DECRETO 174 DE 1986

Decretos 1986

DECRETO  174 DE 1986    

(enero 15)    

     

Por el cual se establecen las regionales del  Departamento Administrativo Nacional de Cooperativas.    

     

Nota  1: Derogado por el Decreto 787 de 1995,  artículo 4º.    

     

Nota  2: Modificado parcialmente por el Decreto 579 de 1990.    

     

El Presidente de la República de Colombia, en  ejercicio de la potestad reglamentaria que le confiere el ordinal 3° del artículo  120 de la Constitución Nacional y de la especial que le otorga el parágrafo del  artículo 3° de la Ley 24 de 1981,    

DECRETA:    

Artículo 1° El Departamento Administrativo  Nacional de Cooperativas contará con las siguientes Regionales:    

     

… … … … … … … … … … … … … … … … … … .. …    

     

Artículo 2° El Jefe del Departamento  Administrativo Nacional de Cooperativas, por razones de beneficio social y  funcionalidad en la prestación de los servicios, podrá anexar a una Regional  entidades cooperativas o similares que, por su ubicación geográfica, estén  sujetas al control de otra Regional.    

Artículo 3° Las Regionales creadas por este Decreto  cumplirán sus funciones de conformidad con lo señalado en la Ley 24 de 1981, en el Decreto 3559 de 1981  y demás disposiciones que lo adicionen, modifiquen o sustituyan.    

Artículo 4° El presente Decreto regirá desde su  publicación.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. E., a 15 de enero de 1986.    

BELISARIO BETANCUR    

El Jefe del Departamento Administrativo Nacional de Cooperativas.    

FRANCISCO DE PAULA JARAMILLO G.          

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