DECRETO 24 DE 1989
(enero 3)
por el cual se fija la escala salarial para los empleados de la Dirección Nacional y las Oficinas Seccionales de Carrera Judicial
Nota: Derogado por el Decreto 81 de 1990, artículo 4º.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades extraordinarias que le confiere la Ley 77 de 1988.
DECRETA:
Articulo 1º.-Fíjase la siguiente escala salarial para los empleos de la Dirección Nacional y las Oficinas Seccionales de la Carrera Judicial.
Grado
1
2
3
4
5
6
7
8
9
10
11
12
13
14
15
16
17
18
19
20
Sueldo
$ 37.500
45.000
53.750
63.750
77.500
91.250
105.000
118.750
132.500
146.250
160.000
173.750
187.500
201.250
215.000
228.750
242.500
256.250
283.750
312.500
Articulo 2º.-El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación, modifica el articulo 1º del Decreto Ley 91 de 1988, y surte efectos fiscales a partir de l1o de enero de 1989.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D.E., a 3 de enero de 1989.
VIRGILIO BARCO.
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Luis Fernando Alarcón Mantilla.
El Ministro Justicia,
Guillermo Plazas Alcid.
El Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil,
Joaquin Barreto Ruiz.