DECRETO 3006 DE 1986
(septiembre 25)
Por el cual se delegan algunas funciones constitucionales.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 5º del Acto legislativo número 1 de 1977, y
CONSIDERANDO:
Que el Presidente de la República estará ausente del país del 27 de septiembre al 3 de octubre del presente año, tiempo durante el cual presidirá la reunión anual conjunta del Fondo Monetario Internacional y el Banco Mundial; y pronunciará discursos en la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas, reunida en el cuadragésimo primer período ordinario de sesiones, y en sesión especial del Consejo Permanente de la Organización de Estados Americanos,
DECRETA:
Artículo 1° Deléganse, por el tiempo que dure la ausencia del Presidente de la República, de acuerdo con el considerando de este Decreto, en el Ministro de Gobierno, doctor Fernando Cepeda Ulloa, las funciones correspondientes a los asuntos indicados en los numerales 5, 6, 7 y 8 del artículo 118; numeral 2º del artículo 119; numerales 2, 3, 6, 7 y 21 del artículo 120 y en el artículo 121 de la Constitución Política.
Artículo 2° Este Decreto rige desde su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 25 de septiembre de 1986.
VIRGILIO BARCO
El Jefe del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República,
GERMAN MONTOYA VELEZ.