DECRETO 21 DE 1989

Decretos 1989

DECRETO 21 DE 1989    

(enero  3)    

por  el cual se dictan normas en materia salarial para los servidores del Instituto  Nacional del Fomento Municipal-INSFOPAL-.    

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio  de las facultades extraordinarias que le confiere la Ley 77 de 1988,    

DECRETA:    

Articulo 1º.-Los empleados del Instituto Nacional  de Fomento Municipal-INSFOPAL-que en aplicación del Decreto  Extraordinario 77 de 1987 y sus normas reglamentarias sean incorporados a  otros organismos de la administración pública, en cargos a los cuales  corresponda una asignación básica mensual inferior a la que viene percibiendo,  continuarán con tal remuneración superior hasta cuando obtengan una mayor  remuneración por cambio de empleo o se retiren del servicio. El empleado tendrá  derecho a percibir los aumentos que se determinen para el empleo en que sea  incorporado.    

Articulo 2º.-El presente Decreto rige a partir de  la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá D.E., a 3 de enero de 1989.    

VIRGILIO  BARCO.    

El Ministro de Hacienda y Crédito Publico,    

Luis Fernando Alarcón Mantilla.    

El Ministro de Salud Pública,    

Luis  Heriberto Arraut Esquivel.    

El Jefe del Departamento Administrativo del  Servicio Civil,    

Joaquin  Barreto Ruiz.    

 

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