DECRETO 1703 DE 1986

Decretos 1986

DECRETO  1703 DE 1986    

(mayo  26)    

     

Por  el cual se aprueba un Acuerdo del Comité Nacional de Cafeteros.    

     

El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades  legales,    

     

DECRETA:    

     

ARTICULO  1° Apruébase el Acuerdo número 11 de  mayo 15 de 1986 del Comité Nacional de Cafeteros, cuyo texto dice lo siguiente:    

     

ACUERDO  NÚMERO 11 DE 1986    

(mayo  15)    

El  Comité Nacional de Cafeteros, en uso de sus atribuciones y    

     

CONSIDERANDO:    

     

a) Que con base en el Decreto número  2078 de 1940 y en las disposiciones que lo adicionan y lo reforman, el  Gobierno y la Federación celebraron, el 11 de diciembre de 1940, un contrato  sobre manejo del Fondo Nacional del Café e intervención a los mercados  cafeteros para el cumplimiento del Convenio Interamericano sobre cuotas de  exportación, contrato que ha sido adicionado y complementado por otros  posteriores y de manera especial por el de diciembre 20 de 1978 sobre  prestación de servicios y administración y manejo del Fondo Nacional del Café,  celebrados entre las mismas partes con el objeto de solucionar, de acuerdo con  la experiencia obtenida en el desarrollo del mismo, aquellos puntos que no se  previeron originalmente y a fin de dar aplicación a normas legales y a  disposiciones de los congresos cafeteros;    

b)  Que dentro del plan de desarrollo físico de almacenes para depósito de café,  aprobado por este comité, se previó la construcción de nuevos almacenes en la  ciudad de Popayán, pues la capacidad actual es insuficiente;    

c)  Que según el concepto de la División de Arquitectura e Ingeniería de la  Federación, es conveniente la adquisición, por compra a la sociedad  “Almacenes Generales de Depósito de Café S. A. ALMACAFE”, o por  permuta con la misma sociedad, de un lote de terreno de una cabida aproximada  de cuarenta mil metros cuadrados (40.000 M2), ubicado en el Parque Industrial  de Popayán, lote en el cual se construirán las nuevas becas para almacenar  café;    

d)  Que en la presente sesión, el señor Ministro de Hacienda y Crédito Público ha  votado expresamente en favor de la negociación proyectada, y que en el  presupuesto del Fondo Nacional del Café para la actual vigencia está prevista  está inversión,    

     

ACUERDA:    

     

Artículo  1º Autorizase a la Federación Nacional de Cafeteros de Colombia, para adquirir,  por compra a la Sociedad “Almacenes Generales de Depósito de Café S. A.  ALMACAFE”, o por permuta con la misma sociedad, un lote de terreno de una  cabida aproximada de cuarenta mil metros cuadrados (40.000 M2), ubicado en el  Parque Industrial de Popayán. Este lote se destinará a la construcción de  almacenes para depósito de café.    

La  adquisición se hará con recursos del Fondo Nacional del Café y con base en el  avalúo comercial que se realice con el lleno de los requisitos legales.    

     

Artículo  2° Facultase al señor Gerente General  de la Federación Nacional de Cafeteros de Colombia para realizar todos los  actos jurídicos que sean necesarios para el cumplimiento de lo dispuesto en  este Acuerdo y en especial para acordar todos los términos del contrato que  celebre con la sociedad “Almacenes Generales de Depósito de Café S. A.  ALMACAFE”.    

     

Artículo  3° Sométase el presente Acuerdo, por  conducto del señor Ministro de Hacienda y Crédito Público, a la aprobación del  señor Presidente de la República.    

     

Aprobado  en Bogotá, D. E., a los quince (15) días del mes de mayo de mil novecientos  ochenta y seis (1986),    

     

El  Presidente,    

(  Fdo.) JOSE VICENTE ROMERO.    

     

El  Secretario,    

(Fdo.)  JORGE ARANGO MEJIA.    

     

ARTICULO  2° Este Decreto rige desde la fecha de  su publicación.    

     

Publíquese,  comuníquese y cúmplase.    

     

Dado  en Bogotá, D. E., a 26 de mayo de 1986.    

     

BELISARIO  BETANCUR    

     

El  Ministro de Hacienda y Crédito Público,    

HUGO  PALACIOS MEJIA.              

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