DECRETO 2167 DE 1986

Decretos 1986

DECRETO  2167 DE 1986    

(  julio 9)    

     

Por  el cual se aclara un Decreto.    

     

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las  facultades que le confiere el artículo 132 de la Constitución Nacional,    

     

DECRETA:    

     

Artículo  1º Aclarase el Decreto  1941 de junio 19 de 1986, en el sentido de indicar que las funciones  asignadas al Ministerio de Desarrollo Económico en el literal e) del artículo  1º del mismo, en relación con los Corredores Independientes de Valores, son las  contenidas en los artículos 9º y 10º del Decreto 2969 de 1960  y no las del Decreto 2964 de 1960  como se consignó en el citado literal.    

     

Artículo  2º El presente Decreto rige desde su publicación y modifica las normas que le  sean contrarias,    

     

Comuníquese,  publíquese y cúmplase.    

     

Dado  en Bogotá, D. E., a 9 de julio de 1986.    

     

BELISARIO  BETANCUR    

     

El  Ministro de Hacienda y Crédito Público,    

HUGO  PALACIOS MEJIA,    

     

El  Ministro de Desarrollo Económico    

GUSTAVO  CASTRO GUERRERO.              

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