DECRETO 290 DE 1984
(febrero 6)
por el cual se adiciona el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y se abren unos créditos adicionales en el Presupuesto de Gastos de la vigencia fiscal de 19984 (Ministerio de Hacienda y Crédito Público), por valor de $ 18.467.4000.000.
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades que le confiere el artículo 109 del Decreto extraordinario 294 de 1973, y
CONSIDERANDO:
Que el Gobierno Nacional está facultado por el artículo 99 del Decreto extraordinario 294 de 1973 para abrir en receso del Congreso, créditos suplementales o extraordinarios al presupuesto con la aprobación del Consejo de Ministros y el concepto previo y favorable del Consejo de Estado;
Que por medio del Decreto número 2067 de julio 19 de 1983 se autorizó al señor Ministro de Hacienda y Crédito Público para gestionar a nombre del Gobierno Nacional un empréstito externo hasta por la suma de doscientos cincuenta millones de dólares (US $ 250.000.000);
Que por medio de la Resolución número 09153 de diciembre 7 de 1983, el señor Contralor General de la República, refrendó el contrato de préstamo celebrado entre la Nación y un grupo de bancos extranjeros, actuando como agente el Chemical Bank, por, valor total de doscientos diez millones de dólares (US $ 210.000.000) de los Estados Unidos de América.
Que con la apertura de los créditos adicionales de que trata este Decreto, no se excede el 25% del total de la Ley de Apropiaciones, señalado en el artículo 100 del Decreto extraordinario 294 de 1973;
Que para amparar la apertura de los créditos adicionales en el Presupuesto de Gastos de la actual vigencia, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 101, numeral 2 del Decreto extraordinario 294 de 1973, el Contralor General de la República expidió el Certificado de Disponibilidad número 01 de enero de 1984, por valor de $ 18.467.400.000;
Que el Departamento Nacional de Planeación conceptuó favorablemente sobre la adición presupuestal al Presupuesto de Gastos de Inversión;
Que el honorable Consejo de Ministros ha autorizado la apertura de los créditos adicionales y el Consejo de Estado, emitido concepto previo y favorable sobre los mismos;
Que se han cumplido los requisitos legales necesarios para, la tramitación de esta operación presupuestal,
DECRETA:
Artículo 1º. Adiciónase el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital de la vigencia fiscal de 1984 en la cantidad de dieciocho mil cuatrocientos sesenta y siete millones cuatrocientos mil pesos ($ 18.467.400.000) que con base en el Certificado de Disponibilidad número 01 de enero de 1984, se incorpora así:
PRESUPUESTO DE RENTAS Y RECURSOS DE CAPITAL
Recursos de capital.
Capítulo XIII.
Recursos del crédito.
b) Recursos del crédito externo
Numeral 124. Equivalente en pesos del producto del préstamo, celebrado el 2 de diciembre de 1983, entre el Gobierno Nacional y un grupo de bancos, actuando como agente el Chemical. Bank (Certificado de Disponibilidad número 01, de enero de 1984, por valor de
$ 18.467.400.000
Suman los recursos
$ 18.467.400.000
Artículo 2º, Con base en los recursos de que trata el artículo anterior, ábrense los siguientes créditos adicionales en el Presupuesto de Gastos de la vigencia fiscal de 1984, así:
PRESUPUESTO DE INVERSION
Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
Recurso: Crédito externo-Chemical. Bank.
Capitulo 05.
Dirección General de Crédito Público.
Programa 2103.
Servicios públicos urbanos.
Inversión indirecta.
Artículo 5681. Préstamos varios, Decreto 505 de 1974.
41-361. Proyecto 2. Para entregar a ISA en calidad de préstamo, destinados a los proyectos San Carlos I y II, Chivor II y desviaciones de los ríos Rucio, Negro y Tunjita, al embalse de la Central Hidroeléctrica de Chivor
$ 5.979,920.000
41-361. Proyecto 3. Para entregar a la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá en calidad de préstamo, destinados al Proyecto Chingaza
1.758,800.000
41-361. Proyecto 4. Para entregar a las Empresas Públicas de Medellín, en calidad de préstamo, destinados a los proyectos Río Grande, Playas y Guadalupe
1.706.036.000
Programa 3504.
Producción y fomento minero.
Inversión indirecta.
Artículo 5681A. Préstamos varios, Decreto 505 de 1974.
42-295. Proyecto 1. Para entregar a Carbocol, en calidad de préstamo, destinados a financiar parcialmente las necesidades de inversión del Proyecto Cerrejón, Zona Norte
6.155,800.000
42-262. Proyecto 2. Para entregar al IFI en calidad de préstamo, destinados al Proyecto de explotación de níquel en Cerromatoso
2.866.844.000
Total créditos adicionales, Ministerio de Hacienda y Crédito Público
$ 18.467.400.000
Total crédito
$ 18.467.400.000
Artículo 3º. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, D. E., a 6 de febrero de 1984.
BELIS ARIO BFTANCUR
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Edgar Gutiérrez Castro.