DECRETO 2164 DE 1986
(Julio 9)
Por el cual se modifica parcialmente el Decreto 0379 de 1985.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y en especial de la prevista en el numeral 3º del artículo 120 de la Constitución Política,
DECRETA:
Articulo 1° El artículo 2º del Decreto 0379 de 1985, quedará así:
“Los Juegos Deportivos Nacionales constituyen la iniciación del ciclo selectivo y de preparación de los deportistas que representarán al país en competiciones o eventos deportivos internacionales”.
Artículo 2° El artículo 19 del Decreto 0379 de 1985, quedará así:
“En el año de los Juegos, las federaciones deportivas nacionales podrán organizar torneos en las distintas categorías, pero el Instituto Colombiano de la Juventud y el Deporte (Coldeportes) y las Juntas Administradoras Seccionales de Deportes tan sólo podrán subsidiar aquellos torneos que se consideren eliminatorios de los Juegos Nacionales y las confrontaciones de preparación de los deportistas seleccionados por las distintas seccionales político administrativas del país, preferencialmente contra competidores extranjeros”.
Artículo 3º Este Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E, a 9 de julio de 1986.
BELISARIO BETANCUR.
La Ministra de Educación Nacional,
LILIAM SUAREZ MELO.