejecución del proyecto, los equipos y elementos objeto de  la donación, en condicioens favorables de plazo, previo y de interés, comodato,  o en la forma que lo considere conveniente para la más pronta y mejor ejecución  del proyecto.    

     

Artículo 2º.-Este Decreto rige a  partir de la fecha de su expedición.    

     

Comuníquese y cúmplase.    

     

Dado en Bogotá, D.E., a 13 de  diciembre de 1984.    

     

BELISARIO BETANCUR    

     

El Ministro de Desarrollo  Económico,    

Iván Duque Escobar.    

     

           

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