DECRETO 2585 DE 1988
(diciembre 15)
Por el cual se dictan normas en materia de Corporaciones financieras.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales, en especial de las que le confiere el numeral 14 del artículo 120 de la Constitución Política.
DECRETA:
Artículo 1° Adiciónase el artículo 9° del Decreto 2041 de 1987, con el siguiente numeral:
“13. Adquirir y mantener acciones de empresas exportadoras. Para el efecto, las corporaciones financieras podrán obtener crédito del Fondo de Promoción de Exportaciones, Proexpo”.
Artículo 2° El presente Decreto rige desde la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 15 de diciembre de 1988.
VIRGILIO BARCO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
LUIS FERNANDO ALARCON MANTILLA.