DECRETO 2746 DE 1985

Decretos 1985

DECRETO  2746 DE 1985    

(septiembre  23)    

     

Por  el cual se modifica el Decreto 2987 de 1984.    

     

El  Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de la facultad que le  confiere el numeral 3° del  artículo 120 de la Constitución Nacional,    

     

DECRETA:    

     

Artículo 1°  El artículo 1° del Decreto  2987 de 3 de diciembre de 1984, quedará así:    

“Las  Empresas del Sistema Eléctrico Interconectado que en 30 de noviembre de 1984,  presenten deudas insolutas con la Empresa Colombiana de Petróleos, Ecopetrol,  por concepto de consumo de combustible utilizado para generación de energía  eléctrica, deberán firmar pagarés a favor de Ecopetrol por el valor total de  estas obligaciones, incluyendo los intereses de mora.    

“Estos  títulos tendrán un plazo de dieciocho (18) meses, y se pagarán en cuotas  mensuales iguales y consecutivas, con un interés del 28% anual por semestre  vencido.    

“Se  exceptúa de lo aquí dispuesto a la Corporación Eléctrica de la Costa Atlántica,  Corelca, cuyos pagarés tendrán un plazo de treinta y seis (36) meses, con un  interés del 24% anual por semestre vencido.    

“Parágrafo.  Las deudas mencionadas, no involucran los préstamos ni las refinanciaciones  acordadas anteriormente entre Ecopetrol y las entidades a que se refiere este  artículo”.    

     

Artículo 2°  Este Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga toda  disposición en contrario.    

     

Publíquese,  comuníquese y cúmplase.    

     

Dado en  Bogotá, D. E., a 23 de septiembre de 1985.    

     

BELISARIO  BETANCUR    

     

El Ministro  de Minas y Energía,    

IVAN DUQUE  ESCOBAR.          

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