DECRETO 1779 DE 1987

Decretos 1987

DECRETO  1779 DE 1987    

(septiembre  18)    

     

Por el cual se aprueba el Acuerdo número 06 de 1987 de la Compañía de  Informaciones Audiovisuales.    

     

El Ministro de Relaciones Exteriores de la República de Colombia,  encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Gobierno y Delegatario  de funciones presidenciales, en desarrollo del Decreto 1685 de 1987  y en ejercicio de las facultades que le confiere el literal b) del artículo 26  del Decreto 1050 de 1986,    

     

DECRETA:    

     

ARTICULO  1° Apruébase el Acuerdo 06 de 1987 de  la Junta Directiva de la Compañía de Informaciones Audiovisuales, cuyo texto es  el siguiente:    

     

“ACUERDO  NÚMERO 06 DE 1987    

(junio  8)    

     

por  el cual se reforman parcialmente los Estatutos de la Compañía de Informaciones  Audiovisuales.    

     

La Junta Directiva de la Compañía de Informaciones Audiovisuales, en  uso de sus facultades legales, en especial de las que le confiere el literal b)  del artículo 17 del Acuerdo 03 de 1977, aprobado por Decreto  ejecutivo 121 de 1977, oído el concepto de la Secretaría de Administración  Pública de la Presidencia de la República, y    

     

CONSIDERANDO:    

     

Que  por medio del artículo 2° del Acuerdo  05 de 1984, aprobado por el artículo 1°  del Decreto  ejecutivo 2388 de 1984, el capital social inicialmente autorizado a  Audiovisuales fue aumentado a $ 33.985.002.54;    

     

Que  la Junta Directiva en sesión realizada el 7 de mayo de 1987 analizó la  conveniencia de recapitalizar a AUDIOVISUALES por parte de la Empresa Nacional  de Telecomunicaciones, TELECOM, y la expedición del respectivo Acuerdo quedó  sujeto a que la Junta General de Socios decretara el referido aumento de  capital de la Empresa;    

     

Que  la Junta General de Socios, en sesión celebrada el 8 de mayo de 1987,  efectivamente acordó decretar un nuevo aumento de capital social de la Compañía  de Informaciones Audiovisuales, mediante aporte de $ 60.000.000.00 otorgado por  la Empresa Nacional de Telecomunicaciones, TELECOM, con destino a recapitalizar  a Audiovisuales,    

     

ACUERDA:    

     

Artículo  1° El artículo 7°  del Acuerdo número 03 de 1977, quedará así:    

     

El  capital autorizado de la Compañía de Informaciones Audiovisuales es de noventa  y tres millones novecientos ochenta y cinco mil dos pesos con cincuenta y  cuatro centavos ($ 93.985.002.54) moneda corriente, dividido en 93.985,002.54  cuotas de un valor nominal de un mil pesos ($ 1.000.00) moneda corriente, cada  una, repartido entre los socios de la siguiente manera:    

     

El  Instituto Nacional de Radio y Televisión, INRAVISION, la suma de veintiséis millones  novecientos noventa y dos mil quinientos un peso con veintisiete centavos ($  26.992.501.27) moneda corriente, equivalente a 26.992,501.27 cuotas o derechos  sociales, y la Empresa Nacional de Telecomunicaciones, TELECOM, la suma de  sesenta y seis millones novecientos noventa y dos mil quinientos un peso con  veintisiete centavos ($66.992.501.27) moneda corriente, equivalente a  66.992,501.27 cuotas sociales.    

     

Artículo  2° El presente Acuerdo deroga el  artículo 2° del Acuerdo 05 de 1984 y rige a  partir de la fecha de la publicación del Decreto que lo apruebe.    

     

Comuníquese  y cúmplase.    

Dado  en Bogotá, D. E., a 8 de junio de 1987.    

     

El  Presidente de la Junta Directiva,    

(Fdo.)  MARCO TULIO RODRIGUEZ.    

     

El  Secretario,    

(Fdo.)  JOSE MARIA CORREAL».    

     

ARTICULO  2° El presente Decreto rige a partir  de la fecha de su publicación.    

     

Publíquese,  comuníquese y cúmplase    

     

Dado  en Bogotá, D. E., a 18 de septiembre de 1987.    

     

JULIO  LONDOÑO PAREDES    

     

El  Ministro de Comunicaciones,    

FERNANDO  CEPEDA ULLOA.          

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