DECRETO 185 DE 1984
(enero 26)
por el cual se fija la remuneración del personal docente de la Escuela Superior de Administración Pública, ESAP.
Nota: Derogado por el Decreto 112 de 1985, artículo 2º.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades extraordinarias que le confiere la Ley 52 de 1983,
DECRETA:
Artículo 1° El valor del punto que sirve de base para determinar la remuneración de los empleados públicos docentes de la Escuela Superior de Administración Pública, ESAP, será de cuatrocientos cincuenta y nueve pesos ($ 459).
Artículo 2° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición y surte efectos fiscales a partir del 1° de enero de 1984.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 26 de enero de 1984.
BELISARIO BETANCUR
El Ministro de Hacienda y Crédito Público, encargado,
Florángela Gómez de Arango.
La Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil,
Ericina Mendoza Saladén.