DECRETO 1692 DE 1987

Decretos 1987

DECRETO 1692 DE 1987     

(septiembre  1º)    

     

por el cual  se aprueba la estructura orgánica y funciones de las dependencias de la  Corporación Eléctrica de la Costa Atlántica, CORELCA.    

     

Nota:  Derogado por el Decreto 2121 de 1992,  artículo 38.    

     

El  Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades  constitucionales y legales, en especial de las conferidas por los Decretos 1050 y 3130 de 1968    

     

DECRETA:    

     

Artículo  primero. Apruébase el Acuerdo número 05 de julio 11 de 1986 emanado del Consejo  Directivo de la Corporación Eléctrica de la Costa Atlántica, CORELCA, por el  cual se establece la estructura orgánica y se determinan las funciones de las  dependencias de dicha entidad, cuyo texto es el siguiente:    

     

“ACUERDO  NÚMERO 05 DE 1986    

(julio11  )    

     

por el  cual se establece la estructura orgánica de la Corporación Eléctrica de la  Costa Atlántica, CORELCA, y se determinan las funciones de sus dependencias.    

     

El  Concejo Directivo de la Corporación Eléctrica de la Costa Atlántica, CORELCA,  en uso de sus facultades legales y estatutarias y oído el Concepto de la  Secretaría de Administración Pública de la Presidencia de la República,    

     

ACUERDA:    

     

l    

     

De la  estructura    

     

Artículo  1º La estructura orgánica de la Corporación Eléctrica de la Costa Atlántica,  CORELCA, será la siguiente:    

     

1.  Consejo Directivo.    

     

2  Dirección General.    

     

2.1  Oficina Jurídica.    

2.2  Oficina de Auditoría Operacional.    

     

3  Secretaría General.    

     

3.1  División Bienes.    

     

4  Subdirección de Planeación.    

4.1  División de Evaluación Social de Proyecto.    

     

4.2  División de Planeación Económica.    

4.2.1.Sección  de Análisis Económico.    

4.2.2  Sección de Estadística.    

     

4.3  División de Planeación Técnica.    

4.3.1  Sección de Análisis de Sistemas Eléctricos.    

4.3.2  Sección de Planeación Energética.    

     

5  Subdirección Administrativa.    

     

5.1  División Comercial.    

5.1.1  Sección de Importaciones.    

5.1.2  Sección de Compras Nacionales.    

     

5.2  División de Materiales y Servicios.    

5.2.1  Sección de Almacenes.    

5.2.2.  Sección de Control de Inventarios.    

5.2.3  Sección de Servicios Generales.    

     

5.3  División de Relaciones Industriales.    

5.3.1  Sección de Administración de Personal.    

5.3.2  Sección de Desarrollo de Personal.    

5.3.3  Sección de Seguridad Industrial.    

     

5.4.  División de Sistemas.    

5.4.1  Sección de Análisis y Programación.    

5.4.2  Sección de Producción.    

5.4.3  Sección de Información.    

     

5.5  División de Organización y métodos.    

     

6.  Subdirección Financiera.    

     

6.1  División Financiera.    

     

6.1.1  Sección de Tesorería.    

     

6.1.2  Sección de Control de Crédito.    

     

Sección  de análisis Financiero.    

     

6.2  División de Presupuesto y Contabilidad.    

6.2.1  Sección de Presupuesto.    

6.2.2  Sección de Contabilidad.    

6.2.3  Sección de Facturación de Energía y Seguros.    

     

7.  Subdirección Técnica.    

     

7.1  División de Ingeniería.    

7.1.1  Sección de Líneas Transmisión.    

7.1.2  Sección de Subestaciones.    

7.1.3  Sección de Diseño Civil.    

     

7.2  División de Construcciones.    

7.2.1  Sección de Interventoría de Líneas de Transmisión    

7.2.2  Sección de Interventoría de Subestaciones.    

     

7.2.3  Sección de Interventoría de Obras Civiles.    

     

8.  Subdirección de Operaciones.    

     

8.1  División Centro de Control.    

8.1.1  Sección de Análisis y Programación Operacional.    

8.1.2  Sección de Operación del Centro de Control.    

8.1.3  Sección de Mantenimiento y Actualización.    

8.1.4  Sección de Telecomunicaciones.    

     

8.2  División Planta Termobarranquilla.    

8.2.1  Sección de Operación    

8.2.2.  Sección de Turbina a Gas.    

8.2.3  Sección de Mantenimiento.    

8.2.4  Sección de Servicios Técnicos    

     

8.3  División de Transmisión.    

8.3.1  Sección de Mantenimiento de Líneas de Transmisión.    

8.3.2  Sección de Operación de Subestaciones.    

8.3.3  Sección de Mantenimiento de Subestaciones y Protecciones.    

8.3.4  Sección de Servicios Técnicos    

     

9.  Subdirección de Electrificadora Subsidiarias.    

     

9.1  División de Asesoría Administrativa y Financiera    

9.1.1  Sección Administrativa y Financiera Zona 1    

9.1.2  Sección Administrativa y Financiera Zona 2    

     

9.2  División de asesoría Técnica    

9.2.1  Sección de Operación y Mantenimiento.    

9.2.2  Sección Taller de Unidades Móviles    

     

9.3  División Centro Regional de Capacitación.    

     

10.  Dirección Regional Termocartagena    

     

10.1.  División Planta Termocartagena    

10.1.1  Sección Operativa.    

10.1.2  Sección de Mantenimiento.    

10.1.3  Sección de Servicio Técnicos.    

     

10.2  División Administrativa y financiera.    

10.2.1  Sección de Servicios Administrativo    

10.2.2  Sección Financiera.    

     

11.  Dirección Regional Termoguajira.    

     

11.1.1  División Planta Termoguajira.    

11.1.2  Sección de Mantenimiento.    

11.1.3  Sección de Servicios Técnicos.    

     

11.2  División Administrativa y Financiera.    

     

11.2.1  Sección de Servicios Administrativos.    

11.2.2  Sección Financiera.    

     

11.3  División Planta Termoballenas.    

     

11.3.1  Sección de Operación.    

11.3.2  Sección de Mantenimiento.    

     

11.4  División de Proyecto.    

     

11.4.1  Sección de Planeación y diseño.    

     

11.4.2  Sección de Ejecución y Control.    

     

12.  Dirección Regional del Proyecto Hidroeléctrico de Urrá.    

     

12.1  División Electromecánica.    

     

12.1.1  Sección Diseño y Montaje de Equipos Eléctricos.    

12.1.2  Sección Diseño y Montaje de Equipos Mecánicos    

     

12.2  División de Obras Civiles.    

     

12.2.1  Sección de Diseño de Obras Civiles.    

12.2.2  Sección de Control de Obras Civiles.    

12.2.3  Sección de Programación y Control de Costos.    

     

12.3  División Administrativa y Financiera.    

     

12.3.1  Sección de Servicios Administrativos.    

12.3.2  Sección Financiera.    

     

13.  Dirección Regional del Proyecto Electrificación Rural.    

     

13.1  División de Estudios y Licitaciones.    

13.2  División de Coordinación e Interventoría.    

13.3  Sección de Administración y Programación.    

     

14.  Organos de Asesoría y Coordinación.    

     

14.1  Comité de Dirección.    

14.2  Comisión de Personal.    

14.3  Junta de Licitaciones y Adquisiciones.    

14.4  Comisión Financiera del Sistema Integrado.    

14.5  Comisión Técnica del Sistemas Integrado.    

14.6  Comité de Operación del Sistema Integrado.    

14.7  Comité de Cooperación Interna.    

     

II    

     

De las  funciones.    

     

Consejo  Directivo y Dirección General    

     

Artículo  2º El Consejo Directivo y Director de la Corporación, cumplirán las funciones  para ellos asignadas en los estatutos de la entidad y en las demás  disposiciones legales vigentes.    

     

Oficina  Jurídica.    

     

Artículo  3º Son funciones de la Oficina Jurídica:    

     

a)  Asesorar a la Dirección General en el trámite y solución en los asuntos  jurídicos de la Corporación;    

     

b)  Elaborar, revisar y conceptuar sobre los proyectos de ley, decretos, acuerdos  resoluciones y demás normas legales relacionadas con la entidad;    

     

c)  Intervenir en el estudio, elaboración, modificación de los contratos y  convenios que celebre la Corporación y revisar los documentos de tipo legal que  sean necesarios para los mismos;    

     

d)  Compilar y estudiar la legislación, la jurisprudencia y doctrinas relativas a  las actividades de la Corporación y proponer, en su caso, las medidas legales  pertinentes;    

     

e)  Suministrar al Ministerio Público, en los juicios en que sea parte la entidad,  todas las informaciones y documentos necesarios para la defensa de los  intereses del Estado e informar al Director y a la Secretaría Jurídica de la  Presidencia de la República sobre el curso de dichos juicios;    

     

f)  Representar a la entidad en todos los juicios en que sea parte, cuando así lo  disponga el Director, e informarle sobre el desarrollo de los mismos ;    

     

g)  Conceptuar sobre la validez Iegal de documentos relacionados con la Entidad;    

     

h)  Adelantar los cobros extra judiciales a favor de la Entidad    

     

i)  Codificar las normas legales relacionadas con la Corporación y mantener al día  la codificación;    

     

j)  Prestar el apoyo jurídico requerido por las diferentes dependencias de la  Corporación, para el normal cumplimiento de sus funciones,    

     

k) las  demás que le sean asignadas, y correspondan a la naturaleza de la dependencia.    

     

Oficina  de Auditoría Operacional.    

     

Artículo  4° Son funciones de la Oficina de Auditoría Operacional:    

     

a)  Efectuar el control necesario para que las normas y procedimientos  administrativos, financieros y técnicos adoptados por la entidad, sean  aplicados correcta y oportunamente;    

     

b)  Realizar los estudios necesarios para lograr una mayor eficiencia y calidad de  los servicios y actividades de la Corporación    

     

c)  Detectar las fallas que se presenten en la ejecución de las operaciones de la  entidad y proponer los correctivos del caso;    

     

d) Velar  por la adecuada custodia y protección de los activos de la entidad    

     

e)  Verificar la corrección razonabilidad de los estados financieros del organismo.  por medio de los procedimientos de comprobación periódica y selectiva de, los  registros contables, análisis de las cuentas de tales estados financieros,  confirmaciones de fuente externa y otros procedimientos de auditoría  aplicables;    

     

f)  Atender los reclamos, quejas u observaciones relacionadas con deficiencias  administrativas, actos o procedimientos indebidos a nivel de dependencias o de  cargo, constatar las anomalías sugerir las medidas correctivas pertinentes;    

     

g)  Realizar periódicamente visitas de inspección a las distintas dependencias, a  fin de evaluar su funcionamiento y detectar posibles deficiencias, conflictos e  irregularidades y presentar las recomendaciones pertinentes;    

     

h)  Procurar en todo momento la máxima, eficiencia en los diversos trámites  administrativos y en desarrollo de las labores de cada dependencia.    

     

i)  Solicitar a las diferentes dependencias la información necesaria para el  cumplimiento de las funciones propias de la dependencia;    

     

j)  Presentar informes periódicos y los especiales que, le sean solicitados por la  Dirección General;    

     

k) Las  demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia,    

     

Secretaría  General.    

     

Artículo  5º Son funciones de la Secretaría General:    

     

a)  Asistir al Director en Ios asuntos relacionados con la administración general  de la Corporación;    

     

b) Velar  por el cumplimiento de las normas legales Orgánicas de la entidad y por el  eficiente desempeño de las funciones técnicas y administrativas de la misma y  coordinar la actividad de sus distintas dependencias;    

     

c)  Preparar, revisar tramitar en coordinación con la Oficina Jurídica los  proyectos de acuerdos y resoluciones que deban someterse a la aprobación del  Consejo Directivo y del Director respectivamente;    

     

d)  Refrendar los actos administrativos del Director y del Consejo Directivo    

     

e)  Llevar la representación del Director cuando éste lo solicite:    

     

f)  Autenticar las copias y demás documentos que se expidan de los actos de Consejo  Directivo y de Director de Corporación    

     

g)  Dirigir y desarrollar programabas de divulgación de las actividades de la  Corporación, de acuerdo con la política de la Dirección General.    

     

h)  Ejercer aquellas funciones que le correspondan en relación con el Consejo  Directivo y con otros órganos asesores de la entidad    

     

i)  Coordinar la preparación y publicación del informe anual de actividades de la  entidad;    

     

j)  Informar periódicamente al Director General o cuando éste lo solicite sobre el  despacho de asunto de la Corporación y el estado de ejecución de los programas  establecidos;    

     

k)Dirigir  las actividades encaminadas a obtener para la Corporación los bienes inmuebles  y los gravámenes sobre éstos, que se requieran para la ejecución de los  proyectos que se adelantan;    

     

l)  Establecer las políticas para la administración del Archivo Central y de los  demás archivos satélites e inactivos de la Corporación velar por su permanente  actualización    

     

m) Las  demás que le sean asignadas. y correspondan a la naturaleza de la dependencia    

     

División  de Bienes    

     

Artículo  6º Son funciones de la División de Bienes:    

     

a)  Coordinar las actividades de adquisición de bienes inmuebles que requiera la  Corporación para la ejecución de sus programas de acuerdo con los  procedimientos y normas legales;    

     

b)  Tramitar la Imposición de servidumbre de conducción de energía eléctrica y  otras;    

     

c)  Adelantar los procesos de expropiación por causa de utilidad pública:    

     

d)  Obtener los permisos de acceso para construcción de líneas de transmisión:    

     

e)  Avaluar los daños o perjuicios causados durante la construcción de las obras  que adelante la Corporación:    

     

f )  Coordinar con la Oficina Jurídica el trámite y vigilancia de litigios  originados en el dominio u ocupación de tierras;    

     

g)  Colaborar con la Oficina Jurídica en la elaboración de minutas para la  adquisición de inmuebles o imposición de servidumbre voluntaria.    

     

h)  Solicitar ante las entidades correspondientes la concesión de permisos para la  utilización de caudales de agua, desviación del curso de los ríos y demás  establecidas por el Código de los Recursos Naturales Renovables;    

     

i)  Coordinar con el Inderena y el Incora los aspectos relacionados con la  adjudicación de balidos y zonas declaradas Parque Nacional para su utilización  en proyectos hidroeléctricos.    

     

j) Las  demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.    

     

Subdirección  de Planeación.    

     

Artículo  7° Son funciones de la Subdirección de Planeación:    

     

a)  Asesorar a la Dirección General en los aspectos relacionados con la planeación  estratégica y operacional del sector eléctrico de la Costa Atlántica, dentro del  contexto nacional;    

     

b)  Dirigir la preparación del presupuesto anual de inversiones y funcionamiento de  la Corporación en coordinación con otras dependencias de la mísma, con base en  los planes y programas formulados por éste para su presentación al Consejo  Directivo;    

     

c)  Planear el aprovechamiento óptimo de los recursos energéticos y orientar la  realización de estudios de factibilidad económica de planes de generación,  transmisión. transformación y distribución de energía eléctrica en coordinación  con las diferentes dependencias, de la entidad y los organismos del sector  eléctrico;    

     

d)  Estudiar conjuntamente con la Subdirección de Electrificadoras Subsidiarias,  criterios para el establecimiento de tarifas;    

     

e)  Coordinar las relaciones derivadas de los intercambios de energía entre las  empresas del grupo CORELCA y entre éstas e Interconexión Eléctrica S. A.:    

     

f)  Dirigir las actividades relacionadas con la recopilación. procesamiento y  suministro de información estadistica, sobre demanda, producción, crecimiento e  insumos utilizados en el sector eléctrico    

     

g)  Evaluar la ejecución de los planes y programas del sector; proponer los  reajustes que sean del caso, en coordinación con el Departamento Nacional de  Planeación y el Ministerio de Minas y Energía    

     

h)  Coordinar y dirigir los estudios relacionados con el impacto social y los  planes de desarrollo para las comunidades afectadas por la construcción de  nuevos proyectos que la corporación ejecute dentro del plan de expansión  eléctrico.    

     

i)  Dirigir la ejecución de actividades de rehabilitación en el área de influencia  de los proyectos de CORELCA así como evaluar las posibles incidencias de éstos  en las comunidades afectadas;    

     

j) Las  demás que Ie sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.    

     

División  de Evaluación social de proyectos    

     

Artículo  8º Son funciones de la División de Evaluación Social de Proyectos:    

     

a)  Elaborar implementar y controlar los estudios relacionados con el impacto  social que origine el desarrollo de los diferentes proyectos de la Corporación;    

     

b)  Elaborar; controlar los planes de desarrollo para las comunidades afectadas por  la construcción de nuevos proyectos que la Corporación ejecute dentro del plan  de expansión del sector eléctrico;    

     

c)  Tramitar de acuerdo con lo dispuesto en la legislación vigente los permisos  necesarios para la ejecución de las obras mediante el desarrollo de los  proyectos;    

     

d)  Gestionar ante otras entidades tanto del sector público como privado la  ejecución de actividades en el área de influencia de los proyecto de CORELCA;    

     

e)  diseñar formas de participación de las comunidades en los proyectos y  estrategias de desarrollo para aquellas que reciban influencia directa de los  proyectos:    

     

f)Asesorar  la División de Bienes para la compra de predios y mejoras y cuando sea  necesario ejecutar las actividades de relocalización correspondientes;    

     

g)  Organizar foros. seminarios Y otras formas de divulgación con el fin de dar a  conocer las incidencias de los diferente proyectos ejecutados por la Corporación;    

     

h) Las  demás que le sean asignadas y corresponda a la naturaleza de la dependencia.    

     

División  de Planeación Económica.    

     

Artículo  9° Son funciones de la División de Planeación económica    

     

a)  Coordinar la elaboración de los estudios económicos requeridos por las  entidades de crédito nacionales e internacionales para la evaluación de las  solicitudes de créditos y factibilidades económica de los proyectos de la  Corporación    

     

b)  Orientar la elaboración de proyectos relacionados con nuevas fuentes de financiamiento  e incremento de los recursos de la entidad;    

     

c)  Elaborar con las dependencias correspondientes el proyecto de presupuesto anual  de la Corporación    

     

d)  Coordinar las acciones para el eficiente funcionamiento del sistema de  información y estadística que requiera la Corporación;    

     

e)  Coordinar y controlar la realización de estudios socioeconómicos que se  realicen en cumplimiento de los programas y proyectos de la entidad;    

     

f) Las  demás que le sean asignadas y correspodan a la naturaleza de la dependencia.    

     

Sección  de Análisis Económico.    

     

Artículo  10 Son funciones de la Sección de Análisis Económico:    

     

a)  Elaborar los estudios económicos y financieros requeridos por las entidades de  crédito nacional e internacional, para la evaluación de las solicitudes de  crédito formuladas por la Corporación    

     

b)  Coordinar y controlar la realización de las proyecciones financieras de las  electrificadoras de la Costa Atlántica, con el fin de elaborar el consolidado  del sistema CORELCA para efectos de evaluar la situación financiera del sector  eléctrico nacional, en coordinación con Interconexión Eléctrica S. A. (ISA);    

     

c)  Participar en la elaboración de proyectos relacionados con nuevas fuentes de  financiación e incrementos de los recursos de la empresa;    

     

d)  Elaborar estudios de factibilidad económica para la puesta en marcha de nuevos  proyectos, y recomendar su inclusión en la programación general de la entidad    

     

e)  Evaluar las incidencias de tipo económico de los diferentes planes y programas  del sector eléctrico en general y en particular los de la Corporación;    

     

f )  Realizar los estudios y análisis económicos que tiendan a la adecuada  prestación de los servicios propios de la Corporación    

     

g)  Elaborar los estudios correspondientes para el establecimiento de tarifas de  venta de energía de CORELCA y electrificadoras subsidiarias;    

     

h) En  coordinación con la Subdirección financiera, elaborar el presupuesto anual de  inversiones de la Corporación    

     

i)  Rendir informes a la División de Planeación Económica y a la Subdirección  correspondiente;    

     

j) Las  demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.    

     

Sección  de Estadística.    

     

Artículo  11. Son funciones de la Sección Estadística:    

     

a)  Recopilar, procesar y suministrar la información estadística del Sistema  Interconectado de CORELCA, en coordinación con las demás dependencias de la  entidad;    

     

b)  Codificar la información histórica, técnica;, administrativa, socioeconómica y  financiera del sector eléctrico con el fin de mantener un archivo organizado de  datos que permita su rápida consulta y utilización    

     

c)  Coordinar con las Divisiones de Organización y Métodos y de Sistemas, el  procesamiento automáticos de la información estadística que permita su  análisis:    

     

d)  Efectuar el análisis de las cifras consolidadas para elaborar y actualizar los  informes estadísticos anuales del sector eléctrico a nivel regional y nacional;    

     

e)  Cooperar con las demás dependencias de la Corporación y otras entidades  nacionales o extranjeras en trabajos e intercambios de información estadística;    

     

f)  Prestar asesoría estadística a las Electrificadoras Subsidiarias y demás  dependencias de CORELCA;    

     

g)  Realizar en coordinación con la Subdirección de Electrificadoras Subsidiarias,  visitas de control y evaluación a los programas de información establecidos en  las Electrificados;    

     

h )  Elaborar los informes estadísticos que permitan una clara visión de la gestión  de CORLEA y sus Electrificadoras Subsidiarias;    

     

i) Las  demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.    

     

División  de Planeación Técnica.    

     

Artículo  12. Son funciones de la División de Planeación Técnica:    

     

a)  Dirigir y controlar la elaboración de planes para el ensanche de la capacidad  de generación y transmisión del sistema de acuerdo con las necesidades de la  región;    

     

b)  Identificar los proyectos de generación y transmisión a desarrollarse y las  prioridades para su ejecución con el fin de determinar su prefactibilidad;    

     

c)  Estudiar las diferentes alternativas en los planes de electrificación y  coordinar con la División de Ingeniería los estudios de factibilidad y  prediseño con el objeto de determinar conjuntamente la alternativa óptima    

     

d)  Realizar todas aquellas actividades necesarias dentro de la primera etapa del  desarrollo de los proyectos que se define como la etapa de planeación que  comprende el análisis de sistemas, la identificación de los proyectos y  definición de la alternativa óptima;    

     

e)  Presentar informes a la Subdirección de planeación sobre el desarrollo de las  actividades de la dependencia;    

     

f)  Coordinar las actividades de la dependencia con la División de Planeación  Económica    

     

g) Las  demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.    

     

Sección  de Análisis de Sistemas Eléctricos.    

     

Artículo  13. Son funciones de la Sección de Análisis de Sistemas Eléctricos:    

     

a)  Realizar estudios analíticos y técnicos con el objeto de identificar los  proyectos de transmisión y transformación de acuerdo con las necesidades de la  región;    

     

b)  Coordinar con las diferentes dependencias de CORELCA que se requieran, el  desarrollo de los estudios de prefactibilidad, factibilidad y diseño que  constituyan la primera etapa de los proyectos de expansión del Sistema de  Potencia    

     

c)  Adelantar los análisis de flujos de carga, corto circuito y estabilidad del  Sistema eléctrico de CORELCA para la planeación de nuevos proyectos de  expansión y modificaciones dentro del Sistema    

     

d) Las  demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.    

     

Sección  de Planeación Energética,    

     

Artículo  14. Son funciones de la Sección de Planeación Energética:    

     

a)  Analizar las expansiones requeridas en generación del Sistema de CORELCA  enmarcada en el Contexto Nacional;    

     

b)  Coordinar con la Sección de Análisis de Sistemas Eléctricos y con la División  de Ingeniería los estudios de factibilidad de los proyectos de generación ,y  licitaciones de los mismos    

     

c)  Coordinar con la División de Centro de Control planeamiento operativo del  Sistema de CORELCA    

     

d) Las  demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia    

     

Subdirección  Administrativa.    

     

Artículo  15. Son funciones de la Subdirección Administrativa:    

     

a)  Asistir a la Dirección General en la determinación de objetivos, estrategias,  políticas y metas relacionadas con la administración general de la Corporación    

     

b)  Planear, dirigir y coordinar las actividades de orden administrativo para el  correcto funcionamiento de la entidad    

     

c)  Planear, coordinar y controlar la adquisición conservación, distribución y  mantenimiento de los materiales, equipos y demás bienes necesarios para el  desarrollo de las funciones de la Corporación ;    

     

d)  Estudiar y proponer política y programas de administración de personal con el  fin de lograr una mayor eficiencia en las labores institucionales y el  desarrollo y seguridad individual de los empleados de la entidad, de  conformidad con las disposiciones que regulan la materia;    

     

e)  Planear, coordinar y controlar las actividades de procesamiento de datos  conducentes a satisfacer los requerimientos de información de toda la  organización;    

     

f)  Planear, coordinar y controlar los estudios de organización y métodos y  procedimientos administrativos con el propósito de lograr un mejor  aprovechamiento de los diferentes recursos de la Corporación;    

     

g)  Asegurar la adecuada coordinación con las demás dependencias de la corporación  en todo lo correspondiente a las funciones propias de la Subdirección  Administrativa    

     

h)  Coordinar y controlar las actividades de las dependencias que conforman la  Subdirección;    

     

i) Las  demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.    

     

División  Comercial.    

     

Artículo  16. Son funciones de la División Comercial:    

     

a)  Planear, dirigir, coordinar y controlar la adquisición aprovisionamiento y  aprovechamiento de los materiales, equipos y demás bienes necesarios para el  adecuado funcionamiento de la Corporación;    

     

b)  Adquirir los materiales. equipos y demás bienes que requiera la Corporación  procurando obtener las condiciones de compra más convenientes para la entidad;    

     

c) Velar  que se cumplan las normas y procedimientos relacionados con las actividades de  compras nacionales e importaciones de los equipos, elementos y demás bienes  necesarios para el desarrollo de las actividades de la Corporación;    

     

d)  Coordinar y controlar las actividades de las secciones Que conforman la  División;    

     

e)  Presentar a la Subdirección Administrativa informes sobre el desarrollo de las  actividades de la División y los especiales que le sean solicitados;    

     

f) Las  demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.    

     

Sección  de Importaciones.    

     

Articulo  17. Son funciones de la Sección de Importaciones:    

     

a)  Realizar y controlar las importaciones que requiera la Corporación y adelantar  los trámites necesarios para el pago de las mismas, de acuerdo con las normas y  procedimientos vigentes    

     

b)  Elaborar registros sobre el estado de los pedidos de importación, detallando  las nacionalizaciones efectuadas, licencias solicitadas, saldos de licencias y  demás información complementaria que se requiera;    

     

c)  Coordinar las actividades propias de la dependencia con las de la División  Financiera y la Sección de Almacenes primordialmente en lo referente a la  apertura oportuna de las cartas de crédito y el recibo de los bienes o  materiales;    

     

d)  Tramitar las exenciones de gravámenes arancelarios ante la Dirección General de  Aduanas, solicitando concepto al departamento Nacional de Planeación cuando las  mercancías sean bienes de capital;    

     

e)  Solicitar a la Dirección General de Impuestos Nacionales las exenciones de  impuestos sobre las ventas, de acuerdo con las disposiciones sobre la materia    

     

f)  Mantener comunicación con los agentes de aduana para lograr la nacionalización  y retiro de la mercancía;    

     

g)  Llevar a cabo la revisión y registro de las cuentas de las compañías de seguros  por concepto de prima de seguros de transporte marítimo y en el interior;  tramitar reclamaciones ante las aseguradoras por concepto de indemnización, en  coordinación con la dependencia encargada del manejo de las mismas;    

     

h)  Coordinar con la dependencia correspondiente las capitalizaciones ante la  Oficina de Cambios del Banco de la República, para las importaciones hechas con  crédito externo    

     

i)  Solicitar prórrogas para las licencias de importación, cuando la mercancía no  haya sido ,despachada y modificaciones a las mismas por petición de las  dependencias técnicas de la Entidad y de los proveedores;    

     

j) Las  demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia,    

     

Sección  Compras Nacionales    

     

Artículo  18. Son funciones de la Sección de Compras Nacionales:    

     

a)  Realizar los trámites necesarios para la compra de bienes nacionales de acuerdo  con las normas y procedimientos vigentes;    

     

b)  Preparar el programa anual de compras en coordinación con las demás  dependencias;    

     

c) Velar  por la actualización del registro de proveedores nacionales en lo referente a  inscripción, clasificación y calificación de los mismos    

     

d)  Establecer controles mensuales de las cuantías compradas a cada proveedor y  elaborar informes estadísticos de las adquisiciones;    

     

e)  Efectuar las cotizaciones y elaborar los cuadros comparativos de precios y  especificaciones de los elementos y materiales ofrecidos por los proveedores;    

     

f) Presentar  cuentas e informes pertinentes sobre las actividades de la sección    

     

g)  Realizar aquellas funciones que le correspondan en relación con la junta de  licitaciones y adquisiciones;    

     

h) Las  demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.    

     

División  de Materiales y Servicios.    

     

Articulo  19. Son funciones de la División de materiales y servicios;    

     

a)  Planear, dirigir, coordinar y controlar el almacenamiento, conservación y  despacho de los materiales equipos y demás bienes necesarios para el adecuado  funcionamiento de la corporación    

     

b)  Planear, coordinar y controlar el suministro oportuno de los servicios  solicitados por las diferentes dependencias de la Corporación como también la  protección de las propiedades, bienes y materiales de la Corporación contra  daños físicos, robos etc;    

     

c)  Establecer política de codificación de materiales, obsolescencia de los mismos,  inventarios físicos, para los diferentes almacenes de la Corporación;    

     

d) Velar  por el mantenimiento de un nivel aceptable de los costos de almacenamiento y  manejo de inventarios, evitando los costos de insuficiencia en las operaciones  de la Corporación;    

     

e)  Coordinar y controlar las actividades de las Secciones que conforman la  división;    

     

f)  Presentar a la Subdirección administrativa informes sobre el desarrollo de las  actividades de la División y los especiales que le sean solicitados;    

     

g) Las  demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.    

     

Sección  Almacenes.    

     

Artículo  20 Son funciones de la sección de Almacenes:    

     

a)  Registrar custodiar los bienes y elementos que ingresen a los almacenes de la  Corporación;    

     

b)  Coordinar y controlar las actividades de almacenaje de materiales, equipos y  elementos adquiridos, de acuerdo con las normas, procedimientos y técnicas  existentes al respecto;    

     

c)  Proveer a las dependencias de la Corporación de los elementos necesarios para  el normal desarrollo de las actividades, de conformidad con planes establecidos  previamente;    

     

d)  Determinar el origen de los materiales, elementos y equipos así como el destino  de los mismos y efectuar los tramites correspondientes para que los suministros  se lleven acabo oportunamente;    

     

e)  Mantener y suministrar información actualizada sobre existencias, movimientos y  manejo de los almacenes y rendir las cuentas correspondientes de conformidad  legales vigentes sobre la materia    

     

f)  Coordinar las actividades de los diferentes de las plantas generadoras de la  Corporación con el fin de lograr la integración en la disponibilidad de los  materiales y poder desarrollar las transferencias requeridas;    

     

g)  Responder por el correcto almacenaje, mantenimiento, seguridad e integridad de  los elementos en depósito;    

     

h) Las  demás que le sean asignada y correspondan a la naturaleza de la dependencia.    

     

Sección  de Control de Inventarios.    

     

Artículo  21. Son funciones de la Sección de Control de Inventarios:    

     

a)  Detectar la necesidad de reposición de los inventarios y emitir la solicitud de  cotización correspondiente;    

     

b)  Establecer sistemas para minimizar los costos de sostenimiento y manejo de  inventarios;    

     

c)  Efectuar estudios tendientes a determinar las obsolescencias de equipos y  elementos, hacer la evaluación de los mismos y tramitar las solicitudes de baja  correspondiente;    

     

d) Elaborar  y mantener actualizados los inventarios de los bienes y elementos que se  encuentran en los almacenes y demás instalaciones de la Corporación y coordinar  esta actividad con la División de Sistemas;    

     

e) Velar  porque cada ítem tenga el punto mínimo que deba mantener en existencia y el  máximo, de acuerdo con los costos de almacenamiento y de insuficiencia y un  inventario de seguridad que garantice una existencia permanente;    

     

f)  Establecer una adecuada codificación de materiales y estructurar el catálogo de  materiales de la Corporación;    

     

g) Las  demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia    

     

Sección  Servicios Generales    

     

Artículo  22. Son funciones de la Sección de Servicios Generales:    

     

a)  Organizar y atender la prestación oportuna de los servicios generales a cargo  de la Sección, para el normal funcionamiento de la dependencia de la  Corporación;    

     

b)  Realizar las actividades necesarias para la prestación eficiente de los  servicios relacionados con el aseo, vigilancia, transporte reparación y  mantenimiento de vehículos, instalaciones, instalaciones , muebles y equipo de  oficina;    

     

c) Velar  por el correcto funcionamiento y suministro de los servicios de energía, agua y  teléfono en las instalaciones de la entidad;    

     

d)  Atender la adecuada prestación de los servicios de recepción y conmutador, en  cada una de las Sedes de la Corporación;    

     

e) Las  demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.    

     

División  de Relaciones Industriales    

     

Artículo  23 Son funciones de la División Relaciones Industriales:    

     

a)  Programar y controlar las actividades relacionadas con las Secciones de  Administración de Personal, Desarrollo de Personal y Seguridad Industrial;    

     

b)  Dirigir y Supervisar los procesos de reclutamiento, selección, incorporación,  capacitación y promoción del personal de la Entidad y proponer política y  programas sobre el particular;    

     

c)  Coordinar y controlar la eficiente prestación de los servicios médicos y de  bienestar social para el personal de la corporación y sus familias;    

     

d) Velar  por el cumplimiento y aplicación del reglamento interno de trabajo    

     

e)  Coordinar con la Oficina Jurídica el tramite de los negocios que se susciten  ante lo Contencioso Administrativo y con el Ministerio de Trabajo y Seguridad,  Social en materia de personal;    

     

f) Velar  por el cumplimiento de los diferentes programas que en materia de seguridad  industrial e higiene ocupacional adelante la Corporación;    

     

g)  Rendir informes a las Directivas del Organismo sobre las actividades de la  dependencia;    

     

h) Las  demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.    

     

Sección  de Administración de Personal.    

     

Artículo  24. Son funciones de la Sección de Administración de personal    

     

a)  Desarrollar las actividades relativas a la administración de personal de la  Corporación y vigilar el cumplimiento de las normas legales vigentes sobre la  materia;    

     

b)  Llevar a cabo los proceso de reclutamiento, selección e incorporación del  personal de acuerdo con las normas y procedimientos establecidos;    

     

c)  Llevar los registros, el control y las estadísticas del personal al servicio de  la Entidad y mantenerlos debidamente actualizados;    

     

d)  Tramitar oportunamente las novedades de personal y remitir a la División de  Sistemas, la información correspondiente para la elaboración de las nóminas;    

     

e)  Liquidar y tramitar conforme a las disposiciones legales, las prestaciones de  los funcionarios de la Entidad;    

     

f)  Verificar el cumplimiento de los requisitos exigidos para el ingreso de funcionarios  al servicio de la Entidad    

     

g)  Elaborar los proyectos de providencias sobre nombramientos, ascensos,  traslados, retiros y demás situaciones administrativas del personal al servicio  del Organismo;    

     

h)  Expedir constancia de los antecedentes de personal y demás certificaciones del  caso, de acuerdo con la respectiva reglamentación;    

     

i)  Realizar aquellas actividades que sobre la materia le corresponda con otros  organismos del Estado, como el Fondo Nacional de, Ahorro, Departamento  Administrativa del Servicio Civil y Servicio Nacional de Aprendizaje    

     

j)  Rendir informes a la División ,de Relaciones Industriales sobre las actividades  de la dependencia;    

     

k)  Vigilar el cumplimiento de los reglamentos del régimen interno de CORELCA;    

     

I) Las  demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.    

     

Sección  de Desarrollo de Personal.    

     

Artículo  25. Son funciones de la Sección de Desarrollo de Personal:    

     

a)  Efectuar estudios tendientes a la investigación de necesidades de capacitación  y adiestramiento en las diferentes áreas del Organismo;    

     

b)  Establecer y realizar programas de capacitación, y adiestramiento para el  personal de la Entidad, de acuerdo con los requerimientos y las disposiciones  sobre la materia    

     

c)  Establecer y mantener contacto con los diferentes organismos públicos y  privados que impartan capacitación;    

     

d)  Elaborar programas de inducción para el personal que se vincule a la  Corporación y realizar actividades tendientes a mejorar la moral y las  relaciones entre los diferentes grupos de trabajo;    

     

e)  Adelantar investigaciones y censos para determinar las necesidades en materia  de vivienda, salud, educación, cultura, recreación, protección y ayuda familiar  para los funcionarios de la Entidad;    

     

f)  Desarrollar programas de Bienestar Social y Recreación para los funcionarios de  la Corporación y sus familias;    

     

g) Velar  por la adecuada administración del casino, para la alimentación de los  empleados de CORELCA, de acuerdo con los requisitos convenidos contractualmente  por las partes    

     

h)  Coordinar con centros hospitalarios, laboratorios clínicos y médicos  especialistas, los servicios que requieran los funcionarios de la Corporación y  sus familias de acuerdo con las normas establecidas;    

     

i)  Organizar y llevar el archivo de historias clínicas de los beneficiarios del  servicio médico del Organismo, con las correspondientes estadísticas y costos  de utilización del servicio y producir los análisis respectivos;    

     

j)  Efectuar campañas de medicina preventiva y realizar conferencias o cursos en  orden al mejoramiento de la salud de los empleados y sus familias;    

     

k)  Efectuar evaluaciones periódicas sobre los resultados de los programas  realizados por la dependencia;    

     

I)  Rendir informes a la División de Relaciones Industriales sobre el  funcionamiento de la dependencia;    

     

m) Las  demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia;    

     

Sección  de Seguridad Industrial.    

     

Articulo  26. Son funciones de la Sección de Seguridad Industrial:      ‘    

     

a)  Desarrollar los programas de seguridad industrial y prevención de accidentes  que requiera la Corporación;    

     

b)  Efectuar controles periódicos de supervisión para verificar la observancia de  las normas de seguridad industrial y proponer medidas correctivas y sanciones  por incumplimiento cuando haya lugar, a fin de prevenir riesgos y accidentes;    

     

c) Velar  porque las dotaciones de implementos y dispositivos de seguridad industrial se  efectúen oportunamente;    

     

d)  Mantener información sobre los accidentes ocurridos, en la Entidad, efectuar  los análisis y proponer las medidas correctivas;    

     

e)  Llevar estadísticas que evalúen la seguridad industrial en la Corporación y  presentar informes periódicos;    

     

f)  Preparar y desarrollar, en coordinación con la Sección de Desarrollo de Personal  los cursos teóricos y prácticos de adiestramiento en seguridad industrial;    

     

g)  Prestar oportunamente los servicios necesarios en caso de accidentes de  trabajo;    

     

h)  Adelantar programas de divulgación relacionados con las normas de seguridad  industrial para todo el personal al servicio de la Institución;    

     

i)  Elaborar con la División de Organización y Métodos, los manuales de Seguridad  Industrial de la Corporación y mantenerlos actualizados;    

     

j) Las  demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.    

     

División  de Sistemas.    

     

Artículo  27. Son funciones de la División de Sistemas    

     

a)  Planear, coordinar y controlar todas las actividades relacionadas con análisis,  programación y procesamiento de la información que requiera la Entidad para su  normal funcionamiento;    

     

b)  Diseñar, organizar implantar y mantener sistemas de procesamiento de datos para  fines administrativos y técnicos;    

     

c)  Buscar la integración de los sistemas de información del organismo y sus  subsidiarias;    

     

d) Prestar  asesoría a las electrificadoras subsidiarias en materia de procesamiento de  datos, entrenamiento de personal y adquisición de equipo;    

     

e )  Establecer los sistemas de control para las entradas y salidas de información,  protección de registros y archivos de Corelca    

     

f)  Evaluar los nuevos desarrollos técnicos en la materia, con el propósito de  incorporarlos a los planes de la Corporación    

     

g)  Diseñar sistemas de información que suministren la materia prima de todos los  niveles administrativos de la entidad para la toma de decisiones;    

     

h)  Planear y coordinar el entrenamiento y actualización del personal del área a  fin de que las aplicaciones que se implementen se adapten a las últimas  técnicas sobre procesamiento de datos y análisis de información;    

     

i) Definir  el alcance de los nuevos desarrollos dentro del contexto de ‘ sistemas de  información integrado para Corelca y sus electrificadoras:    

     

j) Las  demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.    

     

Sección  de Análisis y Programación.    

     

Artículo  28. Son funciones de la Sección de Análisis y Programación:    

     

a)  Desarrollar proyectos de sistemas que incluyen análisis, diseño, programación,  documentación e implementación;    

     

b)  Efectuar estudios de nuevas, técnicas encaminadas a mejorar y optimizar los  sistemas existentes, de acuerdo con las necesidades de los usuarios y los  nuevos requerimientos de información    

     

c)  Adelantar estudios de paquetes generalizados de programación;    

     

d)  Implementar los modelos y fomentar su aplicación y difusión;    

     

e)  Verificar que el trabajo y la documentación de los nuevos desarrollos y las  modificaciones a las aplicaciones existentes se cumplan de acuerdo con los  estándares y normas establecidas    

     

f)  Supervisar la asignación de programas, el control y las pruebas de los mismos;    

     

g)  Llevar el archivo físico de los programas;    

     

h) Las  demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.    

     

Sección  de Producción.    

     

Artículo  29. Son funciones de la Sección de Producción:    

     

a)  Organizar y llevar a cabo la transcripción, verificación y clasificación de la  información a procesarse;    

     

b) Velar  por el correcto flujo de información, clasificando los programas según la  prioridad de tramitación, para someterlos al proceso de computación    

     

c)  Organizar y supervisar la revisión de documentos fuente y el análisis de  inconsistencias de los diferentes procesamientos;    

     

d)  Coordinar con la Sección de Centro de Información y los usuarios, la  elaboración y desarrollo de los planes de trabajo de la Sección;    

     

e)  Reportar las fallas técnicas detectadas en los informes producidos por las  aplicaciones y participar en los análisis de los procedimientos de recuperación    

     

f)  Organizar, coordinar y controlar las operaciones del equipo de procesamiento de  datos de la Corporación    

     

g)  Establecer y hacer cumplir métodos y procedimientos de operación, seguridad y  control en las instalaciones del computador tanto a nivel local como remoto;    

     

h)  Capacitar y asesorar a los usuarios en el reporte y análisis de información;    

     

i)  Preparar y mantener manuales actualizados de operación y de los usuarios para  cada aplicación;    

     

j)  Establecer las normas de seguridad industrial necesaria para la operación y el  mantenimiento de los equipos del centro de cómputos;    

     

k) Velar  por la adecuada utilización de los equipos de computación y solicitar cuando  sea necesario, el oportuno mantenimiento y reparación de los mismos;    

     

l) Las  demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.    

     

Sección  Centro de Información.    

     

Artículo  30. Son funciones de la Sección Centro de Información:    

     

a)  Planear, dirigir y controlar el desarrollo de sistemas que tiendan a mejorar la  eficiencia de la operación del equipo de procesamiento electrónico de datos;    

     

b)  Entrenar a los diferentes usuarios de la Corporación en el manejo de las  facilidades disponibles en la División, tales. como terminales de computadores,  microcomputador y sistemas programados;    

     

c)  Coordinar con la División de Relaciones Industriales la capacitación de los  funcionarios de Corelca y de las electrificadoras subsidiarias, en el área de  procesamiento de datos    

     

d)  Coordinar con la Sección de Análisis y Programación la asignación y  distribución de los recursos de sistemas y el montaje de los procedimientos en  el desarrollo de nuevas aplicaciones    

     

e)  Planear los recursos hardware y software necesarios para satisfacer las  necesidades de los usuarios interno, y externos de la División;    

     

f)  Distribuir de una manera adecuada los recursos de hardware que estén destinados  a los usuarios externos de la Corporación;    

     

g)  Establecer los estándares necesarios para garantizar el control de los flujos  de operación y la Integridad de la información a través del procesamiento de  datos;    

     

h) Las  demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de su dependencia,    

     

División  de Organización y Métodos.    

     

Artículo  31. Son funciones de la División de Organización y Métodos:    

     

a)  Elaborar los estudios de organización, métodos y procedimientos conjuntamente  con las dependencias responsables y colaborar en su implantación;    

     

b)  Elaborar los manuales de funciones a nivel de dependencia y de cargo, velar por  su aplicación y mantenerlos actualizados    

     

c)  Preparar los diferentes manuales de procedimientos que requiere la entidad para  la racional gestión de sus actividades;    

     

d)  Elaborar planes de organización de oficinas para todas las dependencias,  tendientes a darles carácter funcional y garantizar el máximo aprovechamiento  de las áreas;    

     

e)  Coordinar con la División de Sistemas el desarrollo e implementación de  sistemas y procedimientos que garanticen la óptima utilización de los recursos;    

     

f)  Analizar, diseñar y codificar las formas de papelería que se tramiten en la  entidad y controlar su correcta aplicación;    

     

g)  Prestar apoyo a las diferentes dependencias de la entidad y a las  electrificadoras subsidiarias en los aspectos relacionados con la  racionalización y mejoramiento administrativo;    

     

h) Las  demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia,    

     

Subdirección  Financiera.    

     

Artículo  32. Son funciones de la Subdirección Financiera:    

     

a)  Colaborar con la Dirección en la formulación de políticas relacionadas con la  gestión financiera de la Corporación;    

     

b)  Dirigir, coordinar y evaluar las actividades de las dependencias que conforman  la Subdirección;    

     

c)  Dirigir los programas en materia de contabilidad, presupuesto, tesorería y  crédito adoptados por la entidad    

     

d)  Orientar la elaboración de planes contables de acuerdo con las necesidades  operacionales del organismo y sus filiales, de conformidad con las  disposiciones legales vigentes    

     

e)  Supervisar los estados financieros de la entidad y formular las recomendaciones  pertinentes;    

     

f)  Orientar la elaboración de los estudios dirigidos a una mejor organización  financiera;    

     

g)  Efectuar el control financiero de los créditos y contractos del organismo    

     

h)  Presentar periódicamente a la Dirección General, informes financieros y los  especiales que le sean solicitados    

     

i) Las  demás que le sean asignadas y correspondan ala naturaleza de la dependencia.    

     

División  Financiera.    

     

Artículo  33. Son funciones de la División Financiera:    

     

a) Velar  por el adecuado manejo de los recursos y documentos negociables de la  Corporación;    

     

b)  Dirigir y coordinar las actividades relacionadas con el control de la deuda  interna y externa, tramitación de empréstitos, cartas de crédito y seguros;    

     

c)  Revisar los informes de análisis financiero relacionados con el movimiento de  fondos de la entidad    

     

d) Colaborar  con la Subdirección de Planeación en la elaboración del proyecto de presupuesto  anual de la institución;    

     

e)  Coordinar y analizar la información sobre el recaudo de sobretasa por consumo  de energía de las electrificadoras de la Costa Atlántica así como la  facturación por venta de energía en bloque a esas entidades y a proyectos  específicos regionales;    

     

f)  Rendir informes a la Subdirección financiera sobre las actividades de la  dependencia;    

     

g) Las  demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.    

     

Sección  de Tesorería.    

     

Artículo  34. Son funciones de la Sección de Tesorería:    

     

a)  Percibir los ingresos de la Corporación y efectuar el pago de los gastos y  servicios de la misma, previo cumplimiento de las normas y procedimientos  establecidos para tal efecto;    

     

b)  Manejar y responder por la adecuada custodia de los valores, documento  negociable y de garantía de la Corporación entregados bajo su responsabilidad;    

     

c)  Manejar las cuentas bancarias conforme a lo establecido por la División  Financiera y presentar el estado diario de caja y bancos;    

     

d)  Preparar y presentar a la Auditoría Fiscal los informes necesarios, de acuerdo  con las normas emanadas de la Contraloría General de la República;    

     

e) Velar  por el cumplimiento de los mecanismos de control interno establecidos y  suministrar a la Oficina de Auditoría Operacional la información necesaria  cuando así se requiere;    

     

f)  Elaborar mensualmente informe sobre la situación y movimiento de fondos y  presentarlos a la División Financiera    

     

g)  Desarrollar las actividades relacionadas con la liquidación y control de pago a  terceros:    

     

h)  Coordinar sus actividades con las dependencias de la Subdirección Financiera;    

     

i) La  demás que le sean asignada y correspondan a la naturaleza de la dependencias.    

     

Sección  de Control de Créditos    

     

Artículo  35. Son funciones de la Sección de Control de créditos:    

     

a)  Elaborar las solicitudes de crédito y externo, y atender el servicio de la  deuda de Corelca;    

     

b)  Controlar el movimiento de empréstito internos y externo llevar el registro  mensual del monto de la deuda y rendir los informes periódicos  correspondientes;    

     

c)  EIaborar las licencias de cambio de deuda externa con la debida anticipación a  cada vencimiento;    

     

d)  Coordinar la sistematización de las operaciones de créditos con la División de  Sistemas;    

     

e)  Elaborar las solicitudes de desembolso de los créditos negociados por la  entidad;    

f)  Manejar y controlar todas las pólizas de seguro de la Corporación;    

     

g)  Tramitar las solicitudes de apertura, renovación, modificación o cancelación de  pólizas de seguros;    

     

h)  Elaborar y presentar ante las compañías aseguradoras actas de reclamación por  siniestros;    

     

i) Velar  porque los activos asegurables de la Corporación estén debidamente amparados;    

     

Sección  De Análisis Financiero    

     

     

Artículo  36 Son funciones de la sección de Análisis financiero:    

     

a)  Llevar a cabo el análisis financiero de los proyectos que adelante Corelca, con  base en la información suministrada por las áreas contables y presupuestal;    

     

b)  Colaborar y coordinar con la Sección de Contabilidad en la preparación de los  diferentes informes;    

     

c)  Analizar permanentemente las cifras que componen los diferentes rubros del  balance y demás estados financieros de la entidad, efectuar correcciones y  traspaso comunicando los datos y observaciones a la sección de contabilidad y  demás dependencias interesadas;    

     

d)  efectuar estudios e investigaciones de carácter financiero y presentar los  informes correspondientes ;    

     

e )  Llevar a cabo el control financiero de los diferentes programas de la entidad,  en coordinación con las demás dependencias de la Subdirección;    

     

f )  Asesorar a la División y Subdirección respectiva en los análisis financieros de  los balances de las electrificadoras subsidiarias;    

     

g)  Asesorar a las empresas subsidiarias en los estudios financieros que éstas  realicen;    

     

h) Las  demás que le sean asignadas y correspondan ala naturaleza de la dependencia;    

     

División  de Presupuesto y Contabilidad.    

     

Artículo  37. Son funciones de la División de Presupuesto y Contabilidad:    

     

a)  Organizar y mantener actualizado planes contables de acuerdo con las  necesidades de la entidad de conformidad con las disposiciones sobre la  materia;    

     

b)  Rendir informe sobre la ejecución y control de presupuesto a las diferentes  entidades oficiales tales como Ministerio de Hacienda y Crédito Público ,  Ministerio de Minas y Energía, Departamento Nacional de Planeación y  Contraloría de la República;    

     

c)  Coordinar la elaboración de los estados financieros del organismo y demás  informes sobre la materia para ser presentados a las Directivas y a la  Contraloría General de la República según el caso    

     

d)  Suministrar oportunamente la información financiera necesaria para gestionar la  obtención de prestamos a nivel nacional e internacional;    

     

e)  Coordinar el proceso de facturación correspondiente a servicios prestados o  recibidos por la Corporación de las Electrificadoras Subsidiarias y Plantas  Industriales en lo que se refiere a venta, de energía, sobre tasa y  procesamiento de datos, con el objeto de mantener un control permanente sobre  recaudo de cuentas o compromisos de pago;    

     

f)  Coordinar y controlar el adecuado manejo de los diferentes seguros contratados  por la Corporación y efectuar negociaciones con las compañías de seguro con el  fin de obtener las mejores coberturas para la empresa;    

     

g)  Coordinar con la División de Sistemas la implantación de programas tendientes a  sistematizar las diferentes operaciones contables y prestable de la  Corporación;    

     

h)  Rendir informes periódicos a la Subdirección Financiera sobre el funcionamiento  de la dependencia;    

     

i)  Dirigir, coordinar y controlar las actividades de las Secciones de Presupuesto,  Contabilidad y Facturación de Energía y Seguros;    

     

j) Las  demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.    

     

Sección  de Presupuesto.    

     

Artículo  38 Son funciones de la Sección de Presupuesto:    

     

a)  Ejecutar, vigilar y controlar el presupuesto general de la entidad y llevar el  registro debidamente actualizado;    

     

b) Elaborar  los proyectos de acuerdos de gastos y obligaciones;    

     

c)  Constituir las reservas presupuestales necesarias para respaldar los  compromisos que adquiera la entidad.    

     

d)  Elaborar y tramitar los traslados presupuestales permitidos dentro de los acuerdos  del Consejo Directivo y las demás disposiciones legales;    

     

e)  Colaborar con la Subdirección de Planeación en la elaboración del proyecto de  presupuesto anual de la entidad;    

     

f)  Consolidar la información que sobre ejecución presupuestal se lleve a cabo en  las dependencias regionales ;    

     

g )  Elaborar la información sobre actividades de la entidad que puedan afectar el  presupuesto de gastos y de inversión;    

     

h)  Preparar los informes que en materia presupuestal requieran la División de  Prepuesto y Contabilidad y la Subdirección Financiera;    

     

i) Las  demás que le Sean Asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia;    

     

Sección  de Contabilidad.    

     

Artículo  39 Son funciones de la sección de contabilidad :    

     

a)  Llevar y mantener al día la contabilidad general de la entidad de acuerdo con  las disposiciones legales fiscales y administrativas vigentes;    

     

b )  Producir los estados financieros de la entidad para ser presentado a la  División de presupuesto y Contabilidad;    

     

c) Velar  por la seguridad de los Documentos que respalden los movimientos contables de  la entidad;    

     

d)  Elaborar mensualmente las conciliaciones bancarias de las cuentas corriente del  organismo;    

     

e)  Sugerir los traspasos contables a que hubiere lugar, preparando los  comprobantes contables de acuerdo con las normas y procedimientos establecidos  en el manual de contabilidad;    

     

f )  Establecer un sistema de costos con el propósito de determinar con exactitud el  valor de los servicios prestados y formular recomendaciones necesarias para el  establecimiento de tarifas reales;    

     

g )  Aplicar y perfeccionar los sistemas de registros mecanizados de las operaciones  contables;    

     

h)  Proporcionar la información requerida a efecto de realizar auditoría contable;    

     

i)  Coordinar sus actividades con las demás dependencias de la Subdirección  Financiera;    

     

Las  demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia    

     

Sección  de Facturación de Energía y Seguros.    

     

Artículo  40. Son funciones de la Sección de facturación de Energía y Seguros:    

     

a)  Elaborar la facturación correspondiente por los servicios prestados por la  Corporación en lo que se refiere a la venta de energía, sobre tasa,  procesamiento de datos, con el fin de mantener registros actualizados de las  cuentas por cobrar;    

     

b ) elaborar  las notas débito y crédito relacionadas con los servicios que se reciben de las  electrificadoras subsidiarias y plantas industriales;    

     

c)  Establecer mecanismos de control con el fin de darle cumplimiento a los  compromisos de pago, de acuerdo con lo establecido en las reglamentaciones  vigentes;    

     

d)  Tramitar ante las dependencia del Gobierno Nacional y demás entidades las  cuentas pendientes por concepto de aportes y otros ;    

     

e)  Preparar la información básica para la elaboración de los pliegos de licitaciones  de los seguros de la Corporación y participar en la evaluaciones  correspondientes;    

     

f)  Revisar y tramitar las facturas aprobadas por la compañía aseguradora s de  acuerdo con las pólizas establecidas ;    

     

g)  Tramitar ante la aseguradora los reclamos correspondiente en caso de que  sucedan siniestro que afecten los bienes asegurados por la Corporación;    

     

h)  Elaborar estudios tendientes a definir los coaseguros en la empresa con el fin  de mantener un equilibrio entre los riesgos y amparos correspondientes;    

     

i) Las  demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.    

     

Subdirección  Técnica.    

     

Artículo  41. Son funciones de la Subdirección Técnica:    

     

a)  Asesorar a la Dirección General en las formulación de política relacionadas con  la gestión técnica de la Corporación;    

     

b )  Dirigir, coordinar y evaluar las actividades de las dependencias que conforman  la Subdirección;    

     

c)  Planear, organizar, dirigir coordinar y controlar los programas y proyectos de  carácter técnicos que adelante la Corporación;    

     

d)  Dirigir los estudios de Ingeniería requeridos para la ejecución de los  proyectos de energía eléctrica a cargo del organismo;    

     

e)  Dirigir y supervisar la construcción de obras de la entidad de acuerdo con los  proyectos y las especificaciones correspondientes e informar a la Dirección  General sobre su estado y desarrollo;    

     

f)  Orientar y controlar la elaboración de normas técnicas y especificaciones de  las plantas, equipos y materiales en los proyectos que desarrollen o programen.    

     

g)  Coordinar el seguimiento de los contratos y licitaciones relacionados con los  proyectos a su cargo y mantener informado al Director sobre el desarrollo de  los mismos;    

     

h)  Asistir asesorar a la Subdirección de Electrificadora Subsidiarias en la  solución de problemas técnicos cuando sea necesario;    

     

i) Las  demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia;    

     

División  de Ingeniería.    

     

Artículo  42 Son funciones de la División de Ingeniería:    

     

a)  Desarrollar la segunda etapa de los proyectos, o sea el diseño técnico y la  programación de las actividades para su ejecución;    

     

b)  Preparar los anteproyectos y proyectos de ingeniería directamente o a través de  las firmas constructoras;    

     

c)  Preparar la información básica para la elaboración de pliegos de las  licitaciones asignadas a la División;    

     

d)  Participar en la evaluación de las propuestas presentadas por las firmas  licitantes;    

     

e)  Coordinar con las secciones de la división lo referente a cronogramas, costos  planos y otros a fin de mantener actualizado el desarrollo y control de los  proyectos    

     

f)  Orientar coordinar y controlar las labores de las secciones especializadas en  las distintas clases de proyectos asignados a la División;    

     

g)  Elaborar los informes de la División que tengan como finalidad ilustrar a las  otras dependencias de la Corporación, sobre el desarrollo de los proyectos;    

     

h)  Administrar el registro, clasificación y calificación de los proponentes,  velando porque se mantenga actualizado ;    

     

i)  Efectuar el análisis de la facturación que presenten las firmas consultoras y  emitir concepto sobre las anomalías encontradas;    

     

j)  Coordinar y dirigir las labores de dibujo, afín de optimizar la normal  prestación del servicio a las distintas dependencias de la Corporación;    

     

k) Las  demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.    

     

Sección  de Líneas de Transmisión.    

     

Artículo  43. Son funciones de la sección de líneas de Transmisión:    

     

a)  Elaborar estudios de diseño de proyecto de líneas de Transmisión para  interconectar los diferentes centro de carga existentes o programados del  Sistema Corelca;    

     

b)  Determinar el trazado de la ruta mas conveniente para el tendido de las líneas.  de transmisión teniendo en cuenta factores técnicos y socio-económico y presentar  las recomendaciones correspondiente a la División de Ingeniería;    

     

c)  Presentar a la División de Ingeniería para su selección las diferentes  alternativas en lo relacionado con el tipo y calibre de conductores, clase y  tipo de estructura para las torres y demás características técnicas que  permitan tomar las decisión más ajustadas a las necesidades de Corelca;    

     

d)  Coordinar y controlar los estudios de diseño de líneas  que por su  naturaleza sean contratados con firmas consultoras y rendir los informes  técnicos que permitan a la División de Ingeniería evaluarlos;    

     

e)  Suministrar a la División de Ingeniería todas las normas técnicas y  especificaciones necesarias para que ésta pueda establecer los requisitos que  se exigirá en los pliegos de condiciones de los proyectos de líneas de  transmisión;    

     

f)  Elaborar en coordinación con las dependencias correspondientes los. pliegos de  condiciones para las licitaciones de diseño de las líneas de transmisión,  evaluar las ofertas y presentar las recomendaciones pertinentes;    

     

g)  Elaborar los presupuestos oficiales y cronogramas de los estudios asignados a  firmas consultoras y controlar y visar la facturación;    

     

h)  Participar en las discusiones técnicas de los contratos en coordinación con la  División de Ingeniería;    

     

i)  Mantener información técnica actualizada sobre los equipos materiales y demás  datos complementarios que proporcionen las herramientas necesarias para  realizar los estudios de diseño y hacer las recomendaciones que se requieran en  el área de transmisión de energía eléctrica;    

     

j) Las  demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia;    

     

Sección  de Subestaciones.    

     

Artículo  44. Son funciones de la Sección de Subestaciones:    

     

a)  Reunir datos técnicos, elaborar el diseño específico y en general realizar  estudios sobre proyectos de subestaciones para la transformación de la energía  eléctrica, que sirvan de enlace a las distintas líneas de transmisión,  subtransmisión y Distribución del sistema Corelca;    

     

b) Hacer  recomendaciones a la División para la selección de alternativas en lo  relacionado con el tamaño y tipo de transformadores de potencia, capacidad de  interrupción y niveles de cortocircuito de las diferentes subestaciones y  desarrollar el esquema de protecciones para los equipos, de manera que la  División tenga toda la base técnica y los elementos de juicio necesarios para  la toma de decisiones más adecuada teniendo en cuenta los requerimientos de la  Corporación;    

     

c)  Estudiar y hacer las recomendaciones correspondientes a la División sobre la  selección de los lotes más adecuados para el montaje e instalación de las  Subestaciones, de acuerdo con el trazado de las líneas de transmisión  asociadas;    

     

d)  Coordinar y controlar los estudios de diseño de subestaciones que por su naturaleza  sean contratados con firmas consultoras y rendir los informes técnico que  permitan a la División de Ingeniería evaluarlos;    

     

e)  Suministrar a la División, la información técnica necesaria para la fijación de  las normas técnicas y especificaciones que se deban establecer como requisitos  en los pliegos de cargos de las proyectos de diseño de Subestaciones    

     

f)  Elaborar en coordinación con las dependencias correspondientes los pliegos de  condiciones para las licitaciones de diseño de las subestaciones, evaluar las  ofertas y presentar las recomendaciones pertinentes;    

     

g)  Elaborar los presupuestos oficiales y cronogramas de los estudios asignados a  firmas consultoras, controlar y visar la facturación;    

     

h)  Participar en las discusiones técnicas de los contratos en coordinación con la  División de Ingeniería;    

     

i)  Mantener información actualizada sobre las características y técnicas de los  equipos, materiales y demás datos complementarios que les proporcionen las  herramientas necesarias para realizar los estudios de diseño y hacer las  recomendaciones que se requieran en el área de transformación de energía  eléctrica;    

     

j) Las  demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.    

     

Sección  de Diseño Civil.    

     

Artículo  45. Son funciones de la Sección de Diseño Civil:    

     

a)  Coordinar conjuntamente con la Sección de Líneas de Transmisión la definición  de la ruta y el plantillado de la línea y adelantar el diseño de bases y  cimentaciones correspondientes;    

     

b)  Diseñar las bases y cimentaciones de los equinos de las subestaciones con  fundamento en la información técnica de los equipos que suministre la Sección  de Subestaciones;    

     

c)  Elaborar el diseño de edificaciones inherentes a los distintos proyectos de la  Corporación; diseño de vías, ductos, tuberías, diseño de estructura y otros;    

     

d)  Coordinar y controlar los estudios de diseños de obras civiles que por su  naturaleza sean contratados con firmas consultoras y rendir los informes  técnicos que permitan a la División de Ingeniería evaluarlos;    

     

e)  Suministrar a la División de Ingeniería, las normas técnicas y especificaciones  necesarias para que esta pueda establecer los requisitos que se exigirán en los  pliegos de condiciones de las obras civiles de los proyectos;    

     

f)  Participar en la evaluación de propuestas presentadas por las firmas  licitantes, relacionadas con ‘ las obras civiles;    

     

g) Velar  porque se mantenga actualizada toda la información y material técnico  necesarios para e normal desarrollo de la sección;    

     

h) Las  demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.    

     

División  de Construcciones.    

     

Artículo  46. Son funciones de la División de Construcciones:              

     

a)  Dirigir la ejecución de los proyectos en su etapa de montaje o construcción y  ejercer la interventoría de los contratos que se celebren con el mismo fin;    

     

b)  Estudiar y evaluar las ofertas para suministro y construcción de obras que se  hagan a través de firmas consultoras y presentar las recomendaciones del caso a  la Subdirección Técnica;    

     

c)  Revisar y aprobar los documentos y planos relacionados con las actividades  propias de su área;    

     

d)  Supervisar la interventoría de los contratos de construcción, montaje y puesta  en servicio de los proyectos de líneas de transmisión, subestaciones y obras  civiles asignados a la División;    

     

e)  Evaluar los resultados de la ejecución de los proyectos asignados y rendir los  informes respectivos sobre el avance de los mismos;    

     

f)  Participar en la definición de los términos técnicos de los contratos de  construcción e interventoría en coordinación con la Subdirección Técnica    

     

g) Las  demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia;    

     

Sección  de Interventoría de Líneas de Transmisión.    

     

Artículo  47. Son funciones de la Sección de Interventoría de Líneas de Transmisión:    

     

a)  Coordinar o llevar a cabo directamente la interventoría de los contratos de  construcción, montaje y puesta en servicio de las Líneas de transmisión  asignadas;    

     

b)  Elaborar en coordinación con las dependencias correspondientes los pliegos de  condiciones para las licitaciones de adquisición de materiales, construcción  montaje y puesta en servicio de las líneas de transmisión, evaluar las ofertas  y presentar las recomendaciones pertinentes    

     

c)  Elaborar los presupuestos oficiales y cronogramas de las obras asignadas a  firmas constructoras, controlar y visar la facturación    

     

d)  Coordinar y controlar la interventoría de las obras de líneas de transmisión  que por su naturaleza sean contratadas con firmas externas y rendir los  informes técnicos que permitan su evaluación;    

     

e)  Participar en las discusiones técnicas de los contratos de construcción de  líneas de transmisión en coordinación con la División de Construcciones;    

     

f) Velar  por el oportuno suministro de materiales convenidos con el contratista ejecutor  de las obras;    

     

g)  Realizar el control de calidad de los materiales a utilizar, suministrados por  los proveedores y contratistas;    

     

h) Las  demás que le sean asignadas y Correspondan a la naturaleza de la dependencia.    

     

Sección  de Interventoría de Subestaciones.    

     

Artículo  48. Son funciones de la Sección de Interventoría de Subestaciones:    

     

a)  Coordinar o llevar cabo directamente la interventoría de los contratos de  construcción montaje y puesta en servicio de las subestaciones asignadas;    

     

b)  Elaborar en coordinación con las dependencias correspondintes, los pliegos de  condiciones para las licitaciones de adquisición de materiales, construcción,  montaje y puesta en servicio de las subestaciones, evaluar las ofertas y  presentar las recomendaciones pertinentes;.    

     

c)  Elaborar los presupuestos oficiales y cronogramas de las obras asignadas a  firmas constructoras controlar y visar la facturación;    

     

d)  Coordinar y controlar la interventoría de las subestaciones que por su naturaleza  sean contratadas con firmas externas y rendir los informes técnicos que  permitan su evaluación    

     

e)  Participar en las discusiones técnicas de los contratos de construcción de las  subestaciones, en coordinación con la División Construcciones,    

     

f) Velar  por el oportuno suministro de materiales convenidos con el contratista ejecutor  de las obras,    

     

g)  Realizar el control de calidad a los materiales a utilizar, suministrados por  los proveedores y contratistas    

     

h) Las  demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.    

     

Sección  de Interventoría de Obras Civiles.    

     

Artículo  49. Son funciones de la Sección de Interventoría de Obras Civiles:    

     

a)  Coordinar o llevar a cabo directamente la interventoría de los contratos de  construcción, montaje y puesta en servicio de las obras civiles asignadas:    

     

b)  Elaborar en coordinación con las dependencias correspondientes los pliegos de  condiciones para las licitaciones de adquisición de materiales, construcción,  montaje y puesta en servicios de las obras civiles, evaluar las ofertas y  presentar las recomendaciones pertinentes;    

     

c)  Elaborar los presupuestos oficiales y cronogramas de las obras asignadas a  firmas constructoras, controlar y visar la facturación;    

     

d)  Coordinar y controlar la interventoría de las obras civiles que por su  naturaleza sean contratadas con firmas externas y rendir los informes técnicos  que permitan su evaluación;    

     

e)  Participar en las discusiones técnicas de los contratos de construcción de las  obras civiles, en coordinación con la División de Construcciones;    

     

f )  Velar por el oportuno suministro de materiales convenido con el Contratista  ejecutor de las obras;    

     

g)  Realizar el control de calidad a los materiales a utilizar, suministrados por  los proveedores y contratistas;    

     

h) Las  demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.    

     

Subdirección  de Operaciones.    

     

Artículo  50. Son funciones de la Subdirección de Operaciones:    

     

a)  Colaborar con la Dirección General en el establecimiento de políticas  relacionadas con el área operativa de la Corporación;    

     

b)  Planear, organizar, dirigir y controlar la operación óptima del Sistema  Interconectado de CORELCA;    

     

c)  Proponer los planes anuales de operación y las modificaciones necesarias durante  su desarrollo;    

     

d)  Planear y dirigir el despacho e intercambio de energía con el interior del  país, coordinando con las entidades correspondientes las decisiones a tomar  para resolver situaciones de emergencia;    

     

e)  Coordinar con la Subdirección Administrativa el suministro oportuno de los  equipos y materiales requeridos para la correcta prestación de los servicios a  cargo de la dependencia    

     

f) Velar  porque se efectúe el suministro de energía y potencia a las Electrificadoras en  condiciones óptimas de calidad, continuidad y confiabilidad;    

     

g)  Dirigir y coordinar la operación y mantenimiento de las plantas generadoras de  acuerdo con las normas y procedimientos establecidos;    

     

h)  Planear y controlar la operación y mantenimiento de las subestaciones y líneas  de transmisión de la Corporación;    

     

i) Las  demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.    

     

División  Centro de Control,    

     

Artículo  51. Son funciones de la División Centro de Control:    

     

a)  Analizar y establecer en coordinación con la Subdirección de Operaciones, los  convenios y acuerdos que garanticen la operación eficiente y económica de las  plantas e instalaciones de la Corporación y las Electrificadoras    

     

b)  Planear, coordinar y efectuar estudios tendientes a implantar políticas  generales de operación de centrales, subestaciones y líneas del Sistema  Interconectado en situaciones normales y de emergencia;    

     

c)  Dirigir, coordinar y supervisar la generación y transmisión de energía del  Sistema Interconectado de CORELCA, procurando la seguridad y economía global en  las operaciones de sus instalaciones;    

     

d)  Revisar y actualizar el reglamento de operación del Sistema Interconectado y  vigilar el cumplimiento de las normas consignadas en él;    

     

e)  Supervisar y controlar el cumplimiento de los compromisos energéticos  adquiridos tanto con las Subsidiarias Como con las demás empresas del sector    

     

f)  Presentar a la Subdirección cuando las condiciones de capacidad y demanda así  lo requieran, programas de racionamiento y. repartición de la energía eléctrica  en el Sistema;    

     

g)  Coordinar con las diferentes plantas de generación y con la División de  Transmisión el mantenimiento preventivo y correctivo de las diferentes  centrales, líneas y subestaciones asociadas de acuerdo con las normas establecidas;.    

     

h)  Coordinar el desarrollo de sus actividades con los Centros de Control de las  Electrificadoras Subsidiarias e ISA    

     

i) Velar  por el mantenimiento de un sistema eficiente de Telecomunicaciones para la  optima operación del Sistema Interconectado de CORELCA;    

     

j) Las  demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.    

     

Sección  de Análisis y Programación Operacional.    

     

Artículo  52. Son funciones de la Sección de Análisis y Programación Operacional    

     

a)  Servir de soporte a la parte operativa del Centro de Control para una  coordinación más eficaz de la operación y mantenimiento de los equipos  generadores del Sistema Interconectado, con el objeto de mejorar la eficiencia  y confiabilidad del servicio;    

     

b)  Efectuar análisis de la información relacionada con la generación,  transformación y distribución de energía ,eléctrica en el Sistema  Interconectado que le permita evaluar el desarrollo de la operación del Centro  de Control y hacer las recomendaciones que considere, necesarias para mejorar  el rendimiento;    

     

c)  Desarrollar y aplicar modelos de simulación para la operación eficiente y  económica de las centrales e instalaciones de propiedad de CORELCA y de las  Electrificadoras Subsidiarias;    

     

d)  Mantener actualizadas las estadísticas sobre el desarrollo de la operación y  mantenimiento de sistema y determinar el contenido, periodicidad y flujo de la  información que se origine en esta dependencia;    

     

e)  Coordinar sus actividades con las de las otras dependencias, primordialmente con  la Sección de mantenimiento y Actualización en la elaboración de los programas  de despacho económico con el objeto de minimizar los costos integrales de  operación en el sistema;    

     

f)  Coordinar con las Secciones de Servicios Técnicos la elaboración de programas  de mantenimiento preventivo para las plantas respectivas, teniendo en cuenta en  forma integral las condiciones del Sistema Interconectado;    

     

g)  Revisar las facturas que le presente Interconexión Eléctrica S. A., ISA, y  otras empresas del sector por concepto de intercambio de energía y potencia;    

     

h)  Registrar y preparar la información necesaria para la facturación a las  Electrificadoras, de los servicios de energía y potencia de las plantas de  propiedad de la Corporación o en las cuales tenga participación;    

     

i) Las  demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.    

     

Sección  de Operación del Centro de Control.    

     

Articulo  53. Son funciones de la Sección de Operación del Centro de Control    

     

a)  Operar el Centro de Control del Sistema Interconectado para la generación y  distribución de energía eléctrica a los diferentes centres de carga de acuerdo  con las condiciones reales dentro del sistema;    

     

b) Velar  porque los parámetros que regulan la operación óptima del, Sistema se mantenga  dentro de los rangos establecidos;    

     

c)  Presentar informes periódicos sobre el desarrollo de la operación con todos los  datos necesarios para su procesamiento por las Secciones de Análisis y  Programación Operacional y Mantenimiento y Actualización;    

     

d) Tomar  sobre la marcha las medidas correctivas que se requieran para subsanar fallas o  deficiencias que se presenten durante la prestación del servicio;    

     

e)  Coordinar la operación de las centrales, líneas y Subestaciones de CORELCA y  las Electrificadoras, conforme a las políticas de operación y programas  establecidos por la División Centro de Control;    

     

f)  Realizar directa o indirectamente las maniobras requeridas para mantener la  estabilidad del sistema y las condiciones de voltaje y. frecuencia especificados,  en coordinación con el Centro de Control Nacional;    

     

g)  Autorizar las libranzas para el mantenimiento de los diferentes equipos  significativos del Sistema, estableciendo los lineamientos y maniobras  correspondientes;    

     

h) Las  demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.    

     

Sección  de Mantenimiento y Actualización.    

     

Artículo  54. Son funciones de la Sección de Mantenimiento. y Actualización:    

     

a)  Llevar a cabo, al mantenimiento de los equipos electrónicos instalados en el  Centro de Control;    

     

b)  Realizar el mantenimiento de las unidades terminales remotas en cada una de las  subestaciones del Sistema;    

     

c)  Modificar y actualizar los programas de computador desarrollados en el Centro  de Control;    

     

d)  Desarrollar nuevos programas de aplicación para la planeación del sistema de  Control;    

     

e)  Desarrollar la documentación completa y detallada de las; aplicaciones en  producción;    

     

f)  Investigar y proponer nuevas técnicas de sistemas y equipos para óptimo  funcionamiento del Centro de Control;    

     

g) Velar  por la seguridad de las instalaciones y equipos del Centro de Control  estableciendo normas y procedimientos de operación y mantenimiento;    

     

h) Las  demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia;    

     

Sección  de Telecomunicaciones;    

     

Artículo  55. Son funciones de la Sección de Telecomunicaciones:    

     

a)  Diseñar y elaborar las especificaciones de los sistemas de telecomunicaciones  requeridos por el Sistema Interconectado;    

     

b)  Inspeccionar los montajes de los equipos de telecomunicaciones, verificar su  instalación y funcionamiento;    

     

c)  Efectuar las labores de mantenimiento preventivo y correctivo de todos los  equipos de telecomunicaciones, telemedidas y teleseñalización. del Sistema  Interconectado;    

     

d) Implementar  normas de seguridad y métodos de trabajo para el personal y equipos de  telecomunicaciones;    

     

e)  Coordinar sus actividades con los demás dependencias de la División para el  óptimo desarrollo del Sistema Interconectado;    

     

f) Las  demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.    

     

División  Planta Termobarranquilla.    

     

Artículo  56. Son funciones de la División Planta Termobarranquilla:    

     

a)  Programar, dirigir y controlar la operación y el mantenimiento de la Planta  Termobarranquilla;    

     

b)  analizar en coordinación con la División Centro de Control, los intercambios y  balances de energía;    

     

c) Velar  por el cumplimiento de las normas de seguridad establecidas en la operación y  mantenimiento .de la Planta;    

     

d)  Tornar medidas tendientes a la minimización de costos de operación y  mantenimiento de, la Planta Termobarranquilla;    

     

e)  Vigilar el cumplimiento y actualización del Manual de Operaciones de la Planta;    

     

f)  Aplicar las políticas y líneas de acción que señale la Subdirección de  Operaciones y el Centro de Control en lo relativo a generación de energía  eléctrica;    

     

g) Fijar  prioridades para el mantenimiento mayor de los diferentes equipos de la Planta  en coordinación con el Centro de Control;    

     

h) Velar  por el oportuno y adecuado suministro de los repuestos y elementos necesarios,  para el correcto funcionamiento de los equipos de la Planta;    

     

i) Las  demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la. dependencia.    

     

Sección  de Operación.    

     

Articulo.  57. Son funciones de la Sección de Operación:    

     

a)  Realizar las labores necesarias para la operación óptima de la Planta  Termobarranquilla;    

     

b)  Coordinar con las Secciones de Servicios Técnicos, Mantenimiento y Operación  Centro de Control las paradas, el mantenimiento y puesta en servicio de las  unidades de la Planta Termobarranquilla;    

     

c)  Elaborar y actualizar el Manual de Operaciones de las diferentes unidades y  equipos de la Planta;    

     

d)  Rendir los informes periódicos de actividades del personal de operación;    

     

e)  Elaborar y analizar los reportes de generación de energía de la planta,  lecturas y consumo de combustible y lubricantes;    

     

f)  Evaluar las pérdidas ocasionadas en la Planta y presentar soluciones para  disminuirlas o evitarlas    

     

g)  Establecer y organizar los turnos de operación de la Planta;    

     

h) Velar  por la integridad y buen manejo de los equipos y responder por la eficiencia de  los recursos tanto humanos como técnicos;    

     

i) Las  demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.    

     

Sección  de Turbinas a Gas.    

     

Artículo  58. Son funciones de la Sección de Turbinas a Gas:    

     

a)  Realizar las labores necesarias para la operación de las turbinas a gas de la  Planta Termobarranquilla    

     

b)  Coordinar con otras dependencias especializadas el mantenimiento, paradas y  puesta en servicio de los equipos generadores a gas;    

     

c) Velar  para la optimización de la operación de las turbinas a gas, elaborar y  actualizar el Manual de Operación respectivo;    

     

d)  Realizar las labores de mantenimiento a los equipos de la Sección en desarrollo  de los programas de mantenimiento preventivo establecidos y cuando se presenten  situaciones de emergencia;    

     

e)  Elaborar, en coordinación con la Sección de Seguridad Industrial las normas  sobre manejo y utilización de los equipos y elementos de trabajo con el objeto  de velar por la seguridad del personal y prevenir daños en los equipos;    

     

f)  Coordinar con otras dependencias la programación de las necesidades de  repuestos y el suministro de combustible requeridos para la operación normal y  continua de los equipos de generación;    

     

g)  Mantener estadísticas sobre la información que se requiera para, el análisis de  las actividades de operación y mantenimiento de la Sección    

     

h) Las  demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.    

     

Sección  Mantenimiento.    

     

Artículo  59. Son funciones de la Sección de Mantenimiento:    

     

a)  Programar, organizar y ejecutar el mantenimiento eléctrico, mecánico y  electrónico, preventivo y correctivo de los equipas correspondientes de la  Planta Termobarranquilla:    

     

b)  Ejecutar las órdenes de trabajo para el mantenimiento de los diferentes equipos  de la Planta, de acuerdo a los procedimientos establecidos y reportar  oportunamente a la Sección de Servicios Técnicos el cumplimiento de éstos, a  fin de que se actualice la hoja de vida de los equipos;    

     

c)  Coordinar con la Sección de Servicios Técnicos de la División los programas de  mantenimiento preventivo y las labores de mantenimiento correctivo    

     

d)  Colaborar con la Sección de Seguridad Industrial en el establecimiento de las  normas respectivas y velar por su estricto cumplimiento;    

     

e)  Determinar oportunamente las necesidades de equipos, materiales y elementos de  trabajo para la prestación de un .servicio eficiente y continuo    

     

f)  Efectuar el control de calidad de los materiales repuestos y elementos  solicitados por esta Sección    

     

g)  Asesorar al Personal de Operación en la correcta utilización de los equipos y  manejo de instrumentos y participar en la elaboración de los Manuales de Mantenimiento;    

     

h) Las  demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.    

     

Sección  de Servicios Técnicos.    

     

Artículo  60. Son funciones de la Sección de Servicios Técnicos:    

     

a)  Elaborar normas y procedimientos para efectuar los mantenimientos preventivo y  correctiva en coordinación con la División de Organización y Métodos;    

     

b)  Efectuar estudios y presentar alternativas a la División Planta, sobre  programas de mantenimiento preventivo a los equipos de la Planta  Termobarranquilla    

     

c)  Realizar las actividades de coordinación que sean necesarias durante las  paradas y puesta en servicio de los equipos de generación;    

     

d)  Llevar registros estadísticos actualizados sobre los trabajos efectuados a cada  equipo y la utilización de los repuestos y materiales. Mantener catálogos e  información técnica actualizada para los estudios de selección y reposición de  equipos y materiales    

     

e)  Conceptuar técnicamente en los proceso de adquisición de materiales, equipos y  repuestos necesarios para el normal funcionamiento de la Planta  Termobarranquilla;    

     

f)  Llevar el control de los materiales solicitados y los utilizados para el  mantenimiento de la Planta y equipos de generación;    

     

g) Hacer  inspección de equipos mediante pruebas de vibraciones y pruebas de  comportamiento. Inspeccionar las tuberías mediante pruebas de ultrasonido;    

     

h)  Estudiar las modificaciones necesarios de los equipos e instalaciones de la  Planta    

     

i)  Llevar las estadísticas sobre la operación y generación de la Planta;    

     

j)  Coordinar con otras dependencias especializadas y con la Sección de Seguridad  Industrial la elaboración de normas sobre manejo utilización de los equipos con  el objeto de velar por la seguridad del personal y prevenir daños en los  equipos;    

     

k)  Realizar los análisis químicos necesarios para controlar el tratamiento  adecuado del agua de alimentación a las calderas, del vapor para las tuberías y  de la Planta de intercambio iónico del agua;    

     

I)  Analizar el combustible de las calderas y los aceites de lubricación y de regulación  de turbinas Efectuar análisis periódicas de gases de conducción y obtener la,  eficiencia del ciclo;    

     

m)  Coordinar sus actividades con las demás dependencias de la, División para una  mayor eficiencia de los servicios y velar por el adecuado manejo de los equipos  y materiales de operación y mantenimiento;    

     

n) Las  demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia;    

     

División  de Transmisión.    

     

Artículo  61. Son funciones de la División de Transmisión:    

     

a)  Dirigir, organizar y controlar la operación y mantenimiento de las  Subestaciones y Líneas de Transmisión del Sistema. Interconectado de Corelca en  coordinación con la División Centro de Control;    

     

b)  Realizar estudios de optimización de operaciones y mantenimiento de los equipos  de transmisión y transformación de energía eléctrica. Dirigir la elaboración de  lnformes estadísticos y de operación necesarios para evaluar el comportamiento  del Sistema;    

     

c)  Dirigir la elaboración y la ejecución de los programas de mantenimiento preventivo  y correctivo de líneas y subestaciones, velando por la correcta aplicación de  normas y procedimientos técnicos y de seguridad industrial establecidos para  estos fines    

     

d)  Coordinar y velar por el suministro oportuno y eficiente de estructuras, materiales,  equipos y repuestos necesarios para el normal funcionamiento de los servicios  de transmisión de energía:    

     

e)  Suministrar información y colaborar en la formulación de necesidades de  ampliación del sistema construcción de obras y modificación de las existentes  en relación con la transmisión y subtransmisión, de común acuerdo con las.  dependencias correspondientes;    

     

f)  Coordinar l a asesoría del mantenimiento de líneas de subtransmisión y  contribución que operan las Electrificadoras Subsidiarias cuando éstas lo  soliciten    

     

g) Velar  por el establecimiento y mantenimiento de los equipos de protecciones asociadas  a las líneas de transmisión del sistema Interconectado de Corelca:    

     

h) Las  demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.    

     

Sección  de Mantenimiento de Líneas de Transmisión    

     

Artículo  62 Son funciones de la de la Sección de Mantenimiento de Iíneas de Transmisión:    

     

a)  Elaborar y ejecutar los programas de mantenimiento de líneas de transmisión del  Sistema Interconectado;    

     

b) Velar  porque el mantenimiento preventivo en la líneas de alta tensión se cumpla de  acuerdo con los programas establecidos;    

     

c)  Mantener y analizar los datos estadísticos del mantenimiento a las líneas de  transmisión y rendir: los respectivos informes a la División;    

     

d)  Implantar en la sección las normas de seguridad Industrial, especialmente las  relacionadas con la labores de mantenimiento a las líneas de alta tensión con  la asesoría de la Sección de Seguridad Industrial;    

     

e)  Ejecutar. las bases de mantenimiento de emergencia en las líneas de.  transmisión;    

     

f)  Coordinar sus actividades con la Sección de Operación del Centro de control  cuando en desarrollo de sus labores se requiera desenergizar y energizar las  líneas de transmisión;    

     

g) Asesorar  a la Electrificadora Subsidiarias en el mantenimiento de las líneas de  subtransmisión y distribución operadas por éstas;    

     

h) Las  demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.    

     

Sección  de Operación de Subestaciones.    

     

Artículo  63 Son funciones de la Sección de Operaciones de. Subetaciones:    

     

a)  Programar la Operación de las Subestaciones del Sistema Interconectado de  Corelca y sus Electrificadoras subsidiarias;    

     

b)  Revisar y supervisar los estudios de diseño de Subestaciones.y proponer  reformas para un mejor funcionamiento deI Sistema;    

     

c)  Vigilar que los parámetros que regulan la operación de las subestaciones se  mantengan dentro de los rangos establecidos y tomar las medidas correctivas  cuando se presenten fallas en la operación;    

     

d)  Revisar, evaluar recomendar de acuerdo con resultados de pruebas el cambio o  reacondicionamiento de los equipos de las Subestaciones del Sistema    

     

e) Las  demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.    

     

Sección  de Mantenimiento de Subestaciones y Protecciones.    

     

Artículo  64. Son funciones de la Sección de Mantenimiento de Subestaciones y  Protecciones:    

     

a) Velar  por la correcta ejecución de las labores de mantenimiento preventivo y  correctivo de los equipos de las Subestaciones y de Protecciones de acuerdo con  los programas establecidos;    

     

b)  Prestar asesoría a las Electrificadoras del Sistema en lo referente a  mantenimiento preventivo, correctivo o montaje de equipos de Subestaciones y  Protecciones    

     

c) Presentar  métodos y alternativas para la ejecución de trabajos de mantenimiento  preventivo de los equipos de las Subestaciones y de Protecciones del sistema    

     

d) Velar  porque se mantenga un adecuado stock de repuestos de los equipos de  Subestaciones y protecciones;    

     

e) Hacer  la interventoría a la recepción de los equipos de Subestaciones y Protecciones  y durante el montaje de los mismos;    

     

f) Las  demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.    

     

Sección  de Servicios Técnicos.    

     

Artículo  65. Son funciones de la Sección de Servicios Técnicos    

     

a)  Controlar los mantenimientos preventivos y correctivos que adelanten las  Secciones de Mantenimiento de Líneas de Transmisión y la Sección de  Mantenimiento de Subestaciones y Protecciones de acuerdo con los programas  establecidos y según las recomendaciones de los fabricantes de los equipos    

     

b)  Elaborar en coordinación con la División de Organización y Métodos las normas y  los procedimientos necesarios para efectuar los mantenimientos preventivos y  correctivos que se requieran en la división    

     

c)  Llevar registros estadísticos actualizados sobre los trabajos efectuados a cada  equipo y la utilización de los repuestos y materiales Mantener catálogos e  información técnica actualizada para los estudios de selección y reposición de  equipos y materiales;    

     

d)  Prestar asesoría al personal de la Sección de Mantenimiento de Subestaciones y  Protecciones en trabajos altamente técnicos, recomendando características de  calidad en los materiales a utilizar y ejercer control sobre los mismos;    

     

e)  Analizar los resultados de las pruebas que se practiquen a los equipos con el  fin de recomendar en un momento dado el reemplazo o cambio de piezas;    

     

f)  Coordinar con la Sección de Seguridad Industrial la elaboración de normas sobre  el manejo y utilización de equipos con el objeto de velar por la seguridad del  personal y prevenir daños en los equipos;    

     

g) Las  demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.    

     

Subdirección  de Electrificadoras Subsidiarias.    

     

Artículo  66. Son funciones de la Subdirección de Electrificadoras Subsidiarias:    

     

a)  Asesorar a la Dirección General en la formulación de los planes a seguir en  relación con las Electrificadoras del grupo Corelca;    

     

b)  Coordinar y supervisar las actividades de las dependencias que conforman la  Subdirección;    

     

c)  Asesorar y controlar a las Electrificadoras Subsidiarias de Corelca en la  aplicación de los planes financieros, administrativos, contables: y de  explotación, operación y mantenimiento del servicio eléctrico y vigilar su  cumplimiento;    

     

d)  Estudiar la situación financiera de las Electrificadoras Subsidiarias  conjuntamente con la Subdirección financiera de Corelca, analizar la situación  consolidada de la entidad y sus Subsidiarias y. proponer soluciones;    

     

e)  Unificar normas de carácter general que tiendan al mejoramiento de los  procedimientos administrativos financieros, técnicos y operacionales de las  electricadoras Subsidiarias    

     

f)  Asesorar a las Electrificadoras Subsidiarias en la implementación de las  recomendaciones administrativas y financieras formuladas;    

     

g)  Vigilar el cumplimiento de las normas legales y estatutarias por parte de las  Electrificadoras Subsidiarias y prestarles asesoría en aspectos legales  comunes, en coordinación con la Oficina Jurídica;    

     

h)  Asesorar a las Electrificadoras del grupo en la elaboración de presupuestos  anuales y de los planes de inversión y vigilar su ejecución;    

     

i)  Organizar los planes y programas de capacitación y entrenamiento del personal  de las Electrificadoras Subsidiarias, en coordinación con la División de  Relaciones Industriales:    

     

j)  Rendir informes a la Dirección General sobre la gestión desarrollada por la  Subdirección en relación con las Electrificadoras y los especiales que le sean  solicitados;    

     

k)  Estudiar la conveniencia de crear, fusionar o liquidar Electrificadoras  Subsidiarias    

     

l)  Dirigir y coordinar las actividades relacionadas con el Centro Regional de  Capacitación;    

     

m) Las  demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.    

     

División  de Asesoría Administrativa y Financiera.    

     

Artículo  67. Son funciones de la División de Asesoría Administrativa y Financiera:    

     

a)  Elaborar los programas para la prestación de asesoría y control financiero y  administrativo a las Electrificadoras Subsidiarias que faciliten la aplicación  de los planes acordados y el alcance de los objetivos propuestos;    

     

b)  Programar, dirigir y coordinar las visitas a las Electrificadoras Subsidiarias  con el fin de inspeccionar, diagnosticar asesorar o verificar el cumplimiento  de las normas de su área de acuerdo con los procedimientos establecidos;    

     

c)  Evaluar el desarrollo de las actividades administrativas y financieras de las  Electrificadoras y formular las recomendaciones del caso;    

     

d)  Revisar y conceptuar sobre los Presupuestos y planes de inversión presentados  por las Electrificadoras Subsidiarias;    

     

e)  Coordinar con la Oficina Jurídica la asesoría que en la materia requieran las  filiales;    

     

f)  Supervisar los programas de capacitación y entrenamiento del personal de las  Electrificadoras en las áreas financieras y administrativas;    

     

g)  Coordinar con las Divisiones de Sistemas y de Organización y Métodos, la  ejecución de los programas y proyectos que deban llevarse a cabo conjuntamente  en las Electrificadoras    

     

h)  Proporcionar la información de carácter administrativo y financiero que en  relación con las Electrificadoras le soliciten las diferentes dependencias de  la corporación y otros organismos;    

     

i)  Rendir informes a la Subdirección sobre el desarrollo de las actividades de la  dependencia y los especiales que le sean solicitados    

     

j) Las  demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.    

     

Secciones  Administrativas y Financiera Zona I y Administrativa y Financiera Zona II.    

     

Artículo  68. Son funciones de las Secciones Administrativas y Financiera ZONA I y  Administrativa y Financiera Zona II:    

     

a)  Adelantar en coordinación con la División de Organización y métodos, los  estudios de organización administrativa. métodos y procedimientos de las  Electrificadoras de la Zona respectiva, y asesorarles en su implementación;    

     

b)  Capacitar e instruir directamente al personal de las Electrificadoras  Subsidiarias de la Zona en las áreas administrativas y financieras    

     

c)  Asesorar a las Electrificadoras Subsidiarias de la Zona en el funcionamiento  eficiente de las áreas de almacenes, compras, servicios generales,  administración de personal y demás aspectos relacionados con el apoyo  administrativo    

     

d)  Asesorar a las filiales en el diseño de políticas financieras a corto. mediano  y largo plazo, en coordinación con las dependencias especializadas de Corelca;    

     

e)  Analizar los estudios sobre factibilidad de inversiones de las Electrificadoras  de la zona y sobre el resultado de la ejecución de las mismas;    

     

f)  Estudiar, asesorar, controlar y verificar la implementación, desarrollo Y  unificación de las normas contables y presupuestales de las Electrificadoras  Subsidiarias de la Zona;    

     

g)  Efectuar las visitas programadas a las Electrificadoras de la Zona par a el  estudio y control de las normas y procedimientos administrativos y financieros  recomendados;    

     

h)  Presentar a la División, informes y recomendaciones resultantes de las visitas  y estudios adelantados;    

     

i)  Recolectar estadísticas de las Electrificadoras Subsidiarias de la Zona que  permitan. adelantar análisis y proyecciones a mediano y largo plazo;    

     

j) Las  demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.    

     

División  de Asesoría Técnica.    

     

Artículo  69 Son funciones de la División de Asesoría Técnica:    

     

a)  Dirigir, coordinar y evaluar las actividades de las Secciones que conforman la  División;    

     

b)  Estudiar los programas de operación y mantenimiento de equipos e instalaciones  eléctricas de las Electrificadoras Subsidiarias    

     

c)  Analizar las necesidades y problemas desde el punto de vista técnico que se  presenten en las EIectrificadoras Subsidiarias y formular las recomendaciones  del caso    

     

d)Asesorar  a las Electrificadoras Subsidiarias y prestar a su colaboración en las  situaciones de emergencia que se presenten con el fin de asegurar la prestación  del servicio eléctrico;    

     

e)  Divulgar e implantar las normas y reglamentos de prestación del servicio en las  Electrificadora Subsidiarias y velar por su cumplimiento;    

     

f)  Elaborar las especificaciones técnicas par los pliegos de condiciones  relacionados con las licitaciones que sean asignadas a la División y participar  en la evaluación de oferta s respectivas;    

     

g)  Supervisar y analizar el mantenimiento de estadística sobre inventarios de  plantas, equipos y materiales de las Electrificadoras Subsidiarias con el  objeto de mejorar la prestación del servicio eléctrico y de facilitar el  intercambio de recursos entre ellas;    

     

h)  Coordinar con la División de Relaciones Industriales de CORELCA la capacitación  y    

entrenamiento  técnico y operativo requerido por el personal de las Electrificadoras  Subsidiarias en el Centro Regional de Capacitación;    

     

i)  Rendir los informes relacionados con la gestión de la dependencia a la  Subdirección;    

     

j) Las  demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.    

     

Sección  de Operaciones y Mantenimiento    

     

Artículo  70 Son funciones de Sección de Operaciones y mantenimiento:    

     

a)  Prestar asesoría directa a las Electrificadoras Subsidiarias en las actividades  de operaciones y mantenimiento de sus equipos e instalaciones eléctricas;    

     

b)  Instruir directamente al personal de las electrificadoras en la operación y  mantenimiento de los equipos de generación    

     

c)  Practicar visitas de inspección a las plantas de generación de las  Electrificadoras y presentar el informe respectivo sobre el estado de las  mismas;    

     

d)  Llevar registros sobre las revisiones efectuadas con miras a seguir un  mantenimiento preventivo de las plantas existentes en el área;    

     

e)  Coordinar los programas de capacitación y entrenamiento al personal de  electrificadoras que adelante el Centro Regional de Capacitación;    

     

f)  Recopilar y analizar estadística de operación y velar por la cantidad , confiabilidad  del servicio;    

     

g)  Realizar Inventarios de equipos y herramientas necesarias para las labores de  mantenimiento en las Electrificadoras;    

     

h)  Efectuar estudios tendientes a determinar la conveniencia de que CORELCA  adquiera equipos y herramientas para que realice el mantenimiento en las  Electrificadoras;    

     

I) Las  demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.    

     

Sección  de Taller de Unidades Móviles    

     

Artículo  71 Son funciones de la Sección de talleres de Unidades Móviles:    

     

a)  Desarrollar los programas de mantenimientos a las unidades móviles de  generación distribuidas en la Costa Atlántica, perteneciente a CORELCA y a las  Electrificadoras Subsidiarias;    

     

b)  Instruir directamente al personal de las Eelectrificadoras en la operación de  los equipos de las unidades móviles de generación;    

     

c)  Llevar registros sobre las revisiones efectuadas a las unidades móviles, con  miras a implantar programas de mantenimiento preventivo;    

     

d)  Realizar inventarios de equipos y herramientas necesarios para las labores de  tratamiento de las unidades móviles de generación;    

     

e)  Programar y coordinar con la División de Servicios Administrativos las  actividades relacionadas con el transporte de las unidades móviles que se  sometan a mantenimiento en el Taller;    

     

f) Las  demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.    

     

División  Centro Regional de Capacitación    

     

Artículo  72 Son funciones de la División Centro Regional de Capacitación:    

     

a)  Capacitar y entrenar al personal técnico y operativo de CORELCA y las  Electrificadoras Subsidiarias en los campos de generación, transformación,  transmisión, subtransmisión y distribución de energía eléctrica;    

     

b)  Coordinar con las diferentes dependencias de capacitación de CORELCA y las  Electrificadoras Subsidiarias las actividades tendientes a determinar las  necesidades de Capacitación y Entrenamiento de personal de estos organismos;    

     

c)  Presentar las necesidades y rendir informes periódicos a las Subdirecciones  Administrativa y de Electrificadoras Subsidiarias para determinar las acciones  a seguir en la planeación y programación del funcionamiento del Centro;    

     

d)  Diseñar, evaluar y actualizar los contenidos programáticos de los cursos a  adelantar en el centro;    

     

e)  Realizar la programación de los diferentes cursos fijando horarios, sitios de  trabajo y distribución de grupos y velar por el suministro de los formatos y  elementos de trabajo necesarios para el buen desarrollo de los programas;    

     

f)  Programar y controlar el mantenimiento de los equipos didácticos del Centro;    

     

g)  Establecer y hacer cumplir las normas de seguridad y disciplina para el Centro;    

     

h) Crear  y mantener actualizado un Centro de Transformación docente que sirva de apoyo  para las labores académicas del Centro, adquiriendo el material bibliográfico y  de audiovisuales necesario y coordinando el servicio de traducción y  publicaciones requerido;    

     

i)  Estudiar y reglamentar los procedimientos de registros y control académico del  Centro    

     

j)  Elaborar el presupuesto anual del Centro y controlar la ejecución del mismo;    

     

k)  Coordinar y hacer el seguimiento de los pedidos de servicio, materiales,  equipos repuestos y elementos para el Centro y visarlas facturas presentadas  por estos conceptos;    

     

I) Las  demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.    

     

Dirección  Regional Termocartagena.    

     

Artículo  73. Son funciones de la Dirección Regional Termocartagena:    

     

a)  Dirigir, coordinar y controlar las actividades técnicas, operacionales,  administrativas y financieras de la Dirección Regional    

     

b)  Dirigir, coordinar y controlar el proyecto de la Regional desde las fases de  factibilidad, diseño, construcción y pruebas continuando con la operación  comercial del mismo;    

     

c) Velar  que la ejecución de los contratos asignados a consultores, contratistas e  interventores cumplan con las especificaciones establecidas    

     

d)  Presentar a la Dirección General y a la Subdirección Técnica informes  actualizados sobre el avance y estado del proyecto a su cargo, durante diferentes  etapas del mismo    

     

e)  Responder por la óptima operación de la planta a su cargo y reportar a la  Subdirección de Operaciones el desarrollo de las actividades relacionadas con  su operación comercial;    

     

f)  Dirigir y controlar las actividades de las dependencias a su cargo y programar  sus necesidades de recursos en coordinación con las dependencias centrales de  la Corporación    

     

g)  Expedir los actos administrativos que sean necesarios para el funcionamiento  eficiente de la Regional, de acuerdo con las funciones que le hayan sido  asignadas;    

     

h)  Dirigir y controlar las actividades administrativas y financieras de la  Regional, de acuerdo con las normas y procedimientos establecidos en  coordinación con las Subdirectores correspondientes;    

     

i)  Rendir Informes a la Dirección General sobre el desarrollo de las actividades  de las dependencias a su cargo;    

     

j) Las  demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.    

     

División  Planta Termocartagena.    

     

Artículo  74. Son funciones de la División Planta Termocartagena:    

     

a)  Programar, dirigir y controlar la operación y el mantenimiento de la Planta  Termocartagena;    

     

b)  Analizar en coordinación con la División Centro de Control, los intercambios y  balances de energía;    

     

c) Velar  por el cumplimiento de las normas de seguridad establecidas en la operación y  mantenimiento de la Planta    

     

d) Tomar  medidas tendientes a minimización de costos de operación y mantenimiento de la  Planta Termocartagena:    

     

e)  Vigilar el cumplimiento y actualización del manual de Operaciones de la Planta;    

     

f)  Aplicar las políticas y líneas de acción que señale la Dirección Regional y el  Centro de Control en lo relativo a generación de energía eléctrica;    

     

g) Fijar  prioridades para el mantenimiento mayor de los diferentes equipos de la Planta  en coordinación con el Centro de Control,    

     

h) Velar  por el oportuno y adecuado suministro de los repuestos y elementos necesarios  Para el correcto funcionamiento de los equipos de la Planta;    

     

i) Las  demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.    

     

Sección  de Operación,    

     

Artículo  75. Son funciones de la Sección de Operación:    

     

a)  Realizar las labores necesarias para la operación optima de la Planta  Termocartagena;    

     

b)  Coordinar con las Secciones de Servicios Técnicos, Mantenimiento y Operación  Centro de Control las paradas, el mantenimiento y puesta en servicio de las  unidades de la Planta Termocartagena    

     

c)  Elaborar y actualizar el Manual de Operaciones de las diferentes unidades y  equipos de la Planta;    

     

d)  Rendir los lnformes periódicos de actividades del personal de operación;    

     

e)  Elaborar y analizar los reportes de generación de energía de la Planta,  lecturas y consumo de combustible y lubricantes    

     

f)  Evaluar las pérdidas ocasionadas en la Planta y presentar soluciones Para  disminuirlas o evitarlas;    

     

g)  Establecer y organizar los turnos de operación de la planta;    

     

h) Velar  por la lntegridad y buen manejo de los equipos y responder por la eficiencia de  los recursos tanto humanos Como técnicos;    

     

i) Las  demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.    

     

Sección  de Mantenimiento.    

     

Artículo  76. Son funciones de la Sección de Mantenimiento:    

     

a)  Programar, organizar y ejecutar el mantenimiento eléctrico, mecánico y  electrónico, preventivo y correctivo de los equipos correspondientes de la  Planta Termocartagena;    

     

b)  Ejecutar las órdenes de trabajo para el mantenimiento de los diferentes equipos  de la Planta, de acuerdo a los procedimientos establecidos y reportar  oportunamente a la Sección de Servicios Técnicos el cumplimiento de éstos, a  fin de que se actualice la hoja de vida de los equipos;    

     

c)  Coordinar con la Sección de Servicios Técnicos de la División los programas de  mantenimiento preventivo y las. labores de mantenimiento correctivo;    

     

d)  Colaborar con la Sección de Seguridad Industrial en el establecimiento de las  normas respectivas y velar por su estricto cumplimiento;    

     

e)  Determinar oportunamente las necesidades de equipos materiales y. elementos de  trabajo para la prestación de un servicio eficiente y continuo;    

     

f)  Efectuar el control de calidad de los materiales, repuestos y elementos  solicitados por esta Sección;    

     

g)  Asesorar al personal de operación en la correcta utilización de los equipos y  manejo de instrumentos y participar en la elaboración de los Manuales de  Mantenimiento;    

     

h) Las  demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.    

     

Sección  de Servicios Técnicos.    

     

Artículo  77. Son funciones de la Sección de Servicios Técnicos:    

     

a)  Elaborar normas y procedimientos para efectuar los mantenimientos preventivo y  correctivo en coordinación con la División de Organización y Métodos;    

     

b)  Efectuar estudios y prestar alternativas a la División Planta sobre programas  de mantenimiento preventivo a los equipos de la Planta Termocartagena;    

     

c)  Realizar las actividades de coordinación que sean necesarias durante las  paradas y puesta en servicio de los equipos de generación    

     

d)  Llevar registros estadísticos actualizados sobre los trabajos efectuados a cada  equipo y la utilización de los repuestos y materiales Mantener catálogos e  información técnica actualizada para los estudios de selección y reposición de  equipos y materiales;    

     

e)  Conceptuar técnicamente en los procesos de adquisición de materiales, equipos y  repuestos necesarios para el normal funcionamiento de la Planta Termocartagena;    

     

f)  Llevar el control de los materiales solicitados y los utilizados para el  mantenimiento de la Planta y equipos de generación    

     

g) Hacer  inspecciones de equipos mediante pruebas de vibraciones y pruebas de  compartimiento Inspeccionar las tuberías mediante pruebas de ultrasonido;    

     

h)  Estudiar las modificaciones necesarias de los equipos e instalaciones de la  Planta;    

     

i)  Llevar las estadísticas sobre la operación y generación de Planta    

     

j)  Coordinar con otras dependencias especializadas y con la Sección de Seguridad  Industrial la elaboración de normas sobre manejo y utilización de los equipos  con el objeto de velar por la, seguridad del personal y prevenir daños en los  equipos;    

     

k)  Realizar los análisis químicos necesarios para controlar el tratamiento  adecuado del agua de alimentación a las calderas, del vapor para las turbinas y  de la Planta de intercambia iónico del agua    

     

l)  Analizar el combustible de las calderas y los aceites de lubricación y de  regulación de turbinas. Efectuar análisis periódicos de gases de conducción y  obtener la eficiencia del ciclo;    

     

m)  Coordinar sus actividades con las demás dependencias de la División para una  mayor eficiencia de los servicios y velar por el adecuado manejo de los equipos  y materiales de operación y mantenimiento;    

     

n) Las  demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.    

     

División  administrativa y Financiera.    

     

Artículo  78. Son funciones de la División Administrativa y Financiera:    

     

a)  Asistir a la Dirección Regional en la determinación de objetivos planes y  programas en las áreas administrativa y financiera    

     

b)  Dirigir, coordinar y controlar el desarrollo de las actividades administrativa  y financiera, de acuerdo con las normas y procedimiento establecidos tendientes  al normal funcionamiento de la Regional    

     

c)  Programar, en coordinación con la Subdirección Administrativa, la capacitación  y el bienestar social para el personal de la Dirección Regional;    

     

d)  Elaborar el anteproyecto de presupuesto anual de la Regional, presentarlo  oportunamente a la Subdirección de Planeación para su incorporación en el  proyecto de presupuesto general de la entidad y una vez aprobado velar por su  correcta ejecución;    

     

e) Velar  por el adecuado y oportuno suministro de los materiales, equipos, repuestos y  elementos requeridos para el normal desarrollo de las actividades de la  Regional    

     

f)  Coordinar con la Sección de Seguridad Industrial el establecimiento de normas  relacionadas con esta área y velar por su aplicación y cumplimiento;    

     

g)  Presentar. periódicamente los informes de actividades de la División y los  especiales que le sean encomendados por la Dirección Regional;    

     

h)  Coordinar con la División Comercial, las actividades relacionadas con la  adquisición de materiales, repuestos y bienes de origen nacional o importación  de acuerdo con las normas y procedimientos establecidos;    

     

i) Las  demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.    

     

Sección  de Servicios Administrativos.    

     

Artículo  79. Son funciones de la Sección de Servicios Administrativos:    

     

a)  Realizar las actividades de administración y desarrollo de personal, compras.  almacenes y servicios generales de la Regional de acuerdo con las normas y  procedimientos establecidos;    

     

b)  Coordinar con la División de Relaciones Industriales las actividades de  reclutamiento selección, inducción, entrenamiento, capacitación, promoción y  bienestar del personal de la Regional    

     

c)  Coordinar con la Sección de Administración de Personal las actividades de  registro, revisión y envío de las novedades del personal de la Regional para la  liquidación de la nómina y demás situaciones administrativas    

     

d)  Adelantar los trámites necesarios para la adquisición de materiales, equipos,  repuestos y. elementos requeridos por la Regional, de acuerdo con las normas y  procedimientos establecidos;    

     

e)  Organizar y controlar el adecuado manejo y almacenamiento de los materiales,  equipos, repuestos y elementos de la Regional, de acuerdo con las normas y  procedimientos establecidos para los Almacenes de la Corporación    

     

f)  Prestar los servicios de transporte, aseo, vigilancia, reparaciones Iocativas,  mantenimiento del parque automotor, archivo, correspondencia y demás servicios  de apoyo a las dependencias e instalaciones de la Regional    

     

g)  Rendir informes periódicos sobre el desarrollo delas actividades de la  División;    

     

h) Las  demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.    

     

Sección  Financiera.    

     

Artículo  80. Son funciones de la Sección Financiera:    

     

a)  Efectuar las actividades de carácter financiero en la Regional especialmente en  las áreas de presupuesto, contabilidad y pagaduría    

     

b)  Coordinar con las dependencias centrales el procesamiento de la información  financiera de acuerdo con los procedimientos establecidos    

     

c)  Codificar y efectuar los registros contables que se requieran para mantener  actualizado el sistema contable consolidado de la Corporación    

     

d)  Efectuar los pagos que se causen durante el normal desarrollo de las  actividades de la Regional siguiendo los procedimientos de control Interno que  establezca la Corporación;    

     

e)  Participar con la colaboración de las demás dependencias de la Dirección  Regional, en la elaboración del anteproyecto del presupuesto anual de ésta;    

     

f)  Presentar informes sobre la situación financiera de la Regional y formular las  recomendaciones del caso a la División Administrativa y Financiera;    

     

g) Las  demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.    

     

Dirección  Regional Termoguajira.    

     

Artículo  81. Son funciones de la Dirección Regional Termoguajira    

     

a)  Dirigir, coordinar y controlar las actividades técnicas, operacionales,  administrativa y financiera de la Dirección Regional    

     

b)  Dirigir, coordinar y controlar el proyecto de la Regional desde las fases de  factibilidad, diseño, construcción y pruebas continuando con la operación  comercial del mismo;    

     

c) Velar  que la ejecución de los contratos asignados a consultores, contratistas e  interventores cumplan con las especificaciones establecidas    

     

d)  Presentar a la Dirección General y a la Subdirección Técnica informes  actualizados sobre el avance y estado del proyecto a su cargo, durante las.  diferentes etapas del mismo;    

     

e)  Responder por la óptima operación de la Planta a su cargo y reportar a la  Subdirección de Operaciones el desarrollo de las actividades relacionadas con  su    

operación  comercial    

     

f)  Dirigir y controlar las actividades de las dependencias a su cargo y programar  sus necesidades de recursos en coordinación con las dependencias centrales de  la Corporación    

     

g)  Expedir los actos administrativos que sean necesarios para el funcionamiento  eficiente de la Regional, de acuerdo con las funciones que le hayan sido  asignadas;    

     

h)  Dirigir y controlar las actividades administrativas y financieras de la  Regional, de acuerdo con las normas y procedimientos establecidos en  coordinación con las subdirecciones correspondientes;    

     

i)  Rendir informes a la Dirección General sobre el desarrollo de las actividades  de las dependencias a su cargo;    

     

j) Las  demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.    

     

División  Planta Termoguajira    

     

Artículo  82. Son funciones de la División Planta Termoguajira:    

     

a)  Programar, dirigir y controlar la operación y el mantenimiento de la Planta  Termoguajira    

     

b)  Analizar en coordinación con la División Centro de Control, los intercambios y  balances de energía;    

     

c) Velar  por el cumplimiento de las normas de seguridad establecidas en la operación y  mantenimiento la Planta    

     

d) Tomar  medidas tendientes a la minimización de costos de operación y mantenimiento de  la Planta Termoguajira;    

     

e)  Vigilar el cumplimiento y actualización del Manual de Operaciones de la Planta;    

     

f)  Aplicar las políticas y líneas de acción que señale la Dirección. Regional y el  Centro de Control en lo relativo a generación de energía eléctrica;    

     

g) Fijar  prioridades para el mantenimiento mayor de los diferentes equipos de la planta  en coordinación con el Centro de Control;    

     

h) Velar  por el oportuno y adecuado suministro de los repuestos y elementos necesarios  para el correcto funcionamiento de os equipos de la Planta    

     

i) Las  demás que le .sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.    

     

Sección  de Operación    

     

Artículo  83. Son funciones de la Sección de Operación:    

     

a)  Realizar las labores necesarias para la operación optima de la Planta  Termoguajira;    

     

b)  Coordinar con las Secciones, de Servicios Técnicos, Mantenimiento y Operación  Centro de Control, las paradas, el mantenimiento y puesta en servicio de las  unidades de la Planta Termoguajira;    

     

c)  Elaborar y actualizar el Manual de Operaciones de las diferentes unidades y  equipos de la Planta    

     

d)  Rendir los informes periódicos de actividades del personal de operación    

     

e)  Elaborar y analizar los reportes de generación de energía de la Planta,  lecturas y consumo de combustible y lubricantes;    

     

f)  Evaluar, las pérdidas ocasionadas en la Planta y presentar soluciones para,  disminuirla o evitarlas;    

     

g)  Establecer y organizar los turnos de operación de la Planta;    

     

h)  Velar, por la integridad y buen manejo de los equipos y responder por la  eficiencia de los recursos tanto humanos como técnicos;    

     

i) Las  demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.    

     

Sección  de Mantenimiento.    

     

Artículo  84. Son funciones de la Sección de Mantenimiento:    

     

a)  Programar, organizar y ejecutar el mantenimiento eléctrico, mecánico y  electrónico, preventivo y correctivo de los equipos correspondientes de la  Planta Termoguajira;    

     

b  Ejecutar las órdenes de trabajo para. el mantenimiento de los diferentes  equipos de la Planta, de acuerdo con los procedimientos establecidos, y  reportar oportunamente a la Sección de Servicios Técnicos el cumplimiento de  éstos. a fin de que se actualice la hoja de vida de los equipos;    

     

c)  Coordinar con la Sección de Servicios Técnicos de la División, los programas de  mantenimiento preventivo y las labores de mantenimiento correctivo;    

     

d)  Colaborar con la Sección de Seguridad Industrial en el establecimiento de las  normas respectivas y velar por su estricto cumplimiento,    

     

e)  Determinar oportunamente las necesidades de equipo, materiales y elementos de  trabajo para la prestación de un servicio eficiente y continuo;    

     

f)  Efectuar el control de calidad de los, materiales, repuestos y elementos  solicitados por esta Sección;    

     

g)  Asesorar al personal de operación en la correcta utilización de los quipos y  manejo de instrumentos y particular en la elaboración de los Manuales de  Mantenimiento    

     

h) Las  demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.    

     

Sección  de Servicios Técnicos.    

     

Artículo  85. Son funciones de la Sección de Servicios Técnicos:    

     

a)  Elaborar normas y procedimientos para efectuar los mantenimiertos preventivos y  correctivo en coordinación con la División de Organización y Métodos;    

     

b)  Efectuar estudios y presentar alternativas a la División Planta sobre programas  de mantenimiento preventivo a los equipos de la Planta Termoguajira;    

     

c)  Realizar las actividades de coordinación que sean necesarias durante las  paradas y puesta en servicio de los equipos de generación    

     

d)  Llevar registros estadísticos actualizados sobre los trabajos trabajos  efectuados a cada equipo y la utilización de los repuestos y materiales,  mantener catalogo e información técnica actualizada para los estudios de  selección y reposición de equipos y materiales;    

     

e)  Conceptuar técnicamente en los procesos de adquisición de materiales equipos y  repuestos necesarios para el normal funcionamiento de la Planta Termoguajira;    

     

f)  Llevar el control de los materiales solicitados y los utilizados para el  mantenimiento de la Planta y equipo de generación:    

     

g) Hacer  inspecciones de equipos mediante pruebas. de vibraciones y pruebas de  comportamiento Inspeccionar las tuberías mediante pruebas de ultrasonido    

     

h)  Estudiar las modificaciones necesarias de los equipos e instalaciones de la  Planta;    

     

i)  Llevar las estadísticas sobre la operación y generación de la Planta;    

     

j)  Coordinar con otras dependencias especializadas y con la Sección de Seguridad  Industrial, la elaboración de normas sobre manejo y utilización de los equipos,  con el objeto de velar por la seguridad del personal y prevenir daños en los  equipos;    

     

k)  Realizar los análisis químicos necesarios para controlar el tratamiento  adecuado el agua de alimentación a las calderas, del vapor para las turbinas y  de la planta de intercambio iónico del agua;    

     

l)  Analizar el combustible de las calderas y los aceite de lubricación y de  regulación de turbinas. Efectuar análisis periódicos de gases de conducción y  obtener la eficiencia del ciclo    

     

m)  Coordinar sus actividades con las demás dependencias de la División para una  mayor eficiencia de los servicios y velar por el adecuado manejo de los equipos  y materiales de operación y mantenimiento;    

     

n) Las  demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.    

     

División  Administrativa y Financiera.    

     

Artículo  86. Son funciones de la División Administrativa y financiera:    

     

a)  Asistir a la Dirección Regional en la determinación de objetivos, planes y  programas en las áreas Administrativa y Financiera    

     

b)  Dirigir, coordinar y controlar el desarrollo de las actividades administrativas  y financieras, de acuerdo con las normas y procedimientos establecidos  tendientes al normal funcionamiento de la Regional;    

     

c)  Programar, en coordinación con la Subdirección Administrativa, la capacitación  y el bienestar social para el personal de la Dirección Regional;    

     

d)  Elaborar el anteproyecto de presupuesto anual de la Regional, presentarlo  oportunamente a la Subdirección de Planeación para su incorporación en el  proyecto de presupuesto, general de la Entidad y una vez aprobado, velar por su  correcta ejecución;    

     

e) Velar  por el adecuado y oportuno suministro de los materiales, equipos, repuestos y  elementos requeridos para el normal desarrollo de las actividades de la  Regional;    

     

f)  Coordinar con la Sección de Seguridad Industrial el establecimiento de normas  relacionadas con esta área y velar por su aplicación y cumplimiento;    

     

g)  Presentar periódicamente los informes de actividades de la División y los  especiales que le sean encomendados por la Dirección Regional:    

     

h)  Coordinar. con la División Comercial. las actividades relacionadas con la  adquisición de materiales, repuestos y bienes de origen nacional o importación,  de acuerdo con las normas y procedimientos establecidos;    

     

i) Las  demás que le sean asignadas y correspondan a la. naturaleza de la dependencia;    

     

Sección  de Servicios Administrativos.    

     

Artículo  87 Son funciones de la Sección de Servicios Administrativos:    

     

a)  Realizar las actividades de administración y desarrollo de personal, compras  almacenes y servicios generales de la Regional; de acuerdo con las normas y  procedimientos establecidos;    

     

b)  Coordinar con la División de Relaciones Industriales las actividades de.  reclutamiento, selección, inducción, entrenamiento, capacitación promoción y  bienestar del personal de la Regional;    

     

c)  Coordinar con la Sección de Administración de Personal las actividades de  registro, revisión y envío de las novedades del personal de la Regional para la  liquidación de la nómina y demás situaciones administrativas;    

     

d)  Adelantar los trámites necesarios para la adquisición de materiales equipos y  elementos requeridos por la regional, de acuerdo con las normas y  procedimientos establecidos    

     

e)  Organizar y controlar el adecuado manejo y almacenamiento de los materiales,  equipos repuestos y elementos de la Regional, de acuerdo con las normas y  procedimientos establecidos para los Almacenes de la Corporación;    

     

f)  prestar los servicios de transporte, aseo, vigilancia, reparaciones locativas,  mantenimiento del parque automotor, archivo, correspondencia y demás servicios  de apoyo a las dependencias e instalaciones de la regional;    

     

g)  Rendir informes periódicos sobre el desarrollo de las actividades a la División    

     

h) que  le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.    

     

Sección  Financiera.    

     

Artículo  88. Son funciones de la Sección Financiera:    

     

a)  Efectuar las actividades de carácter financiero, en la regional especialmente  en las áreas de Presupuesto Contabilidad y pagaduría;    

     

b)  Coordinar con las dependencias centrales el procesamiento de la información  financiera de acuerdo con los procedimientos establecidos;    

     

c)  Codificar y efectuar los registros contables que se requieran para mantener  actualizado el sistema contable consolidado de la Corporación;    

     

d)  Efectuar los pagos que se causen durante el normal desarrollo de las  actividades de la Regional siguiendo los procedimientos de control interno que  establezca la Corporación;    

     

e)  Participar con la colaboración de las demás dependencias de la Dirección  Regional, en la elaboración del anteproyecto del presupuesto anual de ésta;    

     

f)  Presentar informes sobre la situación financiera de la Regional y formular las  recomendaciones del caso a la División Administrativa y Financiera;    

     

g) Las  demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.    

     

División  Planta Termoballenas.    

     

Artículo  89 Son funciones de la División Planta Termoballenas:    

     

a)  Programar, dirigir y controlar la operación y el mantenimiento de la Planta  Termoballenas;    

     

b)  Analizar en coordinación con la División Centro de Control, los intercambios y  balances de energía;    

     

c) Velar  por el cumplimiento de las normas de seguridad establecidas en la operación y  mantenimiento de la Planta;    

     

d) Tomar  medidas tendientes a la minimización de costos de operación y mantenimiento de  la Planta Termoballenas;    

     

e)  Vigilar el cumplimiento y actualización del Manual de Operaciones de la Planta    

     

f)  Aplicar las políticas y líneas de acción que señale la Dirección Regional y el  Centro de Control en lo relativo a generación de energía eléctrica;    

     

g) Fijar  prioridades para el mantenimiento mayor de los diferentes equipo de la planta  en coordinación con el Centro de Control;    

     

h)  Coordinar sus actividades con la División Administrativa y financiera de la  Regional, especialmente en lo referente a las compras y recibo de repuestos,  materiales y elementos necesarios para la operación y sostenimiento de la  planta;    

     

i)  Presentar informes periódicos la Dirección Regional sobre el desarrollo de las  actividades de operación y sostenimiento de la Planta    

     

j) Las  demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia    

     

Sección  de Operación.    

     

Artículo  90. Son funciones de la Sección de Operación.    

     

a)  Realizar las labore necesarias para la operación de las turbinas a gas de la  PIanta Termoballena;    

     

b)  Coordinar con otras dependencia especializadas las paradas y puesta de los  servicios de los equipos generadores de gas    

     

c) Velar  por la obtimización de la operación de las turbinas a gas, elaborar y  actualizar el Manual de Operación respectivo;    

     

d)  Elaborar, en coordinación con la Sección de Seguridad Industrial. las normas  sobre manejo y utilización de los equipos y elementos de trabajo con el objeto  de velar por la seguridad del personal y prevenir daños en los equipos    

     

e)  Coordinar con otras dependencias la programación de las necesidades de  repuestos y el suministro de combustible requeridos para la operación normal y  continua de los equipos de generación a gas;    

     

f)  Informar periódicamente a la División sobre las actividades de operación  desarrolladas;    

     

g)  Mantener estadísticas que permitan evaluar los resultados de la operación de  los equipos;    

     

h) Las  demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.    

     

Sección  de Mantenimiento.    

     

Artículo  91. Son funciones de la Sección de Mantenimiento.    

     

a)  Programar, organizar y ejecutar el mantenimiento eléctrico, mecánico y  electrónico, preventivo y correctivo de los equipos correspondientes a la  Planta Termoballenas;    

     

b)  Ejecutar las ordenes de trabajo para el mantenimiento de los diferentes equipos  de la Planta, de acuerdo con las normas y procedimientos establecidos y  actualizar oportunamente la hoja de vida de los equipos    

     

c)  Colaborar con la Sección de Seguridad. Industrial en el establecimiento de las  normas respectivas y velar por su estricto cumplimiento;    

     

d)  Determinar oportunamente las necesidades de equipos, materiales y elementos de  trabajo para la prestación de un servicio eficiente y continuo;    

     

e)  Efectuar el control de calidad de los materiales, repuestos y elementos  solicitados esta sección;    

     

f)  Asesorar al personal de operación en la correcta utilización de los equipos y  manejo de instrumentos y participar en la elaboración de los Manuales de  Mantenimiento    

     

g) Las  demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.    

     

División  de Proyecto.    

     

Artículo  92. Son funciones de la División de Proyecto:    

     

a)  Dirigir, coordinar controlar la planeación y diseño del proyecto que le haya  sido asignado;    

     

b) Dirigir  y supervisar la construcción y demás obras que se adelantan y ejercer la  interventora de los contratos que se celebren con el mismo fin dentro del  desarrollo. del proyecto específico;    

     

c) Velar  porque la elaboración de los estudios y ejecución de las obras que se contraen  con terceros se ciñan a los requisitos y especificaciones establecidos en los  respectivos contratos;    

     

d)  Presentar informes periódicos sobre el adelanto del proyecto en sus diferentes  etapas;    

     

e)  Estudiar alternativas para el mejor desarrollo del proyecto, teniendo en cuenta  aspectos técnicos y socioeconómicos presentar las recomendaciones a la  Dirección Regional;    

     

f)  Dirigir los estudios tendientes a determinar las especificaciones técnica de  equipos y elementos para las adquisiciones necesarias durante el desarrollo del  proyecto y colaborar en la evaluación de las ofertas recibidas;    

     

g) Velar  por el adecuado y oportuno suministro de materiales, equipos, herramientas y  elementos que se requieran para el desarrollo del proyecto específico;    

     

h) las  demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia:    

     

Sección  de Planeación y Diseño.    

     

Artículo  93. Son funciones de la Sección de Planeación y Diseño:    

     

a)  Revisar las actividades que requiera el proyecto en su etapa de factibilidad y  diseño;    

     

b)  Estudiar alternativas para el mejor desarrollo del proyecto, teniendo encuenta  aspectos técnicos y socioeconómico y presentar y presentar recomendaciones a la  División    

     

c)  Diseñar y fijar las especificaciones requeridas para las adquisiciones  necesarias durante el desarrollo del proyecto y colaborar en la evaluación de  las ofertas recibidas;    

     

d)  Rendir informes a la División sobre el desarrollo de sus actividades y sobre el  avance de los estudios contratados con terceros;    

     

e)  Participar en la determinación de los aspectos técnicos de diseño del proyecto,  con el fin de estructurar los pliegos de licitaciones y participar en la  evaluación de las propuestas;    

     

f) Las  demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.    

     

Sección  de ejecución y control    

     

Artículo  94. Son funciones de la Sección de Ejecución y control    

     

a)  Supervisar y controlar la ejecución del proyecto en su etapa de montaje o  construcción y ejercer la interventoría de los contratos de los contratos que  se celebren con el mismo fin;    

     

b)  Verificar que los equipos, elementos y materiales suministrados por los  contratistas y proveedores cumplan con las especificaciones técnicas  estipuladas;    

     

c)  Verificar que la construcción y montaje de los equipos se realice de acuerdo  con las especificaciones establecidas    

     

d)  Coordinar reuniones de evaluación de avance de obras con los contratistas e  interventores del. proyecto y estudiar y proponer soluciones a los  inconvenientes presentados;    

     

e)  Realizar inventarios de elementos, herramientas, materiales y equipos que se  requieran para el desarrollo del proyecto específico y constatar su correcta  utilización;    

     

f)  lnformar a la División sobre el avance de las obras que se adelanten y demás  aspectos administrativos y técnicos relacionados con la construcción y / o  montaje del proyecto;    

     

g)  Coordinar con la División de Bienes la negociación de terrenos y permitan el  normal desarrollo del proyecto;    

     

h)  Participar en la prueba integral de los equipos e instalaciones anexos al  proyecto, y verificar que los parámetros de operación se encuentren dentro de  los rangos permitidos;    

     

i) Las  demás que le sean asignadas y corresponden a la naturaleza de la dependencia;    

     

Dirección  Regional del Proyecto Hidroeléctrico de Urrá.    

     

Artículo  95. Son funciones de la Dirección Regional del Proyecto Hidroeléctrico de Urrá:    

     

a)  Dirigir, coordinar y controlar las actividades técnicas, operacionales,  administrativas y financieras de la Dirección. Regional    

     

b)  Dirigir y controlar el Proyecto de la regional de la fase de factibilidad,  diseño, construcción y pruebas continuando con la operación comercial del mismo    

     

c) velar  que la ejecución de los contratos asignados a consultores, Contratistas e  interventores cumplan con las especificaciones establecidas    

     

d)  Presentar a Dirección General y a la sudirección Técnica informes actualizados  sobre el avance y estado del proyecto a su cargo, durante las diferentes etapas  del mismo;    

     

e)  Dirigir y controlar las actividades de las dependencias a su cargo y programar  sus necesidades de recursos en coordinación con las dependencias centrales de  la Corporación;    

     

f)  Expedir los actos administrativos que sean necesarios para el funcionamiento  Regional , de acuerdo con las funciones que le hayan sido asignadas;    

     

g)  Dirigir y controlar las actividades administrativas y financieras de la  Regional de acuerdo con las normas y procedimientos establecidos en  coordinación con las Subdirección correspondientes;    

     

h)  Rendir informes a la Dirección General sobre el desarrollo de las actividades  de las dependencias a su cargo;    

     

j) Las  demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia    

     

División  Electromecánica.    

     

Artículo  96. Son funciones de la División Electromecánica:    

     

a)  Dirigir y coordinar la evolución de las propuestas de consultores y contratista  que participen en los estudios preliminares y As licitaciones para el montaje  de los equipos eléctricos y mecánicos del proyecto;    

     

b) Velar  porque los estudios, diseños y montaje electromecánicos que la Corporación  contrate para la ejecución del proyecto, se desarrollen de acuerdo con las  normas vigentes;    

     

c)  Programar, dirigir y controlar las actividades de montaje, construcción,  pruebas y operación de los equipos eléctricos y mecánicos de las Centrales Urrá  I y ll;    

     

d)  Definir en coordinación con la Dirección Regional, la programación de las  actividades que se requieran en el Area electromecánica del proyecto,  estableciendo las prioridades respectivas    

     

e)  Inspeccionar la fabricación de los equipos electromecánicos de la Central y  dirigir las labores de interventoría durante la etapa de montaje de la obra.    

     

f)  Coordinar y supervisar el desarrollo de los estudios, licitaciones y contratos  que se ejecuten para el retiro o tratamiento de la biomasa de los embalses de  las Centrales Urrá I y II;    

     

g) Las  demás funciones que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la  dependencia;    

     

Sección  de Diseño y Montaje de Equipo Mecánico.    

     

Artículo  97. Son funciones de la Sección de Diseño y Montaje de Equipos Mecánicos:    

     

a)  Elaborar en coordinación, con las dependencias correspondientes los pliegos de  condiciones para las licitaciones que se desarrollen para el montaje y puesta  en servicio de los equipos mecánicos del proyecto, evaluar las ofertas y  presentar las recomendaciones del caso;    

     

b)  Coordinar o ejecutar directamente la interventoría de los contratos de montaje  y puesta en servicio de los. equipos mecánicos de la Central;    

     

c)  Elaborar los presupuestos oficiales y cronogramas de las obras de montaje  mecánico, controlar y visar la facturación correspondiente;    

     

d) velar  por el oportuno suministro de los materiales convenidos con el contratista  ejecutor de las obras, participando además en el control de calidad de los  mismos;    

     

e)  participar en coordinación con la División Electromecánica en las discusiones  técnicas de los contratos de montaje de los equipos mecánicos    

     

f) Las  demás funciones que le sean asignadas y correspondan a la, naturaleza de la  dependencia.    

     

Sección  de Diseño y Montaje de Equipos Eléctricos.    

     

Artículo  98. Son funciones de la Sección de Montaje de Equipos Eléctricos:    

     

a)  Elaborar en coordinación con las dependencias correspondientes los pliegos de  condiciones para las licitaciones que se desarrollen para el montaje y puesta  en servicio de los equipos eléctricos del proyecto, evaluar las ofertas, y  presentar las recomendaciones del caso;    

     

b)  Coordinar o ejecutar directamente la interventoría de los contratos de montaje  y puesta en servicio de los equipos eléctricos de la central;    

     

c)  Elaborar los presupuestos oficiales y los cronogramas Y las obras de montaje  eléctrico, controlar y visar la facturación correspondiente;    

     

d) Velar  por el oportuno suministro de los materiales convenidos con el contratista  ejecutor de las obras, participando además en el control de calidad de los  mismos.    

     

e)  Participar en coordinación con la División Electromecánica en las discusiones  técnicas de los contratos de montaje de los equipos eléctricos    

     

f) Las  demás funciones que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la  dependencia;    

     

División  de Obras Civiles    

     

Artículo  99 Son funciones de la División de Obras Civiles    

     

a)  Dirigir y controlar las actividades relacionadas con las obras civiles a  realizarse en los proyectos y efectuar las labores de interventoría sobre la  construcción de las mismas;    

     

b)  Coordinar la elaboración de pliegos de condiciones para la apertura de  licitaciones y evaluar las propuestas presentadas por los diferentes  contratistas de obras civiles;    

     

c)  Dirigir y mantener un sistema integrado de información acerca del desarrollo  del proyecto, de los costos correspondientes y presentar los informes  requeridos por la Dirección Regional;    

     

d)  Dirigir y coordinar las reuniones de evaluación de avance de obras con los  contratistas e interventores del proyecto y estudiar y proponer soluciones a  los inconvenientes que se presenten    

     

e)  Supervisar los estudios de construcción y operación de las obras de ingeniería  civil que resultan de las diferentes soluciones tendientes a mitigar los  impactos socio económicos y ambientales causados durante la construcción y  operación del proyecto;    

     

f)  Efectuar la revisión y aplicación de los aspectos técnicos involucrados en las  facturas de consultoría e interventoría y en las actas de construcción;    

     

g)  Coordinar con la División de bienes y demás la negociación de los terrenos y  servidumbres que permitan el normal desarrollo del proyecto;    

     

h) Las  demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.    

     

Sección  de Diseño de Obras Civiles.    

     

Artículo  100. Son funciones de la Sección de Diseños Civiles:    

     

a)  Participar en la determinación de los aspectos de diseños de las obras civiles  del proyecto con el fin de estructurar los pliegos de licitaciones, en la  evaluación de las propuestas y presentar las recomendaciones correspondientes;    

     

b)  Establecer Ios programas de trabajo del personal necesario para la elaboración  de los diseños de las diferentes obras civiles;    

     

c)  Mantener información actualizada sobre las características técnicas de los  materiales y demás datos complementarios que le proporcionen las herramientas  necesarias para realizar los estudios de diseño de las obras civiles del  proyecto;    

     

d)  Revisar y aprobar los cambios que se requieran en los diseños de las obras  civiles durante la etapa de ejecución del proyecto;    

     

e)  Coordinar los estudios de diseño, construcción y montaje de las obras de  Ingeniería Civil tendientes a mitigar los impactos socioeconómicos y  ambientales causados durante la construcción y operación del proyecto;    

     

f)  Participar en coordinación con la Sección de Control de Obras Civiles en las  discusiones técnicas que se realicen con los contratistas o consultores  relacionados con el desarrollo del proyecto;    

     

g) Las  demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.    

     

Sección  de Control de Obras Civiles.    

     

Artículo  101 Son funciones de la Sección de Control de Obras Civiles:    

     

a)  Elaborar en coordinación con las dependencias correspondientes los pliegos de  condiciones para las licitaciones de adquisición de materiales, construcción,  montaje y puesta en servicio de las obras civiles del proyecto, evaluar las  ofertas y presentar las recomendaciones del caso;    

     

b)  Coordinar o llevar a cabo directamente la interventoría de los contratos de  construcción, montaje y puesta en servicio de las obras civiles del proyecto;    

     

c)  Verificar que los equipos, elementos y materiales suministrados por los  contratistas cumplan con las especificaciones técnicas estipuladas en los  respectivos contratos;    

     

d)  Participar en las reuniones de evaluación de avance de obras con los  contratistas e interventores del proyecto y estudiar y proporcionar soluciones  a los inconvenientes que se presenten;    

     

e)  Coordinar y controlar la interventoría de las obras civiles que por su  naturaleza sean contratadas con firmas externas y rendir los informes técnicos  que presentan su evaluación;    

     

f)  Efectuar la revisión y aprobación de los aspectos técnicos involucrados en las  facturas de consultoría e interventoría y en las actas de construcción  relacionadas con el proyecto;    

     

g)  Asesorar a la División de Bienes en la negociación de los terrenos y  servidumbres que se requieran durante la ejecución del proyecto;    

     

h) Las  demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.    

     

Sección  de Programación y Control de Costos.    

     

Artículo  102 Son funciones de la Sección de Programación Control de Costos:    

     

a)  Diseñar los programas de análisis, diseño y construcción de las obras civiles  del proyecto implementar los mecanismos de control. necesarios para asegurar su  adecuada ejecución;    

     

b)  Establecer mecanismos de control que permitan revaluar permanentemente los  costos de ejecución de las obras civiles con el fin de reajustar los  presupuestos establecidos;    

     

c)  Establecer un sistema integrado de información acerca del desarrollo del  proyecto y de los costos correspondientes y presentar los informes requeridos;    

     

d)  Coordinar reuniones de evaluación de avance de obras con los contratistas e  interventores del proyecto y estudia y proponer soluciones a los inconvenientes  que se presenten    

     

e) Velar  por el cumplimiento de los plazos y condiciones estipulados en los contratos  con terceros, relacionados con la ejecución de las obras civiles del proyecto:    

     

f)  Recopilar y procesar en coordinación con la División de Sistemas, toda la  información relacionada con los avances del proyecto y presentar los informes  correspondientes;    

     

g)  Coordinar con la División de Bienes y demás dependencia de la de la  Corporación, la negociación del terreno y permisos que permitan el normal  desarrollo del proyecto;    

     

h) Las  demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.    

     

División  Administrativa y Financiera.    

     

Artículo  103. Son funciones de la División Administrativa y Financiera:    

     

a)  Servir de enlace entre la Dirección Regional y las demás dependencias de la  Corporación, con el fin de coordinar las actividades relacionadas con el manejo  administrativo en sus diferentes fases;    

     

b)  Coordinar con las dependencias centrales el procesamiento de la información  técnica administrativa y financiera que se requiera durante las etapas de  montaje y operación del proyecto;    

     

c)  Coordinar con la División Comercial las actividades relacionadas con la  adquisición de materiales, repuestos y bienes de origen nacional o  internacional, de acuerdo con las normas y procedimientos establecidos;    

     

d)  Programar en coordinación con la División de relaciones Industriales, las  actividades de reclutamiento, selección, inducción, entrenamiento capacitación,  promoción y bienestar del personal de la Regional;    

     

e)  Organizar y controlar el adecuado manejo y almacenamiento de los materiales,  equipos repuestos y elementos de la Regional, de acuerdo con las normas y  procedimientos establecidos en la Corporación;    

     

f)  Administrar de acuerdo con las normas y procedimientos establecidos en la  Corporación, el fondo rotatorio creado para ejecutar los pagos menores  requeridos en el sitio de construcción del proyecto y durante su operación;    

     

g) Las  demás funciones que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la  dependencia.    

     

Sección  de Servicios Administrativos    

     

Artículo  104. Son funciones de la Sección de Servicios Administrativos:    

     

a)  Realizar las actividades de administración y desarrollo de personal, compras,  almacenes y servicios generales de la Regional, de acuerdo con las normas y  procedimientos establecidos;    

     

b)  Coordinar con la División de Relaciones Industriales actividades de reclutamiento,  selección, inducción, entrenamiento, capacitación, promoción y bienestar del  personal;    

     

c)  Coordinar con las Secciones de Administración de personal las actividades de  registro, revisión y envío de las novedades del personal de la Regional para la  liquidación de la nómina y demás situaciones administrativas;    

     

d)  Adelantar los trámites necesarios. para la adquisición de materiales, equipos,  repuestos y elementos, requeridos por la Regional, de acuerdo con las normas y  procedimientos establecidos;    

     

e)  Organizar y controlar el adecuado manejo y almacenamiento o de los materiales,  equipos, repuestos y elementos de la Regional, de acuerdo con las normas y  procedimientos establecidos para los almacenes de la Corporación;    

     

f)  Prestar los servicios de transporte, aseo, vigilancia, reparaciones locativas,  mantenimiento del parque automotor, archivo, correspondencia y demás servicios  de apoyo a las dependencias e instalaciones de la Regional    

     

g)  Rendir informes periódicos sobre el desarrollo de las actividades a la  División;    

     

h) Las  demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia    

     

Sección  Financiera.    

     

Artículo  105. Son funciones de la Secciona Financiera:    

     

a)  Efectuar las actividades de carácter financiero en la Regional especialmente en  las áreas de Presupuesto, Contabilidad y Pagaduría;    

     

b)  Coordinar con las dependencias Centrales el procesamiento de la información  financiera, de acuerdo con los procedimientos establecidos;    

     

c)  Codificar y. efectuar los registros contables que se requieran para mantener  actualizado el sistema contable consolidado de la Corporación;    

     

d)  Efectuar los pagos que se causen durante el normal desarrollo de las  actividades de la Regional, siguiendo los procedimientos de control interno que  establezca la Corporación;    

     

e)  Participar con la colaboración de las demás dependencias de la Dirección  Regional, en la elaboración del anteproyecto del presupuesto anual de esta;    

     

f)  Presentar informes sobre la situación financiera de la, Regional y formular las  recomendaciones del caso a la División Administrativa y Financiera;    

     

g) Las  demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.    

     

Dirección  Regional del Proyecto Electrificacíon Rural.    

     

Artículo  106. Son funciones de la Dirección Regional del Proyecto Electrificación Rural:    

     

a)  Dirigir, programar, coordinar y controlar el programa regional de  electrificación rural, desde las fases de prefactibilidad y diseño hasta su  operación comercial;    

     

b)  Presentar a la Dirección General y a la Subdirección de Electrificadoras  Subsidiarias los informes actualizados sobre el avance y estado del proyecto  durante su planeación, diseño y ejecución;    

     

c)  Dirigir, coordinar y controlar las actividades de las dependencias a su cargo y  programar sus necesidades de recursos correspondientes, en coordinación con las  dependencias de la Corporación,    

     

d) Velar  que la ejecución de los contratos asignados a consultores, contratistas e  interventores cumplan con las especificaciones establecidas;    

     

e) Expedir  los actos administrativos que sean necesarios para el funcionamiento eficiente  del proyecto, de acuerdo con las funciones que le hayan sido asignadas    

     

f)  Coordinar con las Electrificadoras Subsidiarias y la Subdirección de  Operaciones la entrega en operación de los distintos proyectos del programa que  hayan llegado a su etapa final;    

     

g)  Presentar a las entidades de crédito que financian el proyecto, los informes  solicitados por éstas para el normal desarrollo del programa;    

     

h)  Coordinar las reuniones con las entidades crediticias para evaluar el avance  del proyecto en sus diferentes etapas;    

     

i)  Coordinar con la División de Bienes la consecución oportuna de los terrenos y  permisos necesarios para permitir el normal desarrollo del proyecto;    

     

j) Las  demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.    

     

División  de Estudios y Licitaciones,    

     

Artículo  107. Son funciones de la División de Estudios y Licitaciones:    

     

a)  Revisar y evaluar los estudios de factibilidad y diseño del programa regional  de Electrificación Rural de la Costa Atlántica y San Andrés y providencia,  realizados por los Consultores, correspondientes a las zonas interconectadas y  no interconectadas;    

     

b)  Elaborar los estudios y diseños que se requieran en el desarrollo de los planes  de electrificación del programa    

     

c)  Propender por la correcta elaboración de los pliegos de condiciones de los  proyectos del programa y efectuar la revisión final en coordinación con la  Dirección Regional;    

     

d)  Coordinar con la Oficina Jurídica las actividades relacionadas con la apertura  y cierre de las licitaciones que demande el proyecto;    

     

e)  Preparar los informes de evaluación de propuestas de las licitaciones, con el  fin de elaborar en asocio con la Dirección Regional y las otras dependencias de  la Entidad los informes finales producto del análisis técnico y económico;    

     

f)  Rendir informes periódicos a la Dirección Regional sobre el estado de los  diferentes estudios y licitaciones del proyecto y las especiales que le sean  solicitados;    

     

g) Las  demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.    

     

División  de Coordinación e Interventoría.    

     

Artículo  108. Son Funciones de la División de Coordinación e Interventoría:    

     

a)  Dirigir, coordinar y controlar las actividades relacionadas con la ejecución de  los proyectos de construcción y montaje del Programa Regional de  Electrificación Rural de la Costa Atlántica y San Andrés y Providencia    

     

b)  Coordinar, en asocio con la Sección de Administración y Programación y otras  dependencias de la corporación; el suministro oportuno de materiales y equipos  requeridos para el proyecto;    

     

c)  Establecer el seguimiento y control a las firmas contratadas para la ejecución  de las obras, para evaluar el desarrollo de las mismas;    

     

d) Velar  por el cumplimiento de plazo y condiciones estipulados en los contratos con  terceros, relacionados con la ejecución de obras;    

     

e)  Rendir Informes periódicos a la Dirección Regional sobre el estado y avance de  las obras    

     

f) Las  demos que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.    

     

Sección  de Administración y programación.    

     

Artículo  109 Son funciones de la Sección de Administración y Programación:    

     

a)  Programar las obras a ejecutarse dentro del Programa regional de Electrificación  Rural, y suministrar la información necesaria para el buen desarrollo del  proyecto;    

     

b)  Participar en asocio con la División de Estudios y Licitaciones, en la  programación y coordinación de la apertura, cierre y adjudicación de las  licitaciones relacionadas con los proyectos de la Regional    

     

c)  Coordinar con la División Comercial, las actividades relacionadas con la  recepción, almacenamiento, mantenimiento y despacho de los equipos y materiales  requeridas para el normal desarrollo del proyecto;    

     

d)  Establecer y mantener un sistema de información para la Dirección Regional, con  el fin de suministrar los informes requeridos    

     

e)  Preparar los informes periódicos requeridos por la Dirección Regional y los  especiales que le sean solicitados;    

     

f) Las demás  que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.    

     

Organos  de Asesoría y Coordinación.    

     

La  Corporación contará con los siguientes Organos de Asesoría y Coordinación:    

     

–Comité  de Dirección    

     

–Comisión  de Personal    

     

–Junta  de Licitaciones y Adquisiciones.    

     

–Comisión  Financiera del Sistema Integrado.    

     

–Comisión  Técnica del Sistema Integrado.    

     

–Comité  de Operación del Sistema integrado.    

     

–Comités  de Coordinación Interna.    

     

–Comité  de Dirección.    

     

Artículo  110. El Comité de Dirección, estará integrado por el Director General, quien lo  presidirá; los Subdirectores de la Corporación y el Secretario General, quien  actuará como Secretario del Comité. También podrán asistir los demás  funcionarios especializados .que ocasionalmente designe el Director de la  Corporación cuando su presencia se estime necesaria. Son funciones del Comité  de Dirección:    

     

a)  Trazar planes para el alcance de objetivos y metas propuestas;    

     

b)  Coordinar la ejecución de los planes y programas adoptados;    

     

c)  Estudiar previamente los asuntos que deban ser tratados por el Consejo  Directivo    

     

d)  Coordinar las actividades de las distintas, dependencias que. conforman la  estructura de la Corporación.    

     

Comisión  de personal.    

     

Artículo  111. La Comisión de Personal estará integrada por:    

     

a) El  Secretario General de la Corporación    

     

b) El  Jefe de la Oficina Jurídica    

     

c) Un  Representante de los empleados de la Corporación.    

     

Actuara  como Secretario el Jefe de la División de Relaciones Industriales. A las reuniones  podrán ser llamados los funcionarios que puedan aportar elementos de juicio en  los asuntos materia de estudio    

     

Esta  Comisión cumplirá las funciones que le asignen las disposiciones legales y  reglamentarias vigentes sobre la materia.    

     

Junta de  Licitaciones y Adquisiciones.    

     

Articulo  112. La Junta de Licitaciones y Adquisiciones estará integrada por:    

     

a ) El  Subdirector Administrativo, quien la presidirá;    

     

b) El  Subdirector del área correspondiente al asunto que se vaya a tratar;    

     

c) El  Jefe de la División de , Presupuesto y Contabilidad    

     

d) El  Jefe de la Oficina Jurídica.    

     

Actuará  como Secretario el Jefe de la División Comercial. El Auditor de la Contraloría  General de la República asistirá a las reuniones con voz, pero sin voto.    

     

La Junta  de Licitaciones y Adquisiciones cumplirá las funciones señaladas en las  disposiciones legales vigentes.    

     

Comisión  Financiera del Sistema lntegrado.    

     

Articulo  113. La Comisión Financiera del Sistema Integrado estará conformada por:    

     

a) El  Subdirector Financiero de la Corporación quien la presidirá,    

     

b) El  Subdirector de Electrificadoras Subsidiarias de la Corporación;    

     

c) Los  Gerentes de las distintas Electrificadoras Subsidiarias o los Subgerentes  Financieros, quienes actuarán como suplentes.    

     

Actuara  como Secretario de la Comisión el funcionario que designe su Presidente.    

     

A las  reuniones podrán ser llamados los funcionarios que puedan aportar elementos de  juicio en los asuntos materia de estudio.    

     

Son  funciones de la Comisión Financiera del Sistema Integrado:    

     

a)  Trazar los planes a corto, mediano y largo plazo que en el área financiera  requieran Corelca y las Electrificadoras Subsidiarias, con el objeto de  optimizar en forma integral la utilización de los recursos;    

     

b)  Determinar cursos de acción a seguir en relación con las políticas tarifarias  de cada Entidad, teniendo en cuenta las condiciones de cada una de ellas y sus  relaciones con las demás;    

     

c)  Seguir el desarrollo de los planes acordados y tomarlas medidas que aseguren su  cumplimiento.    

     

Comisión  Técnica del Sistema Integrado.    

     

Artículo  114. La Comisión Técnica del Sistema Integrado estará conformada por:    

     

a) El  Subdirector Técnico de la Corporación, quien la presidirá    

     

b) El  Subdirector de Electrificadoras Subsidiarias o su delegado;    

     

c) El  Subdirector de Planeación de Corelca o su delegado    

     

d) Los  Jefes de División de Ingeniería y de Construcciones de Corelca;    

     

e) Los  Gerentes de las distintas Electrificadoras Subsidiarias o los Subgerentes  encargados del área técnica, quienes actuarán como suplentes.    

     

Actuará  como Secretario de la Comisión el funcionario que designe su Presidente.    

     

Son  funciones de la Comisión:    

     

a)  Identificar estudios de transformación, transmisión, subtransmisión y  distribución comunes y particulares de Corelca y las Electrificadoras  Subsidiarias con el fin de optimizar la utilización de los recursos a través de  una acción coordinada e integral;    

     

b) Fijar  objetivos y trazar los planes a corto y mediano plazo que permitan mejorar la  prestación del servicio eléctrico de la Costa Atlántica    

     

c)  Evaluar las experiencias obtenidas con los Consultores y Contratistas de la  Región para tomar acciones correctivas y de coordinación;    

     

d)  Colaborar con la Dirección General de Corelca y las Gerencias de las  Electrificadoras en la fijación de políticas regionales sobre el diseño,  construcción y montaje de proyectos identificados;    

     

e)  Seguir el desarrollo de los planes acordados y tomar las medidas que aseguren  el cumplimiento de los objetivos fijados.    

     

Comité  de Operación del Sistema Integrado.    

     

Artículo  115 El Comité de Operación del Sistema Integrado estará conformado por:    

     

a) El  Subdirector de Operaciones de Corelca, quien lo presidirá;    

     

b) El  Subdirector de Electrificadoras Subsidiarias o su delegado;    

     

c) Los  Directores Regionales de Termocartagena y Termoguajira    

     

d) Los  jefes de División del Centro de Control, Planta Termobarranquilla y Transmisión  de la Corporación;    

     

e) Los  Gerentes de las distintas Electrificadoras Subsidiarias que operan dentro del  sistema o los Subgerentes encargados de la Operación, quienes actuarán como  suplentes.    

     

Actuará  como Secretaria del comité el Jefe de la Sección de, Operación del Centro de  Corelca.    

     

Son  funciones del Comité    

     

a) Fijar  objetivos y trazar los planes a corto y mediano plazo que permitan mejorar la  prestación del servicio eléctrico del Sistema Interconectado;    

     

b).Optimizar  la utilización de los recursos para la operación y el mantenimiento de los  equipos de Corelca y de las Electrificadoras Subsidiarias a través de una acción  coordinada e integral;    

     

c)  Determinar las necesidades a corto y mediano plazo de Corelca y de las  Electrificadoras Subsidiarias a la prestación de un servicio de suministro de  energía eléctrica eficiente y confiable en todo el área de influencia del sistema,    

     

d)  Seguir el desarrollo de los planes acordados y tomar las medidas que aseguren  el cumplimiento de los objetivos fijados,    

     

Comités  de Coordinación Interna.    

     

Artículo  116. Para una mejor organización del trabajo en cada una de las Subdirecciones  y Direcciones Regionales de la Corporación funcionará un Comité de Coordinación  Interna confirmado por el Subdirector o Director Regional y por las Divisiones  y Secciones que integran las anteriores    

     

El  Comité de Coordinación Interna será presidido por el Subdirector o Director  Regional y hará las veces de Secretario, el funcionario que designe su  Presidente.    

     

El  Comité de Coordinación Interna tendrá a su cargo la programación y coordinación  de las actividades que deban desarrollarse en las diferentes áreas y proponer  soluciones viables a los problemas de .orden técnico y administrativo que  puedan presentarse.    

     

Artículo  117 El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su aprobación por el  Gobierno Nacional y deroga las disposiciones que le sean contrarias, en  especial el Acuerdo 03 de 1983, emanado del Consejo Directivo de Corelca.    

     

Comuníquese  y cúmplase.    

Dado en  Barranquilla a los once (11) días del mes de junio de mil novecientos ochenta y  seis (1986).    

     

(Fdo.)  Iván Duque Escobar,    

Presidente  del Consejo Directivo,    

     

(Fdo)  José Domingo Dávila Armenta,    

Secretario”.    

     

Artículo  2° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su, publicación en el  Diario Oficial y deroga las disposiciones que le sean contrarias.    

     

Publíquese  y cúmplase.    

Dado en  Bogotá, D.E., a 1° de septiembre de 1987.    

     

VIRGILO  BARCO    

     

El  Ministro de Minas y Energía.    

Guillermo  Perry Rubio    

           

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