DECRETO 2526 DE 1984
(octubre 9)
por el cual se delegan algunas funciones constitucionales.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 5° del Acto Legislativo número 1 de 1977, y
CONSIDERANDO:
Que el Presidente de la República estará ausente del país, durante los días 10 y 11 de octubre de 1984, con motivo de su viaje a la ciudad de Panamá, Panamá, para asistir a los actos de posesión del señor Presidente de dicho país, doctor Nicolás Ardito Barletta;
Que el Ministro de Relaciones Exteriores, en razón de la precedencia establecida en las leyes y en consideración a su filiación política, está habilitado para ejercer funciones constitucionales como Ministro Delegatario,
DECRETA:
Artículo 1° Por el tiempo que dure la ausencia del Presidente de la República, en razón de su viaje a que se refieren los considerandos de este Decreto, deléganse en el Ministro de Relaciones Exteriores, doctor Augusto Ramírez Ocampo, las funciones correspondientes a los asuntos indicados en los numerales 5°, 6° y 7° del artículo 118; numeral 2° del artículo 119 y numerales 2°, 3°, 6° y 7° del artículo 120 de la Constitución
Artículo 2° Este Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 9 de octubre de 1984.
BELISARIO BETANCUR
El Jefe del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República,
Alfonso Ospina Ospina.