DECRETO 1968 DE 1984

Decretos 1984

DECRETO 1968 DE 1984

(agosto 13)    

     

por el  cual se modifica el   Decreto  número 3446 del 16 de diciembre de 1983.    

     

El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus  facultades legales, y    

     

CONSIDERANDO:    

     

Que mediante   Decreto  número 3446 del 16 de diciembre de 1983, se autorizó a los señores  Ministros de Hacienda y Crédito Público y de Educación Nacional a gestionar  conjunta o separadamente a nombre del Gobierno Nacional, empréstitos externos  hasta por la suma de cincuenta millones de dólares (US$ 50.000.000) de los  Estados Unidos de América o su equivalente en otras monedas, en las condiciones  financieras actuales más favorables del Mercado de Capitales, destinados a  financiar la adquisición de equipos y materiales didácticos para el Sector  Educativo-Campaña de Instrucción Nacional, Camina;    

     

Que la destinación de los recursos autorizados mediante el  Decreto  N° 3446 del 16 de diciembre de 1983 no contempló la financiación de los  servicios requeridos para el proyecto;    

     

Que en consideración a lo anterior se hace necesario  modificar la destinación de los recursos autorizados por el   Decreto  número 3446 del 16 de diciembre de 1983;    

     

Que mediante   Decreto número  3141 de 1982 se designó Ministro ad hoc de Hacienda y Crédito Público al  Viceministro de Hacienda y Crédito Público, para los casos en que las normas  legales hacen incompatible la actuación del Ministro Titular,    

     

DECRETA:    

     

Artículo primero. Los empréstitos que se gestionen con  cargo al   Decreto  número 3446 del 16 de diciembre de 1983 se destinarán a financiar la  adquisición de equipos, materiales y servicios requeridos por el Sector  Educativo.    

     

Artículo segundo. Los demás términos del artículo primero  del Decreto N° 3446 del 16 de diciembre continúan vigentes.    

     

Articulo tercero. El presente Decreto rige a partir de la  fecha de su expedición.    

     

Comuníquese y cúmplase.    

     

Dado en Bogotá, D. E., a 13 de agosto de 1984.    

     

BELISARIO BETANCUR    

     

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, ad hoc,    

Florángela  Gómez de Arango.          

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