DECRETO 2039 DE 1988

Decretos 1988

DECRETO 2039 DE 1988    

(septiembre  30)    

     

Por  el cual se dictan normas en materia de corporaciones financieras.    

     

El  Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones  constitucionales, en especial de las que le confiere el numeral 14 del artículo  120 de la Constitución Política,    

     

DECRETA:    

     

Artículo 1°  En concordancia con lo dispuesto en el Decreto 2777 de 1973,  el transporte público terrestre a motor será beneficiario de las funciones  autorizadas a las corporaciones financieras, con sujeción de lo dispuesto en el  Decreto 2041 de 1987  y normas que lo adicionen o reformen.    

     

Artículo 2°  El presente Decreto rige desde la fecha de su publicación.    

     

Publíquese y  cúmplase.    

Dado en  Bogotá, D. E., a 30 de septiembre de 1988.    

     

VIRGILIO  BARCO    

     

El  Viceministro de Hacienda y Crédito Público, encargado de las funciones del  Despacho del Ministro,    

ARTURO  FERRER CARRASCO.          

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