DECRETO 176 DE 1987

Decretos 1987

DECRETO  176 DE 1987    

(enero 27)    

     

por el cual se fija la remuneración de los  empleos directivos de los Colegios Mayores.    

     

Nota: Derogado por el Decreto 106 de 1988,  artículo 2º.    

     

El Presidente de la República de Colombia, en  ejercicio de las facultades extraordinarias que le confiere la Ley 76 de 1986,    

DECRETA:    

Artículo 1º. Mientras se da cumplimiento a la  organización administrativa de los Colegios Mayores dependientes del Ministerio  de Educación Nacional, prevista en los Decretos extraordinarios 83 de 1980 y 272 de 1982, el  personal Directivo de tales Unidades Administrativas especiales devengará las  siguientes asignaciones básica mensuales, a partir del 1º de enero de 1987:    

     

… … … … … … … … … … … …    

     

Parágrafo. Cuando el personal directivo a que se  refiere este articulo estuviere inscrito en el Escalafón Nacional Docente,  podrá optar por la anterior remuneración o por el salario que le corresponda  según el grado que acredite más el porcentaje por el ejercicio del cargo. Para  este último efecto el cargo de Rector de Colegio Mayor equivale al de Rector de  Establecimiento de Educación Media Vocacional y el de Director de Escuela al de  Coordinador de dichos establecimientos.    

Artículo 2º. El presente Decreto rige a partir de  la fecha de su publicación, deroga las disposiciones que le sean contrarias, en  especial el Decreto ley 096 de  1986, y surte efectos fiscales a partir del 1º de enero de 1987.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. E., a 27 de enero de 1987.    

VIRGILIO BARCO    

El Ministro de Hacienda y crédito Público,    

CESAR GAVIRIA TRUJILLO.    

La Ministra de Educación Nacional,    

MARINA URIBE DE EUSSE.    

El Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil,    

DIEGO YOUNES MORENO.          

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