DECRETO 1637 DE 1985
(junio 18)
Por el cual se incorpora una unidad a flete al servicio naviero armada Republica de Colombia, Senarc.
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo 1° Con fecha 21 de junio de mil novecientos ochenta y cinco (1985), incorpórase al Servicio Naviero Armada República de Colombia, “Senarc”, el remolcador fluvial A.R.C., “Igaraparana”, unidad construida directamente por la empresa con recursos del presupuesto nacional‑Ministerio de Defensa.
Artículo 2° La unidad a que se refiere el presente Decreto, tendrá la calidad de “Embarcación Militar”, de conformidad con el artículo 21 del Decreto 100 de enero 18 de 1984.
Artículo 3° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 18 de junio de 1985.
BELISARIO BETANCUR
El Ministro de Defensa Nacional,
General MIGUEL VEGA URIBE.