DECRETO 226 DE 1986

Decretos 1986

DECRETO  226 DE 1986    

(enero  21)    

     

Por  el cual se corrige un error mecanográfico.    

     

 El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus atribuciones  legales, y    

     

CONSIDERANDO:    

     

Que  mediante el Decreto  legislativo 3829 de 27 de diciembre de 1985, se dictaron medidas sobre  reconstrucción de procesos civiles que fueron destruidos con ocasión de los  hechos ocurridos el 6 y el 7 de noviembre de 1985;    

Que  la regla séptima del artículo primero del mencionado Decreto, al tratar lo  relacionado con la práctica de pruebas a través de comisionado, se refirió al  artículo 818 del Código de Procedimiento Civil, lo cual indudablemente  constituye un error mecanográfico, pues dada la materia de que se trata, ha  debido indicarse el artículo 181 del citado estatuto;    

 Que  el artículo 45 del Código de Régimen Político y Municipal, autoriza a los  funcionarios respectivos para modificar los yerros en las citas o referencias  de unas leyes a otras, cuando no quede duda sobre la voluntad del legislador,    

     

DECRETA:    

     

Artículo  1° Corrigese la regla séptima del  artículo primero del Decreto  legislativo 3829 de 1985, en cuanto que debe remitirse al artículo 181 del  Código de Procedimiento Civil, y no al 818.    

     

Artículo  2° Este Decreto rige a partir de su  publicación.    

     

Publíquese,  comuníquese y cúmplase.    

     

Dado  en Bogotá, D. E., a 21 de enero de 1986.    

     

BELISARIO  BETANCUR    

     

El  Ministro de Justicia    

ENRIQUE  PAREJO GONZALEZ.    

     

El  Jefe del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República,    

VICTOR  G. RICARDO          

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *