DECRETO 2190 DE 1989
(septiembre 25)
por el cual se delegan algunas funciones constitucionales.
El Presidente de la República de Colombia. en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 128 de la Constitución Política, y
CONSIDERANDO:
Que el Jefe del Estado asistirá en los Estados Unidos de América a reuniones en las Naciones Unidas y con el Presidente de esa Nación;
Que el Presidente de la República en virtud de tal compromiso se ausentará del país desde el 27 de septiembre de 1989;
Que en razón de la precedencia establecida en las leyes vigentes, el Ministro de Gobierno está habilitado para ejercer funciones constitucionales como Ministro Delegatario,
DECRETA:
Artículo 1° Deléganse en el Ministro de Gobierno, Orlando Vásquez Velásquez. por el tiempo que dure la ausencia del Presidente de la República, las siguientes funciones constitucionales:
a) Artículo 118, numerales 7° y 8° .
b) Artículo 119, numeral 2° .
c) Artículo 120, con excepción de los asuntos indicadas en el numeral 20.
Artículo 2° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 25 de septiembre de 1989.
VIRGILIO BARCO
El Jefe del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República,
GERMAN MONTOYA VELEZ.