DECRETO 1784 DE 1986

Decretos 1986

DECRETO  1784 DE 1986    

(junio 3)    

     

por el cual se aprueba el acuerdo número 037 de 1986  de la Junta Directiva del Instituto Colombiano de Hidrología, Meteorología y  Adecuación de Tierras, HIMAT, que determina la planta de personal.    

     

Nota 1: Derogado por el Decreto 1349 de 1990,  artículo 2º.    

     

Nota  2: Adicionado en lo pertinente por el Decreto 1858 de 1987.    

     

Nota  3: Modificado parcialmente por el Decreto 2343 de 1987  y por el Decreto 261 de 1987.    

     

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades  legales,    

DECRETA:    

Artículo 1° Apruébase el Acuerdo número 037 del 8 de abril de  1986, expedido por la Junta Directiva del Instituto Colombiano de Hidrología,  Meteorología y Adecuación de Tierras, HIMAT, cuyo texto es el siguiente:    

ACUERDO NÚMERO 037 DE 1986    

(abril 8)    

por el cual se determina la planta de  personal del Instituto Colombiano de Hidrología, Meteorología y Adecuación de  Tierras, HIMAT.    

La Junta Directiva del Instituto Colombiano de Hidrología, Meteorología y  Adecuación de Tierras, HIMAT, en uso de sus facultades legales y estatutarias,    

ACUERDA:    

Artículo 1. Las funciones propias de las  distintas dependencias del Instituto Colombiano de Hidrología, Meteorología y  Adecuación de Tierras, HIMAT, serán cumplidas por la planta de personal que a  continuación se establece:    

     

… … … … … … … … … … … …    

     

Artículo 2° El presente Acuerdo rige a partir de  la fecha de su aprobación por el Gobierno Nacional y deroga el Acuerdo número  47 de febrero 28 de 1979 y las demás disposiciones que le sean contrarias.    

Comuníquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D.E., a los ocho (8) días del mes de abril de mil  novecientos ochenta y seis (1986).    

El Presidente,    

(Fdo.) Vicente Guillermo de la Ossa  Gamarra.    

El Secretario,    

(Fdo.) Gilberto Ochoa Velásquez».    

ARTICULO 2° El presente Decreto rige a partir de  la fecha de su publicación y deroga el Decreto  número 1895 de agosto 3 de 1979 y las demás disposiciones que le sean  contrarias.    

Publíquese, comuníquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. E., a 3 de junio de 1986.    

BELISARIO BETANCUR    

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,    

Hugo Palacios Mejía.    

El Ministro de Agricultura,    

Roberto Mejía Caicedo.    

La Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil,    

Ericina Mendoza Saladén.              

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