DECRETO 1791 DE 1987
(septiembre 18)
Por el cual se aprueba el Acuerdo número 037 del Consejo Nacional de Seguros Sociales Obligatorios, que extiende la cobertura de los seguros sociales con el sistema de medicina familiar, a los municipios de la Calera y Guasca en la Seccional Cundinamarca y Distrito Especial.
El Ministro de Relaciones Exteriores de la República de Colombia, encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Gobierno y Delegatario de las funciones presidenciales, en desarrollo del Decreto número 1685 de 1987 y en ejercicio de sus facultades legales y, en especial la que le confiere el inciso final del artículo 43 del Decreto‑ley 1650 de 1977,
DECRETA:
ARTICULO 1° Aprobar el Acuerdo número 037 del 24 de julio de 1987, emanado del Consejo Nacional de Seguros Sociales Obligatorios, cuyo texto es el siguiente:
” ACUERDO NÚMERO 037 DE 1987
(julio 24)
por el cual se aprueba el proyecto de ampliación geográfica del Instituto de Seguros Sociales, con el sistema de medicina familiar, a los Municipios de La Calera y Guasca, en la Seccional Cundinamarca y Distrito Especial.
El Consejo Nacional de Seguros Sociales Obligatorios, en uso de las facultades que le confiere el literal b) del artículo 43 del Decreto‑ley 1650 de 1977, y
CONSIDERANDO:
Que el Instituto de Seguros Sociales teniendo en cuenta la capacidad de los servicios, las posibilidades financieras, el grado de necesidades, el mejor empleo de los recursos y la conformidad con los planes y programas de desarrollo económico y social del Gobierno Nacional en el área geográfica de los Municipios de La, Calera y Guasca, en el Departamento de Cundinamarca, ha considerado indispensable la ampliación de la cobertura de los seguros sociales en beneficio de los trabajadores y sus familias;
Que una vez realizados los estudios de factibilidad se ha encontrado que es posible la ampliación de los servicios del seguro social a los trabajadores y a sus familias en dichas áreas;
Que la Superintendencia de Seguros de Salud ha conceptuado favorablemente sobre la ampliación geográfica a estos Municipios;
Que el proyecto fue debidamente aprobado por la Junta Administradora del ISS y la Junta Administradora de Seguros Económicos, mediante Acuerdos números 420 y 054 del 30 de abril y 24 de julio de 1987, respectivamente,
ACUERDA:
Artículo 1° Aprobar el proyecto de ampliación geográfica de los seguros sociales a los Municipios de La Calera y Guasca en la Seccional Cundinamarca y Distrito Especial, para el cubrimiento de los riesgos de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM), Accidentes de Trabajo y Enfermedad Profesional (ATEP) y Enfermedad General y Maternidad (EGM), este último con el sistema de medicina familiar.
Artículo 2° La Dirección General del Instituto de Seguros Sociales desarrollará las medidas de carácter técnico administrativas que se requieran para la aplicación de lo dispuesto en el presente Acuerdo, según las disposiciones legales y reglamentarias.
Artículo 3° En cumplimiento del inciso final del artículo 43 del Decreto‑ley 1650 de 1977, el presente Acuerdo requiere la aprobación del Gobierno Nacional.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a los veinticuatro (24) días del mes de julio de mil novecientos ochenta y siete (1987).
El Presidente (Fdo.),
DIEGO YOUNES MORENO.
El Secretario ad hoc (Fdo.),
OLGA NAVIA TEJADA”.
ARTICULO 2° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 18 de septiembre de 1987.
JULIO LONDOÑO PAREDES
El Ministro de Trabajo y Seguridad Social,
DIEGO YOUNES MORENO.
El Ministro de Salud,
JOSE GRANADA RODRIGUEZ.