DECRETO 184 DE 1984

Decretos 1984

DECRETO 184 DE 1984

(enero 26)    

     

por el cual se fijan unas remuneraciones en  el Fondo Nacional de Proyectos de Desarrollo, FONADE, y se dictan otras  disposiciones.    

     

Nota: Derogado por el Decreto 145 de 1985,  artículo 5º.    

     

El Presidente de la República  de Colombia, en ejercicio de las facultades extraordinarias que le confiere la Ley 52 de 1983,    

     

DECRETA:    

     

Artículo 1° La remuneración  mensual del empleo de Subdirector General del Fondo Nacional de Proyectos de  Desarrollo, FONADE, grado 05 del Nivel Directivo, será de ciento dieciocho mil  seiscientos cincuenta pesos ($ 118.650).    

     

El cincuenta por ciento (50%)  de esta remuneración mensual tendrá el carácter de gastos de representación.    

     

Artículo 2° La remuneración  mensual del empleo de Jefe de Oficina grado 14 del Nivel Ejecutivo y del empleo  de Jefe de División grado 14 del mismo nivel del Fondo Nacional de Proyectos de  Desarrollo, FONADE, será de noventa y cinco mil doscientos pesos ($ 95.200).    

     

El cincuenta por ciento (50%)  de esta remuneración mensual tendrá el carácter de gastos de representación.    

     

Articulo 3° La remuneración  mensual del empleo de Jefe de Sección grado 09 del Nivel Ejecutivo del Fondo  Nacional de Proyectos de Desarrollo, FONADE, será de ochenta mil cuatrocientos  cincuenta pesos ($ 80.450).    

     

Articulo 4° Los empleados  públicos que prestan sus servicios en el Fondo Nacional de Proyectos de  Desarrollo, FONADE, tendrán derecho a un auxilio de alimentación en cuantía de  ciento cincuenta pesos ($ 150) diarios, que se pagará por cada día hábil  laborado, a excepción de los funcionarios de los niveles directivo y asesor.    

     

No tendrá derecho a este  auxilio el personal que disfrute de vacaciones o se encuentre en uso de  licencias.    

     

Artículo 5° El presente Decreto  rige a partir de la fecha de su expedición, deroga las disposiciones que le  sean contrarias y surte efectos fiscales a partir del 1° de enero de 1984.    

     

Comuníquese y cúmplase.    

     

Dado en Bogotá, D. E., a 26 de  enero de 1984.    

     

BELISARIO BETANCUR    

     

El Ministro de Hacienda y  Crédito Público, encargado,    

Florángela Gómez de Arango.    

     

El Jefe del Departamento  Nacional de Planeación,    

Jorge Ospina Sardi.    

     

La Jefe del Departamento  Administrativo del Servicio Civil,    

Ericina Mendoza Saladén.          

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