DECRETO 273 DE 1988

Decretos 1988

DECRETO 273 DE 1988    

(febrero 9)    

     

Por el cual se señala el valor de la unidad  de poder adquisitivo constante UPAC para los efectos del decreto ley 468 de  1986.    

     

El Presidente de la República  de Colombia, en desarrollo de las atribuciones que le confiere el artículo 120,  numeral 3º de la Constitución Política y en especial del artículo 15 del Decreto  extraordinario 468 de 1986,    

     

DECRETA:    

     

Artículo 1º En desarrollo del  artículo 15 del Decreto  extraordinario 468 de 11 de febrero de 1986 y para los efectos previstos en  el mismo, Decreto, señálase el valor de Unidad de Poder Adquisitivo Constante  UPAC para el presente año, en la suma de un mil quinientos setenta y cuatro  pesos con veintidós centavos ($ 1.574.22) moneda corriente.    

     

Articulo 2º Este Decreto rige  desde la fecha de su publicación.    

     

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D.E., a 9 de  febrero de 1888.    

     

VIRGILIO  BARCO    

     

El Jefe del Departamento  Administrativo de Intendencias y Comisarías    

DARIO MEZA  LATORRE.    

           

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