DECRETO 161 DE 1989

Decretos 1989

DECRETO 161 DE 1989    

(enero 20)    

 Por el cual se modifica el Estatuto Interno de la Caja  de Retiro de las Fuerzas Militares.    

 Nota: Modificado parcialmente  por el Decreto 1416 de 1994.    

 El  Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales,    

DECRETA:    

ARTICULO 1° Apruébase la modificación al Estatuto  Interno de la Caja de Retiro de las Fuerzas Militares, adoptada por su Junta  Directiva mediante Acuerdo número 043 del 28 de diciembre de 1988, cuyo texto  es el siguiente:    

«ACUERDO NÚMERO 043 DE 1988    

(diciembre 28)    

“por el cual se modifica el Estatuto Interno de  la Caja de Retiro de las Fuerzas Militares”.    

La Junta Directiva de la Caja de Retiro de las Fuerzas  Militares, en ejercicio de sus facultades legales y estatutarias y oído el  concepto de la Secretaría de Administración Pública de la Presidencia de la  República,    

ACUERDA:    

Artículo 1° El literal g) del artículo 14, del Acuerdo  046 de 1984, quedará así:    

g) Emitir concepto previo y favorable para la  adjudicación, celebración y ejecución de los contratos y demás actos de  disposición cuya cuantía sea superior a ochocientos (800) salarios mínimos  legales mensuales vigentes.    

Artículo 2° El literal g) del artículo 22, del Acuerdo  046 de 1984, quedará así:    

g) Realizar las operaciones, expedir los actos,  suscribir los contratos y demás actos de disposición que sean necesarios para  el cumplimiento de los objetivos de la Caja, ateniéndose a las disposiciones  legales y reglamentarias vigentes y al presente Estatuto. Cuando la cuantía  exceda a ochocientos (800) salarios mínimos legales mensuales vigentes,  requerirá del concepto previo y favorable de la Junta Directiva.    

Artículo 3° El presente Acuerdo deroga las  disposiciones que le sean contrarias, en especial el literal g) del artículo 14  y el literal g) del artículo 22 del Acuerdo 046 de 1984, requiere de la  aprobación del Gobierno Nacional y rige a partir de la fecha de publicación del  Decreto respectivo.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en  Bogotá, D. E., a 28 de diciembre de 1988.    

(Fdo.)  General MANUEL J. GUERRERO PAZ, Ministro de Defensa Nacional y Presidente  honorable Junta Directiva.    

(Fdo.)  Coronel (r) CARLOS E. CERON, CAYCEDO, Secretario honorable Junta Directiva».    

Artículo  2° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.    

Publíquese  y cúmplase.    

Dado en  Bogotá, D. E., a 20 de enero de 1989.    

VIRGILIO BARCO    

El  Ministro de Defensa Nacional,    

GENERAL MANUEL J. GUERRERO PAZ.

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