DECRETO 268 DE 1989

Decretos 1989

DECRETO 268 DE 1989    

(febrero  3)    

por  el cual se modifica parcialmente el Decreto 2274 de 1988.    

El Presidente de la República de Colombia, en  ejercicio de las facultades que le confiere el numeral 3° del artículo 120 de  la Constitución Política,    

DECRETA:    

ARTICULO 1° El artículo 2° del Decreto 2274 de 1983,  quedará así:    

“Artículo 2° Para los fines de este Decreto,  los funcionarios responsables de la administración de los archivos de las  entidades y organismos públicos deberán informar al Archivo Nacional, a más  tardar el 31 de diciembre de 1989, por conducto del Secretario General o del  funcionario que haga sus veces el estado actual de sus archivos, el volumen de  los documentos archivados y la metodología que están utilizando para cumplir su  función.    

El incumplimiento de esta obligación será causal de  mala conducta”.    

ARTICULO 2° El presente Decreto rige a partir de su  publicación.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. E., a 3 de febrero de 1989.    

VIRGILIO  BARCO    

El Ministro de Educación Nacional,    

MANUEL  FRANCISCO BECERRA BARNEY.

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