DECRETO 197 DE 1984

Decretos 1984

DECRETO 197 DE 1984

(Enero 30)    

     

Por el cual se interviene la actividad de la Caja  Colombiana de Ahorros de la Caja de Crédito Agrario, Industrial y Minero.    

     

Nota: Derogado por el Decreto 2135 de 1987,  artículo 2º.    

     

El Presidente de la República  de Colombia,    

     

en  ejercicio de la facultad que le confiere el numeral 14 del artículo 120 de la  Constitución Política    

     

DECRETA:    

     

Artículo 10-La parte del encaje de diecinueve  y medio (19.5) puntos sobre los depósitos de ahorro de la Caja Colombiana de  Ahorros de la Caja de Crédito Agrario, Industrial y Minero, de que tratan los  literales a) y b) del articulo 1º del Decreto número  0708 de 1976 y el artículo 1º del Decreto número  958 de 1982, estará representada en cualesquiera de las siguientes  operaciones:    

     

a) Créditos de vivienda rural, con el fin de engrosar los  recursos del Fondo de Vivienda Rural establecido por la Ley 20 de 1976;    

     

b) Créditos a los ahorradores de la Caja Colombiana de  Ahorros;    

     

c) Créditos de fomento agropecuario con plazo hasta de un  año, siempre y cuando se estipulen tasas de interés de alto rendimiento;    

     

d) Crédito para producción Agrícola. Para tales efectos  la Junta Directiva de la Caja de Crédito Agrario, Industrial y Minero adoptara  los programas que proyecte afectar con estos fondos.    

     

Artículo 20-El  presente decreto modifica en lo pertinente el Decreto número  0708 de 1976 y el Decreto número  0958 de 1982 y rige a partir de la fecha de su expedición.    

     

Comuníquese y cúmplase.    

     

Dado en Bogotá, D. E., a 30 de enero de 1984.    

     

BELISARIO BETANCUR    

     

El Ministerio de  Hacienda y Crédito público,    

Edgar Gutiérrez Castro    

     

El Ministro de  Agricultura    

Gustavo Castro Guerrero          

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *