DECRETO 2218 DE 1989
(septiembre 26)
POR EL CUAL SE APRUEBA EL ACUERDO NÚMERO 097 DEL 27 DE JULIO DE 1989, EMANADO DE LA JUNTA DIRECTIVA DEL INSTITUTO COLOMBIANO PARA EL FOMENTO DE LA EDUCACION SUPERIOR-ICFES-, EN RELACION CON UNA ADICION AL ESTATUTO GENERAL DE DICHA INSTITUCION.
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales, en especial las conferidas en el artículo 26, ordinal b) del Decreto 1050 de 1968 y en el literal g) del articulo 6° del Decreto 81 de 1980,
DECRETA:
ARTICULO 1° Apruébase el Acuerdo 097 del 27 de julio de 1989, por el cual la Junta Directiva del Instituto Colombiano para el Fomento de la Educación Superior,-Icfes-, adiciona el estatuto general de dicha entidad, cuyo texto es el siguiente:
«ACUERDO NÚMERO 097 DE 1989
(julio 27)
“por el cual se adiciona el Estatuto General del Instituto Colombiano para el Fomento de la Educación Superior-Icfes-“.
La Junta Directiva del Instituto Colombiano para el Fomento de la Educación Superior, Icfes, en uso de sus atribuciones legales y estatutarias y en especial de las conferidas en el literal g) del artículo 6° del Decreto ley 81 de 1980 y oído el concepto de la Secretaria de Administración Pública de la Presidencia de la República,
ACUERDA:
Artículo 1° Adicionar el artículo 9° del Acuerdo número 122 del 5 de agosto de 1980, por el cual se expidió el Estatuto General del Instituto, en los siguientes términos:
28. Delegar a nombre del Icfes, con el voto favorable del Presidente de la Junta Directiva en las instituciones públicas de educación superior, en su calidad de establecimientos públicos del orden nacional, departamental o municipal, las funciones del Icfes que conforme a la ley considere conveniente delegar.
29. Las demás que le fueren asignadas.
Artículo 2° El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su aprobación por parte del Gobierno Nacional.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 27 de julio de 1989.
Presidente de la Junta Directiva,
(Fdo.) ADOLFO MIGUEL POLO SOLANO.
Secretario, (Fdo.)
GUSTAVO SANDOVAL MENDOZA.
Artículo 2° El presente Decreto adiciona el marcado con el número 2743 de 1980 y rige a partir de la fecha de su publicación en el DIARIO OFICIAL.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 26 de septiembre de 1989.
VIRGILIO BARCO
El Ministro de Educación Nacional,
MANUEL FRANCISCO BECERRA BARNEY.