DECRETO 211 DE 1988
(enero 29)
Por el cual se fija la planta de personal de soldados voluntarios para 1988.
El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades que le confiere el artículo 2° de la Ley 131 de 1985,
DECRETA:
Artículo 1° La Planta de Personal de Soldados Voluntarios para la vigencia de 1988, será la siguiente:
EJERCITO
ARMADA
2.508
234
Artículo 2° Con el propósito de hacer viable la ejecución de esta planta de personal, desde el punto de vista presupuestal, los movimientos de personal deberán hacerse en forma gradual, consultando estrictamente las necesidades de efectivos para el cabal cumplimiento de las funciones asignadas a la Institución.
Artículo 3° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D.E., a 29 de enero de 1988.
VIRGILIO BARCO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
LUIS FERNANDO ALARCON MANTILLA.
El Ministro de Defensa Nacional
General RAFAEL SAMUDIO MOLINA.