DECRETO 2037 DE 1985

Decretos 1985

   

DECRETO  2037 DE 1985    

( julio 26)    

     

Por el cual se derogan unas disposiciones.    

     

Nota: Corregido por el Decreto 2327 de 1985.    

     

El Presidente de la  República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y  legales, y    

     

CONSIDERANDO:    

     

Que mediante Decreto  reglamentario 2288 de 1976, en sus artículos 4° y 5º se creó un sobreprecio  destinado al fomento de la Industria Cinematográfica colombiana;    

     

Que contra el citado  acto administrativo se inició acción de nulidad ante la jurisdicción de lo  Contencioso Administrativo, encontrándose en la actualidad el proceso  respectivo pendiente de decisión;    

     

Que el Congreso de la  República a iniciativa del Gobierno Nacional, tuvo a bien elevar el sobreprecio  creado por el Decreto 2288 de 1976  a la categoría de impuesto, mediante el artículo 15 de la Ley 55 de 1985;    

     

Que los antecedentes  de la citada Ley 55 de 1985, son  suficientemente categóricos en el sentido de que el gravamen consagrado en el  artículo 15 no es un impuesto nuevo sino el mismo sobreprecio que establecían  los artículos 4º y 5° del Decreto 2288 de 1976;    

     

Que en tales circunstancias,  por sustracción de materia, han quedado sin función los artículos 4° y 5º del Decreto 2288 de 1976  y conviene manifestarlo en forma explícita mediante otro estatuto de la misma  jerarquía,    

     

DECRETA:    

     

Artículo 1° Corregido por el Decreto 2327 de 1985,  artículo 1º. Deróganse los artículos 4° y 5° del Decreto 2288 de 1977.    

     

Texto inicial del  artículo 1º.: “Deróganse los artículos 4° y 5° del Decreto  reglamentario 2288 de 1976.”.    

     

Artículo 2° El  presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.    

     

Publíquese,  comuníquese y cúmplase.    

     

Dado en Bogotá, D. E.,  a 26 de julio de 1985.    

     

BELISARIO BETANCUR    

     

El Ministro de  Hacienda y Crédito Público,    

ROBERTO JUNGUITO  BONNET.    

     

El Ministro de  Desarrollo Económico,    

GUSTAVO CASTRO  GUERRERO.    

     

La Ministra de  Comunicaciones,    

NOEMI SANIN POSADA.          

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