DECRETO 2129 DE 1987
(noviembre 11)
Por el cual se aprueba el Acuerdo número 035 de 1986, que establece la planta de personal administrativo del Fondo Educativo Regional de Cundinamarca
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales que le confiere el ordinal 21 del artículo 120 de la Constitución Nacional,
DECRETA:
ARTICULO 1° Apruébase el Acuerdo número 035 de 1986, de la Junta Administradora del Fondo Educativo Regional de Cundinamarca, cuyo texto es el siguiente:
“ACUERDO NÚMERO 035 DE 1986
(septiembre 10)
por el cual se establece la Planta de Personal Administrativo del Fondo Educativo Regional de Cundinamarca.
La Junta Administradora del Fondo Educativo Regional de Cundinamarca, y en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO:
Que según el Decreto extraordinario número 102 de 1976, corresponde a las Juntas Administradoras de los Fondos Educativos Regionales proponer al Ministerio de Educación Nacional la Planta de Personal del Fondo Educativo Regional para los cargos administrativos que se requieren para el normal funcionamiento de los Planteles Educativos;
Que el Decreto 1042 de 1978 y sus modificativos establecen el sistema de nomenclatura, clasificación y remuneración para los distintos empleos administrativos del orden nacional;
Que la L y 12 de 1986 establece que las Plantas de Personal de los Fondos Educativos Regionales, previo certificado de Disponibilidad Presupuestal, deberán ser aprobadas mediante Decreto del Gobierno Nacional,
ACUERDA:
Artículo 1° Las funciones propias de las distintas dependencias del Fondo Educativo Regional de Cundinamarca serán cumplidas por la Planta de Personal Administrativo que a continuación se establece:
Nº DE CARGOS
DEPENDENCIA Y DENOMINACION DEL CARGO
CODIGO
GRADO
ADMINISTRACION GENERAL
DELEGACION REGIONAL DEL MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
1
Profesional Universitario
3020
04
2
Profesional Universitario
3020
03
1
Técnico Administrativo
4065
11
2
Auxiliar Administrativo
5120
09
1
Secretario
5140
10
1
Ayudante de Oficina
5155
05
1
Auxiliar de Servicios Generales
6035
05
1
Auxiliar de Servicios Generales
6035
02
1
Chofer Mecánico
6010
08
ADMINISTRACION DEL FONDO EDUCATIVO REGIONAL
PRESUPUESTO
1
Profesional Universitario
3020
04
1
Auxiliar Administrativo
5120
11
1
Auxiliar Administrativo
5120
09
NOVEDADES DE PERSONAL
1
Profesional Universitario
3020
06
4
Auxiliar Administrativo
5120
11
2
Auxiliar Administrativo
5120
09
2
Auxiliar de Servicios Generales
6035
03
KÁRDEX
1
Profesional Universitario
3020
03
1
Auxiliar Administrativo
5120
09
1
Auxiliar de Servicios Generales
6035
05
TESORERIA
1
Profesional Universitario
3020
06
2
Auxiliar Administrativo
5120
11
2
Auxiliar Administrativo
5120
09
1
Auxiliar de Servicios Generales
6035
05
CONTABILIDAD
1
Profesional Universitario
3020
04
2
Técnico Administrativo
4065
07
1
Auxiliar Administrativo
5120
11
2
Ayudante de Oficina
5155
05
ALMACEN
1
Almacenista
5080
13
1
Ayudante de Oficina
5155
07
1
Auxiliar de Servicios Generales
6035
03
1
Auxiliar de Servicios Generales
6035
02
SECCIONAL DE ESCALAFON
1
Secretario
5140
10
2
Profesional Universitario
3020
06
1
Auxiliar de Técnico
4110
05
3
Auxiliar Administrativo
5120
07
4
Auxiliar de Oficina
5155
07
4
Auxiliar Administrativo
5120
11
2
Auxiliar de Servicios Generales
6035
02
1
Asistente Administrativo
4140
12
CENTRO EXPERIMENTAL PILOTO
1
Profesional Universitario
3020
04
1
Auxiliar Administrativo
5120
11
1
Auxiliar de Servicios Generales
6035
05
PLANTELES EDUCACION BASICA SECUNDARIA Y MEDIA VOCACIONAL NACIONALIZADA
4
Pagador
5045
11
121
Pagador
5045
07
4
Auxiliar Administrativo
5120
09
195
Ayudante de Oficina
5155
03
6
Profesional Universitario
3020
03
3
Enfermera Auxiliar
6045
05
3
Auxiliar de Técnico
4110
06
3
Auxiliar de Técnico
4110
05
6
Capellán
5125
11
35
Ecónomo
5150
03
9
Chofer Mecánico
6010
03
1
Operario
6030
03
5
Operario
6030
01
124
Celador
6020
01
133
Auxiliar de Servicios Generales
6035
01
EDUCACION ESPECIAL CENTROS DE EDUCACION ALUMNOS SUBDOTADOS
2
Auxiliar de Técnico
4110
05
Artículo 2° El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición, deroga 106 Acuerdos números 02 y 03 de 1984, en lo pertinente al Personal Administrativo y, para su validez, requiere aprobación por Decreto Nacional.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a los diez (10) días del mes
de septiembre de mil novecientos ochenta y seis (1986).
(Fdo.) MANUEL GUILLERMO INFANTE BRAIMAN,
Gobernador de Cundinamarca
Presidente Junta Administradora.
Secretario Junta Administradora,
(Fdo.) VICTOR ANTONIO BOHORQUEZ VIVAS.
Aprobado:
Director General de Servicios Administrativos-Ministerio de Educación Nacional,
(Fdo.) ALFONSO CABRALES CONTRERAS.
ARTICULO 2º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, a 11 de noviembre de 1987.
VIRGILIO BARCO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
LUIS FERNANDO ALARCON MANTILLA.
El Ministro de Educación Nacional,
ANTONIO YEPES PARRA.
El Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil,
JOAQUIN BARRETO RUIZ.