DECRETO 1778 DE 1984
(julio 17)
por el cual se deroga el Decreto 575 de 1974.
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades constitucionales y legales, y
CONSIDERANDO:
Que el Decreto 575 de abril 5 de 1974 dispuso que al devolverle el pasaporte a un deportado, o expedirle uno nuevo, la autoridad expedidora anotará en las páginas de observaciones que la persona ha sido deportada del país y el motivo por el cual se produjo la deportación;
Que en la actualidad dicha disposición no se considera necesaria ni conveniente,
DECRETA:
Artículo 1° Derógase el Decreto 575 de 1974.
Artículo 2° Este Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 17 de julio de 1984.
BELISARIO BETANCUR
El Ministro de Relaciones Exteriores,
Augusto Ramírez Ocampo.