DECRETO 2151 DE 1989
(septiembre 20)
por el cual se aprueba el Acuerdo número 023 del 22 de agosto de 1989, emanado de la Junta Directiva de la Zona Franca Industrial y Comercial de Cartagena.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas por la Ley 109 de 1985,
DECRETA:
ARTÍCULO 1° Apruébase el Acuerdo número 023 del 22 de agosto de 1989, emanado de la Junta Directiva de la Zona Franca Industrial y Comercial de Cartagena, por el cual se adicionan los Estatutos Internos de la Zona Franca Industrial y Comercial de Cartagena y cuyo texto es el siguiente:
<<ACUERDO NÚMERO 023 DE 1989
(agosto 22)
por el cual se adicionan los Estatutos Internos de la Zona Franca Industrial y Comercial de Cartagena.
La Junta Directiva de la Zona Franca Industrial y Comercial de Cartagena, en uso de sus facultades, legales, en especial la que le confiere el artículo 21 de la Ley 109 de 1985 y de conformidad con los artículos 29 y 33 de la misma ley, y oído el concepto de la Secretaría de Administración Pública de la Presidencia de la República,
ACUERDA:
Artículo 1° Adiciónase el artículo 7° del Acuerdo número 012 del 13 de marzo de 1986, aprobado mediante Decreto número 1218 del 17 de abril de 1986 con el siguiente texto:
“Además del área de jurisdicción establecida en las normas legales y reglamentarias vigentes sobre el particular para la ampliación de sus operaciones, determínense, como parte integrante de la Zona Franca Industrial y Comercial, los siguientes lotes, ubicados en el Municipio de Cartagena, Departamento de Bolívar.
LOTE A, cuyos linderos y medidas son los siguientes:
Por el frente, o sea al Sur, con la Avenida Pedro Vélez de por medio, con Francisco Carrillo Alfredo Hernández, Gabriel Martínez Lugo y Lechería Lesa, y mide por este lado ciento treinta y tres metros (133 metros); por la derecha, o sea el Este, entrando, con casa del doctor Fulgencio Baena Falcón y la Bahía de Cartagena y Caño de Bazurto, y mide por este lado novecientos cincuenta y seis metros (956 metros) aproximadamente; por la izquierda, o sea el Oeste, con casa de Pura Cassiani Miranda, Manuel Narciso Araújo, Arrocera de Cartagena de Murra Hermanos, Bahía de Cartagena mirando para la península de Manzanillo y mide por este lado mil cincuenta y seis metros (1.056 metros) aproximadamente; y, por el fondo, o sea el Norte, con la Bahía de Cartagena de por medio y mirando hacia el Terminal Marítimo y Barrio de Manga, y mide por este lado quinientos cincuenta metros (550 metros), dando un total de cincuenta y cinco mil quinientos veinticuatro metros cuadrados (55.524 metros2 ) de cabida superficiaria aproximadamente.
LOTE B, ubicado en las orillas de la Bahía de Cartagena, en el Barrio de El Bosque, sector ‘Bazurto’, de forma irregular y cuyos linderos y medidas son:
Por el frente, entrando, carretera que une los barrios de Manga y El Bosque, y mide diecinueve (19) metros, por la derecha, entrando, en una distancia de veinticuatro metros con cincuenta centímetros (24.50), con propiedad antes de la sucesión hoy de Comercial Corama S. A.; al terminar esta medida y doblando hacia la derecha, hasta llegar a las aguas de la Bahía, en una distancia de cincuenta y un metros con cincuenta centímetros (51.50), con la misma propiedad de Comercial Corama S. A.; y de este punto, subiendo en línea recta, hasta llegar a la propiedad del señor Máximo Cardales, en una distancia de veintidós metros con aguas de la Bahía; por la izquierda, también entrando, con propiedad de Pío León, en una distancia de once metros cuarenta centímetros (11.40); por el fondo, en línea recta, en una distancia de cuarenta y dos (42) metros, linda con propiedad del señor Máximo Cardales, y, al termino este punto, doblando hacia la derecha, en línea recta, hasta llegar a la propiedad de la Fábrica La Suprema, y mide once metros setenta centímetros (11.70), y este punto hacia la izquierda, lindando con terrenos de la Fábrica La Suprema, mide cuarenta y seis (46) metros. Todas estas medidas dan un área superficiaria de dos mil seiscientos quince metros con sesenta y tres centímetros (2.615.63).
LOTE C, ubicado en esta ciudad, entre los barrios Bosque y Manga, con un mil ochocientos treinta y nueve metros treinta y tres centímetros cuadrados (1.839.33 metros2), cuyos linderos y medidas son: Por el frente, entrado por la carretera línea de madrinas de maderas, en medio, carretera que une a los barrios Bosque y Manga, en el sector denominado Bazurto, y mide cincuenta y seis (56) metros; por la derecha, entrando, aguas de la Bahía de Cartagena, y mide cuarenta y seis (46) metros; por la izquierda, entrando, con terrenos de la sucesión de Rafael Rodgers Flórez y terrenos desocupados por Rosalía Durango, y mide veinticuatro metros con sesenta y ocho centímetros (24.68); y, por el fondo, con zona del astillero de propiedad de la misma sucesión de Rafael Rodgers Flórez, y mide cincuenta y un (51) metros.
Estos terrenos se incorporan previo cumplimiento de los pasos legales pertinentes para la constitución por parte del propietario de su usufructo en favor de la Zona Franca Industrial y Comercial de Cartagena y por el término de duración y condiciones que se pacten con el propietario, a menos que se adquiera la plena propiedad.
Artículo 2° El presente Acuerdo requiere para su validez de la aprobación del Gobierno Nacional.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Cartagena, a los 22 días del mes de agosto de 1989.
La Presidente,
(Fdo.) VIVIANE MORALES H.
La Secretaria,
(Fdo.) MARTHA BARRIOS DE MUÑOZ>>.
ARTÍCULO 2° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y adiciona el artículo séptimo del Decreto 1218 de 1986.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 20 de septiembre de 1989.
VIRGILIO BARCO
El Ministro de Desarrollo Económico,
CARLOS ARTURO MARULANDA RAMÍREZ.