DECRETO 18 DE 1984
(enero 10)
Por el cual se delegan unas funciones constitucionales
El Presidente de la Republica de Colombia, en ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 5° del Acto Legislativo número 1 de 1977, y
CONSIDERANDO:
Que el Presidente de la República estará ausente del país con el objeto de participar en la Conferencia Económica Latinoamericana que tendrá lugar en la ciudad de Quito (Ecuador);
Que la ausencia del Presidente se prolongará durante los días 11, 12 y 13 del mes de enero de 1984;
Que el Ministro de Relaciones Exteriores, por virtud de la precedencia establecida en las leyes y en consideración a su filiación política, esta habilitado para ejercer las funciones como Ministro Delegatario,
DECRETA:
Articulo 1° Por el tiempo que dure la ausencia del Presidente de la Republica en razón de su viaje a que se refieren los considerandos de este Decreto, deléganse en el Ministro de Relaciones Exteriores, doctor Rodrigo Lloreda Caicedo, Las funciones correspondientes a los asuntos indicados en los numerales 5° 6° y 7° del artículo 118; numeral 2° del articulo 119 y numerales 2°, 3°, 6° y 7° del articulo 120 de la Constitución.
Articulo 20 Este Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogota, D. E., a 10 de enero de 1984.
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BELISARIO BETANCUR
El Jefe del Departamento Administrativo de la, Presidencia le la Republica,
Alfonso Ospina Ospina.