DECRETO 257 DE 1985
(enero 28)
por el cual se introduce una modificación en el Arancel de Aduanas.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confieren los artículos 120, ordinal 22 y 205 de la Constitución Nacional, en desarrollo de lo previsto en la Ley 6ª de 1971, y oído el concepto del Consejo Nacional de Política Aduanera,
DECRETA:
Artículo 1° Señálase en 25% el gravamen ad‑valorem para los productos clasificables por la posición 84.59.89.11 del Arancel de Aduanas.
Artículo 2° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición y modifica en lo pertinente el artículo 5° del Decreto 1618 de 1984.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 28 de enero de 1985.
BELISARIO BETANCUR
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
ROBERTO JUNGUITO BONNET.