DECRETO 1975 DE 1987
(octubre 19)
Por medio del cual se aprueba el Acuerdo número 012 de junio 26 de 1987, del Servicio Naviero Armada Republica de Colombia, SENARC, sobre fijacion de la Planta de Personal de Empleados Publicos.
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales y en especial las que le confiere el Decreto número 1042 de 1978, artículo 74,
DECRETA:
ARTICULO 1° Apruébase el Acuerdo número 012 de Junio 26 de 1987, emanado de la Junta Directiva del Servicio Naviero Armada República de Colombia, SENARC, cuyo texto es el siguiente:
“ACUERDO NÚMERO 012 DE 1987
(junio 26)
por el cual se fija la planta de personal de empleados públicos del Servicio Naviero Armada República de Colombia, SENARC.
La Junta Directiva del Servicio Naviero Armada República de Colombia, SENARC, en uso de las facultades legales que le confiere el Decreto 100 de enero 18 de 1984, artículo 10, literal b) y el Decreto 1207 de mayo 22 de 1984 aprobatorio del Acuerdo 003 de abril 12 de 1984, artículo 11, literal b),
ACUERDA:
Artículo 1° La planta de personal de empleados públicos del Servicio Naviero Armada República de Colombia, SENARC, será la siguiente:
NO. DE
CARGOS
DEPENDENCIA Y DENOMINACION DEL EMPLEO
CODIGO
GRADO
GERENCIA.
1
Gerente de Empresa Industrial y Comercial del Estado Directivo
0010
06
DIVISION FINANCIERA.
Sección de Contabilidad, Pagaduría y Cartera.
1
Tesorero Administrativo
5015
18
DIVISION ADMINISTRATIVA.
Sección de Administración Materiales y Distribución.
1
Jefe de Almacén Administrativo
5060
13
1
Almacenista Administrativo
5080
11
4
Almacenista Administrativo
5080
09
Artículo 2° El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición, deroga el Acuerdo número 015 de octubre 11 de 1984 y para su validez, requiere aprobación por Decreto del Gobierno Nacional.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a junio 26 de 1987.
(Fdo.) General Rafael Samudio Molina, Presidente.
(Fdo.) Doctora Gladys Ramírez Osorio, Secretaría”.
ARTICULO 2° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias, en especial el Decreto 104 de enero 14 de 1985.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 19 de octubre de 1987.
VIRGILIO BARCO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
LUIS FERNANDO ALARCON MANTILLA.
El Ministro de Defensa Nacional,
General RAFAEL SAMUDIO MOLINA.
El Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil,
JOAQUIN BARRETO RUIZ.