DECRETO 155 DE 1988

Decretos 1988

DECRETO 155 DE 1988    

(enero 26)    

     

Por  el cual se aprueba la Estructura Orgánica de la Unidad Administrativa  Especial-ITEC.    

     

Nota:  Derogado por el Decreto 2462 de 1999.    

     

El Presidente de la  República de Colombia, en ejercicio    

de sus atribuciones  legales y,    

     

CONSIDERANDO:    

     

1. Que mediante la Ley 04 de 1987 se  organizó el ITEC como una Unidad Administrativa Especial con carácter de  institución pública de educación superior de conformidad con el artículo 50 del  Decreto número  80 de 1980, adscrita a la Empresa Nacional de Telecomunicaciones-TELECOM.    

     

2. Que mediante el Decreto  1953 de octubre 16 de 1987 se reglamentó parcialmente la Ley 4ª de 1987.    

     

3. Que el Consejo  Superior del ITEC, mediante Acuerdo número 003 de noviembre 4 de 1987  estableció la estructura orgánica del Instituto Tecnológico de Electrónica y  Comunicaciones y se determinaron las funciones de sus dependencias.    

     

4. Que la estructura orgánica  del ITEC tiene aprobación previa de la Junta Directiva de Telecom, mediante  Resolución JD‑000094 de diciembre 21 de 1987,    

     

DECRETA:    

     

ARTICULO 1° Apruébase  la estructura orgánica del ITEC, establecida por Acuerdo número 003 de  noviembre 4 de 1987, del Consejo Superior.    

     

ACUERDO NÚMERO 003 DE  1987    

(noviembre 04)    

     

por el cual se establece la estructura  orgánica del Instituto Tecnológico de Electrónica y Comunicaciones y se  determinan las funciones de sus dependencias.    

     

El Consejo Superior  del Instituto Tecnológico de Electrónica y Comunicaciones, en uso de sus  facultades legales y estatutarias, en especial las conferidas por el Decreto número  1953 de 1987 y oído el concepto de la Secretaría de Administración Pública  de la Presidencia de la República.    

     

ACUERDA:    

     

DE LA ESTRUCTURA  ORGANICA    

     

Artículo 1° La estructura  orgánica del Instituto Tecnológico de Electrónica y Comunicaciones será la  siguiente:    

     

1. Consejo Superior.    

2. Dirección.    

3. División Académica.    

3.1 Sección Formación.    

3.1.1 Grupo de  Programación y Evaluación.    

3.1.2 Grupo de  Docencia.    

3.2 Sección de  Capacitación Técnica.    

3.2.1 Grupo de  Programación y Evaluación.    

3 2.2 Grupo de  Docencia Conmutación, Transmisión.    

3.2.3 Grupo de  Docencia Planta Externa y Electro mecánica.    

3.3 Sección de  Capacitación Administrativa.    

3.4 Sección de  Recursos Educativos y Publicaciones.    

4. División de  Investigación.    

5. División Financiera‑Administrativa.    

5.1 Sección  Financiera.    

5.2 Sección  Administrativa.    

5.2.1 Grupo de  Administración de Personal.    

5.2.2 Grupo de Compras  y Servicios Generales.    

5.3 Sección Secretaría  Académica.    

6. Organos de Asesoría  y Coordinación.    

6.1 Comité Académico.    

6.2 Comité de  Administración y Servicios.    

6.3 Comité de  Investigación.    

6.4 Comités de  Capacitación.    

     

DE LAS FUNCIONES    

     

Artículo 2° El Consejo  Superior y el Director, cumplirán las funciones a ellos asignadas por el Decreto 1953 de 1987  y demás disposiciones vigentes.    

     

Artículo 3° DIVISION  ACADEMICA. Son funciones de la División Académica:    

     

a) Asesorar a la  Dirección en la formulación de los planes y programas de formación y  capacitación que deba adelantar el Instituto en cumplimiento de sus objetivos;    

     

b) Estructurar de  acuerdo con las necesidades de Telecom y del sector de las telecomunicaciones,  los programas de formación tecnológica;    

     

c) Planear, diseñar y  controlar la ejecución de los programas de carácter académico que se establezcan  en los planes de estudio;    

     

d) Promover y  colaborar en la ejecución de los proyectos que desarrolle la División de  Investigación;    

     

e) Presentar a la  Dirección, los estudios que estime convenientes para la creación, modificación  o supresión de programas;    

     

f) Proponer para su  adopción criterios de selección, vinculación, evaluación, capacitación y  promoción para el personal docente;    

     

g) Coordinar y evaluar  los programas que sean implementados a través de convenios con otras entidades;    

     

h) Determinar las  pautas a seguir en la selección y admisión de los estudiantes;    

     

i) Colaborar en la  preparación del proyecto anual de presupuesto del Instituto;    

     

j) Divulgar los  programas de capacitación y docencia que ofrezca el Instituto;    

     

k) Dirigir y controlar  la prestación de los servicios de biblioteca y recursos educativos;    

     

l) Las demás que le  sean asignadas y correspondan a su naturaleza.    

     

Artículo 4° SECCION  DE FORMACION. Son funciones de la Sección de Formación:    

     

a) Planear, organizar  y evaluar el desarrollo de los programas de educación superior que adelante el  Instituto;    

     

b) Atender y coordinar  la prestación de servicios docentes de los diferentes programas;    

     

c) Investigar las  necesidades que sobre formación tengan la empresa y el sector de las telecomunicaciones;    

     

d) Coordinar la  utilización de los equipos y laboratorios requeridos para ejecutar los  programas de formación;    

     

e) Elaborar las  agendas de formación y catálogos de cursos;    

     

f) Promover y coordinar  la participación de los estudiantes y docentes en los proyectos de  investigación;    

     

g) Impulsar la  producción de material didáctico que requiera en la ejecución de sus labores;    

     

h) Rendir informes a  la División Académica sobre el desarrollo de sus actividades;    

     

i) Las demás funciones  que le sean asignadas y correspondan a su naturaleza.    

     

Artículo 5° SECCIONES  DE CAPACITACION. Son funciones de las Secciones de Capacitación, según su  especialidad:    

     

a) Investigar las necesidades  que sobre capacitación tenga Telecom y el sector de las telecomunicaciones;    

     

b) Diseñar, controlar,  ejecutar y evaluar los programas de capacitación;    

     

c) Elaborar los  proyectos de agendas de capacitación y catálogos de cursos;    

     

d) Planear los  recursos financieros y técnicos, requeridos para desarrollar los programas de  capacitación;    

     

e) Divulgar las  políticas y cursos de capacitación;    

     

f) Coordinar la  utilización de equipos, talleres y laboratorios para ejecutar las programas de  capacitación;    

     

g) Promover y  coordinar la participación de los docentes en proyectos de investigación;    

     

h) Promover e impulsar  la producción de material didáctico y para los docentes;    

     

i) Coordinar,  controlar y evaluar los programas y cursos de capacitación desarrollados a  través de convenios entre Telecom y otras entidades;    

     

j) Las demás funciones  que le sean asignadas y correspondan a su naturaleza.    

     

Parágrafo. La Sección  de Capacitación Técnica, además de las funciones señaladas en el presente  artículo planeará, programará, controlará y evaluará la capacitación ofrecida  por los fabricantes.    

     

Artículo 6° SECCION  DE RECURSOS EDUCATIVOS Y PUBLICACIONES. Son funciones de la Sección de Recursos  Educativos y Publicaciones:    

     

a) Asesorar a los  docentes en el diseño y montaje de cursos, y utilización de material didáctico;    

     

b) Elaborar el  material didáctico, soporte para la docencia e investigación;    

     

c) Prestar entre  otros, los servicios de diagramación, edición y publicación que requieran las diferentes  dependencias de la Unidad Administrativa;    

     

d) Administrar los  servicios de biblioteca;    

     

e) Ofrecer los  servicios bibliográficos de documentación y de publicaciones periódicas;    

     

f) Prestar los servicios  de ayudas y equipos que contribuyan a un mejor docencia;    

     

g) Coordinar y  asesorar en la selección y compra de material audiovisuales y bibliográfico;    

     

h) Diseñar y producir  audiovisuales de dibujo, fotografía e impresión;    

     

i) Administrar, actualizar  y mantener los laboratorios a su cargo;    

     

j) Las demás funciones  que le sean asignadas y correspondan a su naturaleza.    

     

Artículo 7° GRUPOS DE  PROGRAMACION Y EVALUACION. Son funciones de los Grupos de Programación y  Evaluación según su especialidad:    

     

a) Estructurar de  acuerdo con las necesidades de la empresa y del sector de las  telecomunicaciones, los programas académicos;    

     

 b) Diseñar los  programas docentes con sus respectivos pénsunes y descripciones curriculares de  los cursos de formación en coordinación con los Grupos de Docencia;    

     

c) Diseñar objetivos,  contenidos, duración, metodología y recursos necesarios para los programas y  cursos de su responsabilidad en coordinación con los Grupos de Docencia;    

     

d) Determinar y  aplicar sistemas de control y evaluación de los programas académicos;    

     

e) Determinar las  necesidades de recursos docentes, financieros, y técnicos, requeridos para el  desarrollo de los programas;    

     

f) Estructurar  proyectos de investigación dentro de los programas docentes;    

     

g) Establecer los  requisitos y el proceso de admisión de aspirantes a programas de formación y  capacitación;    

     

h) Las demás funciones  que le sean asignadas y correspondan a su naturaleza.    

     

Artículo 8° GRUPOS DE  DOCENCIA. Son funciones de los Grupos de Docencia, según su especialidad:    

     

a) Ejecutar los  programas docentes;    

     

b) Coordinar y  participar en el desarrollo de proyectos de investigación;    

     

c) Coordinar la  utilización de equipos, talleres y laboratorios para ejecutar los programas  específicos;    

     

d) Informar sobre las  necesidades de recursos financieros y técnicos para el desarrollo de sus  labores;    

     

e) Informar sobre las  labores desarrolladas que permitan mantener el registro académico de los  alumnos;    

     

f) Diseñar el contenido  del material didáctico requeridos para la docencia y coordinar su producción y  divulgación;    

     

g) Coordinar con el  Grupo de Programación y Evaluación el diseño de los cursos;    

     

h) Las demás funciones  que le sean asignadas y correspondan a su naturaleza.    

     

Artículo 9° DIVISION  DE INVESTIGACION. Son funciones de la División de Investigación:    

     

a) Identificar las  necesidades de investigación desarrollo en el campo de las telecomunicaciones;    

     

b) Identificar, plantear,  estudiar y resolver problemas técnicos relacionados con las telecomunicaciones;    

     

c) Proponer políticas  sobre normalización, producción y ensamble de elementos y partes componentes o  aparatos y sistemas de telecomunicaciones;    

     

d) Estudiar y difundir  los avances científicos y tecnológicos del sector de las telecomunicaciones  para el logro de las transferencias tecnológicas;    

     

e) Coordinar la  participación de estudiantes en los proyectos de investigación y supervisar el  desarrollo de proyectos de grado;    

     

f) Controlar la  ejecución de los proyectos de investigación contratados por la Unidad  Administrativa Especial ITEC;    

     

g) Programar e  informar las necesidades de recursos financieros e institucionales para el  desarrollo de sus labores;    

     

h) Prestar servicios  de asesoría a entidades educativas y empresas de telecomunicaciones en el área  de la investigación y avances tecnológicos;    

     

i) Administrar,  mantener y actualizar los equipos laboratorios específicos para ejecutar los  programas de investigación;    

     

j) Colaborar con  Telecom en la concesión de permisos o promesas del uso o usufructo de los  procedimientos y medios de sus invenciones patentadas.    

     

k) Participar en  actividades docentes;    

     

l) Asesorar y  recomendar la adquisición de licencias, patentes y derechos necesarios para los  fines de la investigación;    

     

m) Coordinar la  preparación de material para su publicación;    

     

n) Informar a la  Dirección sobre el desarrollo de las funciones asignadas;    

     

ñ) Las demás funciones  que le sean asignadas y correspondan a su naturaleza.    

     

Artículo 10. DIVISION  FINANCIERO-ADMINISTRATIVA. Son funciones de la División  Financiero-Administrativa:    

     

a) Dirigir y coordinar  las actividades relacionadas con la prestación de los servicios    

Financieros y Administrativos  de la Unidad;    

     

b) Ejecutar y  controlar las actividades presupuestales contables y financieras de la Unidad  de conformidad con las normas fiscales y administrativas vigentes;    

     

c) Establecer,  proyectar y controlar los costos en que incurre la Unidad Administrativa  Especial-ITEC, en la ejecución de sus objetivos;    

     

d) Planear, coordinar  y dirigir los procedimientos y gestiones relacionadas con la adquisición de  bienes y servicios, el almacenamiento de elementos y la racionalización de su  distribución;    

     

e) Coordinar los  procesos de administración y control de personal de la Unidad Administrativa  Especial ITEC;    

     

f) Planear, coordinar  y controlar la admisión y registro académico de los alumnos de los diferentes  programas y cursos;    

     

g) Planear, coordinar  y controlar las actividades encaminadas a brindar bienestar a los estudiantes;    

     

h) Las demás funciones  que le sean asignadas y correspondan a su naturaleza.    

     

Artículo 11. SECCION  FINANCIERA. Son funciones de la Sección Financiera:    

     

a) Cumplir las normas  presupuestales en sus etapas de programación, ejecución y control, así como las  relacionadas con acuerdos, transferencias, aportes, traslados y adiciones;    

     

b) Preparar el  anteproyecto y proyecto de ejecución del presupuesto, su distribución regional  y el de desagregación requerida;    

     

c) Registrar y  controlar la ejecución presupuestaria, certificar su estado y elaborar los  acuerdos de obligaciones y ordenación de gastos según las normas legales sobre  la materia;    

     

d) Elaborar y tramitar  las modificaciones y ajustes al presupuesto de la Unidad Administrativa  Especial ITEC, de acuerdo con los resultados mensuales de ejecución;    

     

e) Revisar las cuentas  y contratos de la Unidad Administrativa Especial-ITEC, ejecutar las  imputaciones y trámites para el pago;    

     

f) Realizar el  adecuado recaudo y control de los dineros que ingresen a la Unidad;    

     

g) Girar y tramitar  los cheques para el pago de las obligaciones que deba cancelar, de acuerdo con  las normas y procedimientos fiscales vigentes;    

     

h) Presentar  periódicamente la relación de informes de ingresos y egresos de la Unidad  Administrativa Especial-ITEC;    

     

i) Ejecutar y  coordinar los procesos contables en sus aspectos financieros, presupuestal y de  costos;    

     

j) Gestionar las  cobranzas correspondientes a servicios prestados por la Unidad Administrativa  Especial-ITEC;    

     

k) Las demás funciones  que le sean asignadas y correspondan a su naturaleza.    

     

Artículo 12. SECCION  ADMINISTRATIVA. Son funciones de la Sección Administrativa:    

     

a) Planear, coordinar,  dirigir y ejecutar los procedimientos y gestiones relacionados con la  adquisición de bienes y servicios, el almacenamiento de elementos y la  racionalización de su distribución;    

     

b) Adelantar los  procesos relacionados con la administración y control de personal de la Unidad  Administrativa Especial-ITEC;    

     

c) Controlar el  mantenimiento y conservación de las instalaciones de la Unidad Administrativa  Especial ITEC;    

     

d) Las demás funciones  relacionadas con su objetivo que le sean asignadas.    

     

Artículo 13. GRUPO  ADMINISTRACION DE PERSONAL. Son funciones del Grupo Administración de Personal:    

     

a) Llevar el registro  y control del personal de planta y a contrato de la Unidad Administrativa  Especial ITEC;    

     

b) Cuidar que la Unidad  se mantenga permanentemente dentro de las normas vigentes en lo que se refiere  a las relaciones con sus profesores y empleados;    

     

c) Organizar,  programar y coordinar actividades encaminadas a la orientación, consejería y  bienestar de los estudiantes;    

     

d) Efectuar el trámite  y control oportuno de las comisiones de estudio en el exterior del personal de  la Empresa;    

     

e) Las demás que le  sean asignadas y correspondan a su naturaleza.    

     

Artículo 14. GRUPO DE  COMPRAS Y SERVICIOS GENERALES. Son funciones del Grupo de Compras y Servicios  Generales:    

     

a) Realizar el proceso  de adquisición de bienes y servicios y atender el suministro de los mismos a  las diferentes dependencias;    

     

b) Elaborar el plan  anual de compras para la Unidad;    

     

c) Preparar los  pliegos de condiciones para las licitaciones;    

     

d) Llevar el registro  de proponentes efectuando los procesos de inscripción, calificación y  clasificación;    

     

e) Analizar y  recomendar las conveniencias técnicas económicas y demás referentes a las  cotizaciones, ofertas y negocios a efectuar;    

     

f) Efectuar compras  por la modalidad de caja menor y fondo rotatorio y tramitar su oportuno  reembolso de acuerdo con la reglamentación vigente;    

     

g) Recibir físicamente  los materiales y elementos entregados por los proveedores y verificar su  correspondencia con los documentos soportes;    

     

h) Responder por el  almacenamiento adecuado de elementos y materiales;    

     

i) Rendir la cuenta  mensual del movimiento de almacén y mantener actualizados los registros, kárdex  y demás información relacionada;    

     

j) Elaborar el  inventario físico de existencias de acuerdo con las normas vigentes y adelantar  los trámites de traspasos y bajas;    

     

k) Prestar o  supervisar los servicios de aseo y vigilancia y demás servicios generales requeridos;    

     

l) Mantener, conservar  y adecuar las instalaciones y equipos de oficinas;    

     

m) Las demás que le  sean asignadas y correspondan a su naturaleza.    

     

Artículo 15. SECCION  SECRETARIA ACADEMICA. Son funciones de la Sección Secretaría Académica:    

     

a) Planear y organizar  el sistema de admisiones, registro y control de los estudiantes de acuerdo con  la reglamentación Académica;    

     

b) Expedir las  certificaciones y constancias solicitadas por los alumnos y exalumnos;    

     

c) Tramitar las  matrículas estudiantiles y verificar la legalidad de los documentos;    

     

d) Elaborar y  refrendar los diplomas y títulos que otorgue el Instituto de acuerdo con la  reglamentación existente;    

     

e) Organizar, procesar  y llevar actualizados el archivo de hojas de vida y registros académicos de los  alumnos y exalumnos;    

     

f) Llevar las  estadísticas Académicas;    

     

g) Las demás que le  sean asignadas y correspondan a su naturaleza.    

     

Artículo 16. ORGANOS  DE ASESORIA Y COORDINACION. La integración y funciones de los Comités  Académico, de Administración y Servicios, de Investigación y de Capacitación,  son las establecidas en el Estatuto Interno de la Unidad Administrativa  Especial-ITEC.    

     

Artículo 17. El  presente acuerdo requiere para su validez, la aprobación de la Junta Directiva de  Telecom y del Gobierno Nacional.    

     

Bogotá, D. E.,  noviembre 4 de 1987.    

     

Firmado, EMILIO  SARAVIA BRAVO, Presidente;    

     

HERNAN CABALLERO  HERRERA, Secretario».    

     

ARTICULO 2° El  presente Decreto rige a partir de su publicación.    

     

Comuníquese y  cúmplase.    

     

Dado en Bogotá, D. E.,  a 26 de enero de 1988.    

     

VIRGILIO BARCO    

     

El Ministro de  Comunicaciones,    

FERNANDO CEPEDA ULLOA.    

     

           

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