DECRETO 1887 DE 1988

Decretos 1988

DECRETO 1887 DE 1988    

(septiembre 13)    

     

Por el cual se adiciona la planta de personal del  Ministerio de Justicia.    

     

Nota: Derogado por el Decreto 883 de 1991,  artículo 2º.    

     

El Presidente de la República de Colombia, en  ejercicio de las facultades que le confiere el ordinal 21 del artículo 120 de  la Constitución Política,    

DECRETA:    

Artículo 1° Créanse los siguientes cargos en la  Planta de Personal del Ministerio de Justicia para la División de Defensoría  Pública de Oficio, de acuerdo al Decreto  0053 de enero 13 de 1987:    

     

… … … … … … … … … …    

     

Artículo 2° De conformidad con los Decretos 1024 de 1987 y 503 de 1988, para  la vinculación de nuevos funcionarios a la Planta de Personal de que trata el  presente Decreto, la entidad deberá dar prelación a los empleados que de  conformidad con el artículo 104 y siguientes del Decreto  Extraordinario 77 de 1987 deban ser incorporados a la Administración  Pública.    

Para tal efecto no se requerirá la celebración de  concursos y la provisión de los empleos se hará mediante incorporación con base  en las listas conformadas por el Departamento Administrativo del Servicio  Civil, de acuerdo con el artículo 8° del mencionado Decreto 1024.    

Si al Ministerio de Justicia no le es posible  proveer alguno de los cargos conforme al anterior procedimiento, el Secretario  General deberá informar tal circunstancia a la Comisión de que trata el  artículo 109 del mencionado Decreto 77, con indicación de las razones que no  hicieron posible la incorporación.    

Para efecto de los registros correspondientes,  igualmente deberá informar al Departamento Administrativo del Servicio Civil  las incorporaciones efectuadas relacionando el nombre, identidad y cargo al  cual fue incorporado el empleado.    

Artículo 3° El presente Decreto rige a partir de  la fecha de su publicación.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. E., a 13 de septiembre de 1988.    

VIRGILIO BARCO    

El Ministro de Justicia,    

GUILLERMO PLAZAS ALCID.    

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,    

LUIS FERNANDO ALARCON MANTILLA.    

El Jefe del Departamento Administrativo del Servicio    

Civil,    

JOAQUIN BARRETO RUIZ.          

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