DECRETO 1766 DE 1987
(septiembre 16)
por el cual se prorroga la delegación de funciones constitucionales
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 128 de la Constitución Política, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto 1685 de 1987 se delegaron, hasta el día 18 de septiembre del presente año, en el Ministro de Relaciones Exteriores, encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Gobierno, algunas funciones constitucionales;
Que el Presidente de la República ha venido desempeñando, en ejercicio del cargo, funciones constitucionales en territorio extranjero;
Que el Presidente, en desempeño de dichas funciones, ha considerado necesario prolongar por un breve término su permanencia en territorio extranjero;
Que en consecuencia es necesario prorrogar hasta el 20 de septiembre, inclusive, la delegación contemplada en el Decreto 1685 de 1987,
DECRETA:
Artículo 1° Prorrógase la delegación de funciones constitucionales a que hace referencia el Decreto 1685 de 1987, hasta el día 20 de septiembre de 1987, inclusive, en el Ministro de Relaciones Exteriores, encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Gobierno don Julio Londoño Paredes.
Artículo 2° Este Decreto rige desde su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Seúl, Corea, a 16 de septiembre de 1987.
VIRGILIO BARCO
Refrendado y comunicado en Bogotá, a 16 de septiembre de 1987.
El Jefe del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República,
GERMAN MONTOYA VELEZ.