DECRETO 2854 DE 1984

Decretos 1984

DECRETO  2854 DE 1984

(noviembre 26)    

     

por el cual se  modifica el articulo 12 del Decreto 1577 de 1979    

     

Nota: Derogado por el Decreto 33 de 1990,  artículo 20.    

     

El  Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales  y en especial las que le confiere el ordinal 3° del articulo 120 de  la. Constitución,    

     

DECRETA:    

     

Articulo 1° El articulo 12 del Decreto 1577 de 1979  quedara como sigue, en su parte pertinente:    

     

De los  requisitos mínimos: Fíjanse los siguientes requisitos mínimos para el ejercicio  de los empleos comprendidos en los diferentes niveles de que tratan los  Decretos-leyes 712, 1042, 1044, 1158, 1302, 1311, 2924 de 1978 y 419 de 1979.    

     

Capitán de Aduanas    

     

Código  3040. Grado 10. Haber sido durante un año Capitán de Aduanas grado salarial  nueve.    

     

Grado 09.  Haber sido Teniente de Aduanas grado salarial veinte, del nivel administrativo,  durante tres años o haber sido Oficial de las Fuerzas Militares o de la  Policía, en uso de buen retiro, en los grados de Capitán ,o Mayor y haber  aprobado el curso correspondiente en la Escuela de Aduanas.    

     

Además,  para el ejercicio de estos empleos (grados 10 y 09), se requiere:    

     

Tener  aptitud física.    

     

Haber  observado buena conductor en el servicio militar o en el campo anterior.    

     

Haber  aprobado el respectivo informe de seguridad personal.    

     

Poseer  certificación de la Sección de Personal de la Dirección General de Aduanas en la que conste si ha  sido o no funcionario de esta.    

     

Articulo  2° El presente Decreto rige a partir de su expedición.    

     

Comuníquese  y cúmplase.    

     

Dado en  Bogota, D. E., a 26 de noviembre de 1984.    

     

BELISARIO  BETANCUR    

     

El  Ministro de Hacienda y Crédito Público,    

Roberto  Junguito Bonnet.    

     

La Jefe  del Departamento Administrativo del Servicio Civil,    

Ericina  Mendoza Saladén.          

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