DECRETO 2383 DE 1985

Decretos 1985

DECRETO 2383 DE 1985    

(agosto 23)    

     

Por el cual se aprueba la organización interna y se fijan las  funciones de las dependencias de la Corporación Autónoma Regional del Cesar  Corpocesar.    

     

El Presidente de la República de  Colombia en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 16 de los  estatutos de Corpocesar aprobados por Decreto 1630 de 1985    

     

DECRETA:    

     

ARTICULO  1° Apruébase la organización interna y las funciones de las dependencias de la  Corporación Autónoma Regional del Cesar Corpocesar adoptadas mediante el  Acuerdo número 016 de 1985 de la Junta Directiva de dicha entidad cuyo texto es  el siguiente:    

     

ACUERDO NÚMERO 016 DE 1985    

(junio 27)    

     

por  el cual se establece la organización interna y se fijan las funciones de las  dependencias de la Corporación Autónoma Regional del Cesar Corpocesar.    

     

La  Junta Directiva de la Corporación Autónoma Regional del Cesar Corpocesar en  ejercicio de sus facultades legales y estatutarias y oído el concepto de la  Secretaría de Administración Pública de la Presidencia de la República,    

     

ACUERDA:    

     

CAPITULO I    

     

DE LA ORGANIZACION INTERNA    

     

Artículo  1° La organización interna de la Corporación Autónoma Regional del Cesar  Corporcesar será la siguiente:    

     

1.  Junta Directiva.    

2.  Dirección Ejecutiva    

   2.1. Oficina de Planeación.    

  2.2.  Oficina de Asuntos fronterizos    

3.  Secretaría General.    

4.  Subdirección Administrativa y Financiera.    

  4.1.  División Administrativa.    

  4.2.  División Financiera.    

5.  Subdirección Técnica    

  5.1.  División de Proyectos.    

  5.2.  División de Recursos Naturales.    

6.  Organos de Asesoría y Coordinación.    

  6.1.  Comité de Dirección    

  6.2.  Junta de Licitaciones y Adjudicaciones.    

  6.3.  Comisión de personal.    

     

     

CAPITULO II    

     

DE LAS FUNCIONES.    

     

Artículo 2° JUNTA DIRECTIVA Y  DIRECCION EJECUTIVA. La Junta Directiva y el Director Ejecutivo cumplirán las  funciones a ellos asignadas en el Decreto 3454 de 1983  en los estatutos de la Corporación y demás disposiciones legales vigentes que  los adicionen, modifiquen o sustituyan.    

     

 Artículo 3° OFICINA DE  PLANEACION. Son funciones de la Oficina de Planeación:    

     

 a) Asesorar a la Dirección  Ejecutiva en la formación y orientación de las políticas planes programas y  proyectos de la Corporación.    

 b) Asesorar a la Dirección  Ejecutiva en la celebración de convenios con otras entidades públicas y  privadas nacionales o extranjeras.    

e) Identificar las actividades y  proyectos que deba realizar la Corporación en cumplimiento de sus objetivos  señalar el orden de prioridades de las mismas analizar sus beneficios costos y  proponer los mecanismos más adecuados para su ejecución.    

     

d) Elaborar los estudios sobre  métodos y procedimientos de cobro de los diferentes servicios y obras que en  cumplimiento de sus objetivos lleve a cabo la entidad a través de valorización  tasas tarifas y contribuciones.    

e) Elaborar en coordinación con  las demás dependencias los planes programas y proyectos que deben ser  desarrollados por la Corporación y proponerlos a la Dirección Ejecutiva.    

f) Evaluar el desarrollo de los  planes y programas que adelante la Corporación y hacer los ajustes y  recomendaciones que sean pertinentes.    

g) Diseñar y programar el sistema  integrado de información de la Corporación y promover su desarrollo a todos los  niveles.    

h) Elaborar manuales de  codificación documentación de operaciones programaciones y de usuarios para las  diferentes aplicaciones.    

i) Efectuar el procesamiento de  datos y producir la información que sea necesaria para el cumplimiento de los  objetivos de la Corporación.    

j) Organizar y mantener  actualizadas las estadísticas de la entidad.    

k) Asesorar a la Dirección  Ejecutiva en la coordinación de programas de trabajo con organismos similares o  entidades nacionales que desarrollen actividades relacionadas con las propias  de la Corporación.    

l) Elaborar los estudios de  organización y métodos en coordinación con las demás dependencias y asistirlas  en su implantación.    

ll) Estudiar elaborar y aprobar  los términos de referencia    

que sirvan de base para los  estudios que contrate la Corporación en el campo de la planeación urbana y  regional.    

 m) Realizar las investigaciones  socio-económicas básicas que requiera la Corporación para el desarrollo de sus  programas.    

 n) Estudiar y presentar  recomendaciones sobre el funcionamiento de las obras que proyecte adelantar la  Corporación con el fin de medir el impacto socio-económico sobre las mismas.    

ñ) Rendir informes a la Dirección  Ejecutiva sobre las actividades de la dependencia.    

o) Las demás funciones que le sean  asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.    

     

Artículo 4° OFICINA DE ASUNTOS  FRONTERIZOS. Son funciones de la Oficina de Asuntos Fronterizos las siguientes:    

     

 a) Asesorar a la Dirección  Ejecutiva en la formulación de políticas planes programas y proyectos de  integración fronteriza.    

 b) Asesorar al Director Ejecutivo  en la promoción de proyectos conjuntos con otras entidades públicas o privadas    

nacionales o extranjeras  tendientes al logro de los fines de la Corporación en materia de asuntos  fronterizos.    

c) Elaborar y presentar a la  Dirección Ejecutiva en coordinación con la Oficina de Planeación proyectos de  acuerdos binacionales que promuevan el desarrollo e integración fronteriza  acordes con las disposiciones legales vigentes.    

d) Coordinar con las dependencias  de la Corporación y demás instituciones que funcionan en el área de  jurisdicción de la Corporación la aplicación de las disposiciones contempladas  en estatuto de fronteras y velar por su cumplimiento.    

e) Realizar en coordinación con  entidades de la República de Venezuela estudios de integración fronteriza.    

f) Llevar y mantener actualizadas  las estadísticas sobre las economías de Colombia y Venezuela respectivamente.    

g) Estudiar el impacto en la  frontera de las posibles fluctuaciones de las economías colombiana y venezolana  y presentar recomendaciones a la Dirección Ejecutiva.    

h) Recopilar los estudios socio-económicos  y de proyectos que se hayan realizado sobre integración fronteriza.    

i) Coordinar con la Oficina de  Planeación el procesamiento de la información requerida por la dependencia para  su normal funcionamiento.    

j) Presentar informes a la  Dirección Ejecutiva sobre las actividades de la dependencia.    

k) Las demás que le sean asignadas  y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.    

     

Artículo 5° SECRETARIA GENERAL.  Son funciones de la Secretaria General:    

     

a) Desarrollar las funciones de  Secretaria de la Junta Directiva y comunicar sus decisiones a las dependencias  interesadas.    

b) Asesorar a la Dirección  Ejecutiva y demás dependencias de la Corporación en el trámite y solución de  todos los asuntos de carácter jurídico que se presenten en el desarrollo de los  programas técnico-administrativos asignados a la entidad.    

c) Estudiar y recomendar los  proyectos de ley o decreto que guarden relación con los objetivos de la  Corporación.    

d) Refrendar los actos  administrativos de la Corporación en especial los de la Junta Directiva y  Dirección    

Ejecutiva.    

e) De arrollar los programas de  divulgación de la Corporación de acuerdo con las políticas adoptadas.    

f) Estudiar preparar o revisar los  proyectos de acuerdo resolución y demás actos administrativos que deban ser  sometidos a consideración de la Junta Directiva y Dirección Ejecutiva  respectivamente.    

g) Representar a la Corporación en  asuntos judiciales y extrajudiciales por mandato de la Dirección Ejecutiva e  informar sobre el estado de los procesos.    

h) Elaborar los proyectos de  contrato o convenio relacionados con los respectivos servicios y someterlos a  consideración de la Dirección Ejecutiva.    

i) Coordinar la preparación y  publicación del informe anual de actividades de la Corporación.    

j) Codificar y mantener  actualizadas las normas legales referente al organismo v velar por su difusión.    

k) Coordinar con la Oficina de  Planeación el procesamiento de la información requerida por la dependencia para  su normal funcionamiento.    

l) Rendir informes periódicos y  especiales que le sean solicitados por la Dirección Ejecutiva.    

ll) Las demás funciones que le  sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.    

     

Artículo 6° SUBDIRECCION  ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA.Son funciones de la Subdirección Administrativa y  Financiera:    

     

a) Asesorar a la Dirección  Ejecutiva en la formulación de políticas y metas relacionadas con los asuntos  administrativos y financieros de la Corporación.    

b) Asistir y asesorar a la  Dirección Ejecutiva en la celebración de convenios de tipo financiero con otras  entidades.    

c) Dirigir y coordinar las  actividades relacionadas con la organización desarrollo control y evaluación de  los asuntos administrativos y financieros de la Corporación.    

d) Velar por el cumplimiento de las  normas sobre selección evaluación capacitación promoción desarrollo registro y  control del personal de la Corporación.    

e) Establecer normas técnicas y  procedimiento para la administración y el control financiero de la Corporación  todo de acuerdo con las disposiciones que regulan la materia.    

f) Gestionar y obtener con base en  los estudios preparados por la Oficina de Planeación los recursos provenientes  del presupuesto nacional y del crédito externo e interno.    

g) Dirigir la elaboración de los  informes y estados financieros.    

h) Dirigir y coordinar la  elaboración del programa anual de adquisiciones y suministros de la  Corporación.    

i) Dirigir y coordinar con la  Oficina de Planeación la elaboración del proyecto anual de presupuesto de la  Corporación y someterlo a consideración de la Dirección Ejecutiva.    

j) Colaborar con la Oficina  Jurídica en el tramite de los negocios que se susciten ante lo contencioso  administrativo en materia de personal.    

k) Coordinar con la Oficina de  Planeación el procesamiento de la información requerida por la dependencia para  su normal funcionamiento.    

l) Presentar a la Dirección  Ejecutiva, los informes que ésta le solicite.    

ll) Las demás que le sean  asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.    

     

Artículo 7° DIVISION  ADMINISTRATIVA. Son funciones de la División Administrativa:    

     

a) Ejecutar las actividades de  selección y clasificación registro y control, capacitación y bienestar social  del personal de la Corporación de conformidad con las normas y procedimientos  sobre la materia.    

b) Elaborar y tramitar las  novedades administrativas del personal de la Corporación.    

e) Efectuar los estudios  relacionados con planta de personal y manuales de funciones en coordinación con  la Oficina de Planeación.    

d) Controlar el cumplimiento de  las normas y reglamentos de personal.    

e) Organizar y promover las  actividades culturales. recreativas y deportivas para el funcionario y su  familia facilitar la presentación de servicios por parte de entidades tales  como Servicio Civil, Caja Nacional de Previsión, Fondo Nacional de Ahorro y  Prosocial.    

f) Adquirir los bienes y servicios  que requieran las diferentes dependencias almacenarlos y suministrarlos  oportunamente. conforme a las disposiciones sobre la materia.    

g) Llevar y mantener actualizados  el registro de inventarios para una mejor organización y utilización de los  recursos de la Corporación.    

h) Preparar los planes de compra  de elementos. Maquinaria y equipos y presentarlos oportunamente para su  trámite.    

i) Llevar y mantener actualizados  los registros de proveedores proponentes y consultores de la entidad.    

j) Prestar los servicios de  cafetería transportes, aseo correspondencia archivo vigilancia y demás  servicios generales requeridos por la Corporación.    

k) Efectuar la preparación y  mantenimiento de los equipos. instalaciones y demás bienes utilizados para el  normal funcionamiento de la Corporación.    

l) Coordinar y controlar el  proceso de elaboración de nóminas.    

ll) Coordinar con la Oficina de  Planeación el procesamiento de la información requerida por la dependencia para  su normal funcionamiento.    

m) Rendir informes a la  Subdirección Administrativa y Financiera sobre las actividades de la  dependencia.    

n) Las demás que le sean asignadas  y correspondan a la naturaleza de la dependencia.    

     

Artículo 8° DIVISION FINANCIERA.  Son funciones de la División Financiera:    

     

a) Elaborar el proyecto de  presupuesto anual de la entidad en coordinación con la Oficina de Planeación.    

b) Contribuir a la eficiente  administración de los programas garantizando el adecuado flujo de fondos para  el logro de los resultados señalados.    

c) Preparar y presentar informes  periódicos sobre la gestión financiera presupuestal y contable de la  Corporación.    

d) Registrar las operaciones  financieras de la Corporación y analizar los registros sobre las mismas.    

e) Establecer proyecciones de  ejecución presupuestal basadas en el calendario de recaudo de los ingresos y de  los requerimientos de recursos por proyectos.    

f) Atender todas las actividades  relacionadas con la ejecución del presupuesto y rendir los informes  oportunamente.    

g) Preparar los proyectos de  acuerdos mensuales de ordenación del gasto de obligaciones traslados y  modificaciones al presupuesto.    

h) Llevar los registros del  movimiento de recursos y verificar los boletines de caja y bancos.    

i) Solicitar a las tesorerías  municipales el envío de las consignaciones bancarias por concepto de los  ingresos de la corporación.    

j) Efectuar el recaudo de los  ingresos de la Corporación y efectuar los pagos que por diferente concepto debe  hacer ésta.    

     

k) Llevar el control de la cartera  de la Corporación y elaborar e implantar los sistemas y procedimientos que se  estimen convenientes a fin de agilizar el cobro a terceros.    

I) Analizar consolidar y producir  los estudios e informes de recaudos y de cartera.    

ll) Preparar los estudios y  documentos para el trámite ante las entidades de crédito de los préstamos  necesarios para el funcionamiento y desarrollo de los programas.    

 m) Controlar y mantener  actualizadas las pólizas de manejo.    

 n) Conservar y custodiar los  fondos títulos valores y demás documentos financieros de la entidad    

 o) Coordinar con la Oficina de  Planeación el procesamiento de la información requerida por la dependencia para  su normal funcionamiento.    

 p) Rendir informes a la  Subdirección Administrativa y Financiera sobre las actividades de la  dependencia.    

 q) Las demás funciones que le  sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.    

     

Artículo 9° SUBDIRECCION TECNICA.  Son funciones de la Subdirección Técnica:    

     

a) Asesorar a la Dirección  Ejecutiva en la formulación de planes programas y proyectos en materia de  recursos naturales renovables y no renovables, ingeniería y demás actividades  técnicas de la Corporación.    

     

b) Elaborar con base en el plan  general de trabajo y en coordinación con las dependencias de la Subdirección  los programas correspondientes a recursos naturales fauna, piscicultura y demás  actividades técnicas.    

     

c) Determinar los criterios que  deben aplicarse en la interventoría de estudios y obras de la Corporación    

     

d) Asesorar y asistir a la  Dirección Ejecutiva en la promoción fomento y desarrollo de los diversos  sectores económicos del departamento.    

     

e) Asesorar y asistir a la  Dirección Ejecutiva desde el punto de vista técnico para la celebración de  convenios y contratos con otras entidades públicas y privadas    

     

f) Colaborar con las Oficinas de  Planeación y de Asuntos Fronterizos en la coordinación de programas y proyectos  que se realicen con otros organismos públicos y privados nacionales o  extranjeros que desarrollen actividades afines con la Corporación.    

     

g) Colaborar con la Oficina de  Planeación y la Subdirección Administrativa y Financiera en la elaboración del  presupuesto de la entidad.    

     

h) Preparar el material y revisar  las publicaciones técnicas de la Corporación.    

     

i) Promover la aplicación de los  resultados de la investigación en el campo técnico y en general en aquellas  actividades de desarrollo que permitan el aumento de la productividad.    

     

j) Planear organizar y dirigir la  aplicación de los sistemas y procedimientos para evaluar los programas que se  ejecuten a través de los mecanismos de transferencia de tecnología.    

     

k) Rendir informes a la Dirección  Ejecutiva sobre las actividades de la dependencia.    

l) Las demás funciones que le sean  asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.    

     

Artículo 10. DIVISION DE  PROYECTOS. Son funciones de la División de Proyectos:    

a) Coordinar programar y elaborar  los estudios básicos en las ramas de geociencia hidrología topografía catastro  y demás relacionados con los objetivos de la Corporación.    

b) Dirigir coordinar y supervisar  la ejecución de las distintas obras que se adelanten.    

c) Adelantar los estudios para  otorgar las concesiones de fuerza hidráulica.    

d) Ejecutar los programas y  proyectos para el aprovechamiento hídrico con fines múltiples.    

e) Elaborar los estudios  relacionados con los sistemas de valorización de las diferentes obras que  proyecte o adelante directamente o por contrato la Corporación.    

f) Promover, coordinar y ejecutar  directamente o por contrato proyectos y obras de comunicación transporte  electrificación acueductos alcantarillados y saneamiento ambiental.    

g) Elaborar los términos de  referencia de los proyectos y conceptuar sobre la viabilidad de su ejecución.    

h) Elaborar los estudios de  prefactibilidad factibilidad y evaluación de proyectos que adelante la  Corporación.    

i) Adelantar directamente o por  contrato el estudio diseño, construcción e interventoría de las obras que  emprenda la Corporación.    

j) Coordinar con la Oficina de  Planeación el procesamiento de la información requerida por la dependencia para  su normal funcionamiento.    

k) Rendir informes periódicos a la  Subdireccion sobre las actividades de la dependencia.    

l) Las demás funciones que le sean  asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.    

     

Artículo 11. DIVISION DE RECURSOS  NATURALES. Son funciones de la División de Recursos Naturales:    

     

a) Realizar los estudios y  ejecutar los proyectos de aprovechamiento integral de los recursos naturales  para recomendar las tecnologías más aceptables a las condiciones del medio y  procurar el desarrollo social.    

b) Promover y desarrollar los  programas y proyectos que sobre recursos naturales adopte la Corporación.    

c) Desarrollar las actividades  relacionadas con la reglamentación suspensión y regulación del uso de las aguas  superficiales o subterráneas así como con el otorgamiento de los permisos para  explotar los bosques y otros recursos naturales y sobre los lechos de los ríos  todo esto dentro de las disposiciones legales.    

d) Mantener y mejorar el curso de  los ríos y sus lechos de los lagos y embalses de acuerdo con las  reglamentaciones dictadas por el Gobierno Nacional.    

e) Vigilar y hacer cumplir la  reglamentación sobre la calidad de las aguas y la contaminación; señalar las  órdenes de prelación en el uso de ellas atendiendo primordialmente las  necesidades domésticas.    

f) Promover y ejecutar programas  de reforestación y conservación de los suelos; delimitar las zonas que deben  destinarse a fines científicos recreativos o de desarrollo urbano agropecuario.  industrial explotación minero y reforestación así como de reserva para la  conservación y la adecuada protección de bosques suelos fauna y aguas    

g) Promover y estructurar los  planes y proyectos de ordenamiento y manejo de cuencas hidrográficas.    

h) Colaborar con la Oficina de  Planeación y la División de Proyectos en la elaboración y desarrollo de  proyectos relacionados con las actividades de la dependencia.    

i) Adelantar las acciones que en  materia de recursos naturales establece el Decreto 3454 de 1983  y demás disposiciones que lo adicionen modifiquen o sustituyen.    

j) Las demás funciones que le sean  asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia    

     

ORGANOS DE ASESORIA Y  COORDINACION.    

     

 Artículo 12. COMITE DE DIRECCION.  El Comité de Dirección estará integrado por:    

     

1. El Director Ejecutivo quien lo  presidirá    

2. El Secretario General.    

     

3. El Subdirector Técnico.    

4. El Subdirector Administrativo y  Financiero    

5. El Jefe de la Oficina de  Planeación.    

6. El Jefe de la Oficina de  Asuntos Fronterizos.    

     

Actuará como Secretario el  funcionario que designe el Director Ejecutivo.    

El Director Ejecutivo podrá  invitar a las sesiones del Comité a aquellos funcionarios que estime conveniente  dependiendo de los asuntos a tratar.    

     

Son funciones del Comité de  Dirección las siguientes:    

     

a) Asesorar a la Dirección  Ejecutiva en la organización coordinación y evaluación de los programas y  proyectos de la Corporación.    

     

b) Asesorar a la Dirección  Ejecutiva en la interpretación y aplicación de las políticas fijadas por el  Gobierno Nacional en lo que atañe al área de funcionamiento de la Corporación y  proponer alternativas que permitan la mejor implantación de programas y  proyectos de desarrollo regional y de integración fronteriza.    

     

c) Las demás que le sean asignadas  y correspondan a la naturaleza de la dependencia.    

     

Artículo 13. JUNTA DE LICITACIONES  Y ADQUISICIONES. La Junta de Licitaciones y Adquisiciones estará integrada por:    

     

1. El Subdirector Administrativo y  financiero, quien la presidirá.    

2. El Secretario General.    

3. El Subdirector Técnico.    

4. El Jefe de la Oficina de  Planeación    

5. El Jefe de la División  Financiera.    

     

Actúa como Secretario de la Junta  el Jefe de la División Administrativa.    

Son funciones de la Junta de  Licitaciones v Adquisiciones las siguientes:    

     

a) Estudiar y recomendar a la  Dirección Ejecutiva las decisiones sobre licitaciones adquisiciones contratos y  convenios.    

     

b) Velar por el estricto  cumplimiento de las normas sobre contratación establecidas en el Decreto 222 de 1983  y demás disposiciones vigentes sobre la materia.    

     

c) Las demás que conforme al Decreto 222 de 1983  y demás disposiciones legales le correspondan    

     

Artículo 14. COMISION DE PERSONAL.  La Comisión de Personal estará integrada y cumplirá sus funciones de  conformidad con las disposiciones legales vigentes.    

     

Artículo 15. El presente Acuerdo  rige a partir de la fecha de su aprobación por el Gobierno Nacional.    

     

Comuníquese y cúmplase.    

     

Dado en Valledupar a 27 días del  mes de junio de 1985.    

     

El Presidente de la Junta  Directiva    

     

             LUIS RODRIGUEZ  VALERA.    

El Secretario    

     

             ANTONIO GARCIA ULLOA.    

     

ARTICULO 2° El presente Decreto  rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las normas que le sean  contrarias.    

     

Publíquese y cúmplase.    

     

Dado en Bogotá D. E. a 23 de  agosto de 1985.    

     

BELISARIO BETANCUR    

     

El Jefe del Departamento Nacional  de Planeación    

     

JORGE OSPINA SARDI.          

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