DECRETO 1955 DE 1987

Decretos 1987

DECRETO  1955 DE 1987    

(octubre 16)    

     

Por el  cual se exceptúa de la aplicación del Decreto 1117 de 1987  al Departamento de Antioquia.    

     

Nota: Derogado por el Decreto 1592 de 1988,  artículo 21.    

     

El Presidente de la República de Colombia,  en ejercicio de las facultades legales y en especial las conferidas por los  numerales 3 y 12 del artículo 120 de la Constitución Política,    

     

DECRETA:    

     

Artículo 1° Exceptuar  al Departamento de Antioquía de la aplicación del Decreto  número 1117 del 17 de junio de 1987, por el cual se reglamenta la  administración de los Fondos de Fomento de Servicios Docentes de los  establecimientos educativos oficiales nacionalizados y se dictan otras  disposiciones.    

     

Artículo 2° La  administración de los Fondos de Fomento de Servicios Docentes de los institutos  docentes oficiales nacionalizados del Departamento de Antioquía, se regirán por  el Código Fiscal Departamental y el Decreto  Departamental número 600 de 1985.    

     

Artículo 3° El  presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.    

     

Publíquese y cúmplase.    

     

Dado en Bogotá, D. E.,  a 16 de octubre de 1987.    

     

VIRGILIO BARCO    

     

El Ministro de  Educación Nacional,    

ANTONIO YEPES PARRA.          

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