DECRETO 2271 DE 1989

Decretos 1989

DECRETO 2271 DE 1989        

(octubre  7)    

por  el cual se delegan algunas funciones constitucionales.    

El Presidente de la República de Colombia, en  ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 128 de la Constitución  Política, y    

CONSIDERANDO:    

Que el Jefe del Estado asistirá en el Perú a  reuniones con los Presidentes de Bolivia y Perú y, a continuación, a la Tercera  Cumbre del Mecanismo Permanente de Consulta y Concertación Política (Grupo de  los Ocho);    

Que el Presidente de la República en virtud de tal  compromiso se ausentara del país desde el 10 de octubre de 1989;    

Que en razón de la precedencia establecida en las  leyes vigentes, el Ministro de Gobierno está habilitado para ejercer funciones  constitucionales como Ministro Delegatario,    

DECRETA:    

Artículo 1° Deléganse en el Ministro de Gobierno,  Carlos Lemos Simmonds, por el tiempo que dure la ausencia del Presidente de la  República, las siguientes funciones constitucionales:    

a) Artículo 118, numerales 7° y 8º;    

b) Artículo 119, numeral 2° ;    

c) Articulo 120, con excepción de los asuntos  indicados en el numeral 20.    

Artículo 2° El presente Decreto rige a partir de la  fecha de su publicación.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. E., a 7 de octubre de 1989    

VIRGILIO  BARCO    

El Jefe del Departamento Administrativo de la  Presidencia de la República,    

GERMAN  MONTOYA VELEZ.

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