DECRETO 2130 DE 1987
(noviembre 11)
Por el cual se aprueba el Acuerdo número 000044 de 1986, que establece la planta de personal administrativo del Fondo Educativo Regional del Casanare.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales que le confiere el ordinal 21 del artículo 120 de la Constitución Nacional,
DECRETA:
ARTICULO 1° Apruébase el Acuerdo 000044 del 30 de diciembre de 1986, de la Junta Administradora del Fondo Educativo Regional del Casanare, cuyo texto es el siguiente:
“ACUERDO NÚMERO 000044 DE 1986
(diciembre 30)
por el cual se establece la Planta de Personal Administrativo del Fondo Educativo Regional de Casanare.
La Junta Administradora del Fondo Educativo Regional de Casanare, en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO:
Que según Decreto extraordinario número 102 de 1976 corresponde a las Juntas Administradoras de los Fondos Educativos Regionales, proponer al Ministerio de Educación Nacional la Planta de Personal del Fondo para los cargos administrativos que se requieren para el normal funcionamiento de los planteles educativos;
Que el Decreto número 1042 de 1978 y sus modificativos establecen el sistema de nomenclatura, clasificación y remuneración para los distintos empleos Administrativos del Orden Nacional;
Que la Ley 12 de 1986 establece que las Plantas de Personal de los Fondos Educativos Regionales, previo certificado de disponibilidad presupuestal, deberán ser aprobadas mediante Decreto del Gobierno Nacional,
ACUERDA:
Artículo 1° Las funciones propias de las distintas dependencias del Fondo Educativo Regional de Casanare serán cumplidas por la Planta de Personal Administrativo que a continuación se establece:
Nº DE CARGOS
DEPENDENCIA Y DENOMINACION DEL CARGO
CODIGO
GRADO
DELEGACION REGIONAL DEL MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
1
Técnico Administrativo
4065
07
1
Secretario
5140
10
1
Secretario
5140
08
1
Secretario
5140
06
1
Auxiliar Administrativo
5120
09
1
Chofer Mecánico
6010
06
1
Celador
6020
03
1
Auxiliar Servicios Generales
6035
01
ADMINISTRACION DEL FONDO EDUCATIVO REGIONAL TESORERIA Y PAGADURIA
1
Tesorero
5015
18
1
Secretario
5140
10
1
Celador
6020
03
1
Auxiliar de Servicios Generales
6035
02
1
Auxiliar de Servicios Generales
6035
01
CONTABILIDAD Y PRESUPUESTO
1
Profesional Universitario
3020
03
1
Técnico de Presupuesto
4035
07
1
Secretario
5140
08
ALMACEN
1
Almacenista
5080
11
KARDEX Y ARCHIVO SECCIONAL PRIMARIA
1
Auxiliar Administrativo
5120
09
1
Secretario
5140
08
1
Ayudante de Oficina
5155
07
SECCION SECUNDARIA
1
Auxiliar Administrativo
5120
09
1
Secretario
5140
08
REPORTE DE NOVEDADES
1
Secretario
5140
08
OFICINA SECCIONAL DE ESCALAFON
1
Auxiliar de Técnico
4110
05
1
Secretario
5140
10
1
Auxiliar Administrativo
5120
09
1
Ayudante de Oficina
5155
07
1
Auxiliar de Servicios Generales
6035
01
CENTRO EXPERIMENTAL PILOTO
1
Director de Centro
2105
03
2
Profesional Universitario
3020
04
1
Profesional Universitario
3020
03
1
Secretario
5140
08
1
Operario Calificado
6000
07
1
Celador
6020
03
1
Auxiliar de Servicios Generales
6035
01
ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS EDUCACION BASICA SECUNDARIA Y MEDIA VOCACIONAL
14
Secretario
5140
06
15
Ayudante de Oficina
5155
05
11
Celador
6020
03
18
Auxiliar de Servicios Generales
6035
01
EDUCACION FUNDAMENTAL PARA ADULTOS
1
Auxiliar de Técnico
4110
06
3
Auxiliar de Técnico
4110
05
ARTICULO 2º El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición, deroga el Acuerdo número 0002 de 1986 en lo pertinente al personal administrativo y para su validez requiere aprobación por Decreto del Gobierno Nacional,
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Yopal, a los 30 días de diciembre de 1986.
Intendente-Presidente Junta Administradora FER
Casanare,
(Fdo.) PEDRO JULIO FLOREZ HERNANDEZ
El Delegado de la Ministra de Educación Nacional
ante el FER de Casanare,
(Fdo.) VICTOR GOMEZ CORREDOR.
Secretario de Educación,
(Fdo.) AMILKAR RODRIGUEZ BOHORQUEZ.
Secretario de Hacienda,
(Fdo.) JULIO FLOREZ GONZALEZ.
Director Regional del ICCE,
(Fdo.) LIBARDO ROJAS
Recaudadora de Impuestos Nacionales,
(Fdo.) LUCILA IZQUIERDO SERRANO
Director del CEP,
(Fdo.) LUIS FERNANDO LARA ALFEREZ
Representante del Magisterio,
(Fdo.) ARIEL BELTRAN SAENZ.
Aprobado:
Director General de Servicios Administrativos».
ARTICULO 2º El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 11 de noviembre de 1987
VIRGILIO BARCO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
LUIS FERNANDO ALARCON MANTILLA.
El Ministro de Educación Nacional,
ANTONIO YEPES PARRA.
El Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil,
JOAQUIN BARRETO RUIZ.