DECRETO 1491 DE 1987
(agosto 6)
Por el cual se aprueba el Acuerdo número 029 de 1986, que establece la Planta de Personal Administrativo del Fondo Educativo Regional de San Andres y Providencia, Islas.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales que le confiere el ordinal 21 del artículo 120 de la Constitución Nacional,
DECRETA:
ARTÍCULO 1º Apruébase el Acuerdo número 029 de 1986, de la Junta Administradora del Fondo Educativo Regional de San Andrés y Providencia, Islas, cuyo texto es el siguiente:
“ACUERDO NÚMERO 029 DE 1986
(septiembre 2)
por el cual se establece la Planta de Personal Administrativo del Fondo Educativo Regional de la Intendencia de San Andrés y Providencia, Islas.
La Junta Administradora del Fondo Educativo Regional de la Intendencia Especial de San Andrés y Providencia, Islas, y
CONSIDERANDO:
Que según el Decreto extraordinario número 102 de 1976, corresponde a las Juntas Administradoras de los Fondos Educativos Regionales, proponer al Ministerio de Educación Nacional la Planta de Personal del Fondo para los cargos administrativos que se requieren para el normal funcionamiento de los planteles educativos;
Que el Decreto número 1042 de 1978 y sus modificativos establecen el sistema de nomenclatura, clasificación y remuneración para los distintos empleos administrativos del orden nacional;
Que la Ley 12 de 1986 establece que las Plantas de Personal de los Fondos Educativos Regionales, previo certificado de disponibilidad presupuestal, deberán ser aprobadas mediante Decreto del Gobierno Nacional,
ACUERDA:
Artículo 1º Las funciones propias de las distintas dependencias del Fondo Educativo Regional de la Intendencia Especial de San Andrés y Providencia, Islas, serán cumplidas por la Planta de Personal Administrativa que a continuación se establece:
N° DE CARGOS
DEPENDENCIA Y DENOMINACIÓN DEL CARGO
CÓDIGO
GRADO
ADMINISTRACION GENERAL
DELEGACIÓN REGIONAL DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL.
2
Secretario
5140
10
1
Auxiliar Administrativo
5120
07
1
Chofer Mecánico
6010
08
ADMINISTRACIÓN DEL FONDO EDUCATIVO REGIONAL.
1
Tesorero
5015
18
1
Técnico Administrativo
4065
09
1
Auxiliar Administrativo
5120
09
2
Auxiliar Administrativo
5120
07
1
Mecanógrafo
5180
04
1
Celador
6020
03
2
Auxiliar de Servicios Generales
6035
02
CONTABILIDAD.
1
Profesional Universitario
3020
03
1
Auxiliar Administrativo
5120
07
PRESUPUESTO.
1
Técnico Presupuesto
4035
10
1
Auxiliar Administrativo
5120
07
NOVEDADES DE PERSONAL.
1
Técnico Administrativo
4065
07
KÁRDEX.
3
Auxiliar Administrativo
5120
07
ALMACEN.
1
Almacenista
5080
11
1
Auxiliar Administrativo
5120
07
OFICINA SECCIONAL DE ESCALAFÓN.
1
Secretario
5140
10
1
Técnico Administrativo
4065
09
1
Técnico Administrativo
4065
07
1
Auxiliar de Técnico
4110
05
1
Ayudante de Oficina
5155
07
1
Auxiliar Servicios Generales
6035
02
CENTRO EXPERIMENTAL PILOTO.
1
Director de Centro
2105
03
2
Profesional Universitario
3020
06
1
Secretario
5140
08
1
Operario Calificado
6000
08
1
Secretario
5140
06
1
Chofer Mecánico
6010
08
1
Auxiliar Servicios Generales
6035
02
ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS.
EDUCACIÓN BÁSICA SECUNDARIA Y MEDIA VOCACIONAL.
8
Secretario
5140
10
9
Ayudante de Oficina
5155
07
5
Operario Calificado
6000
07
7
Operario
6030
05
3
Chofer mecánico
6010
08
1
Auxiliar Administrativo
5120
05
2
Auxiliar Servicios Generales
6035
05
4
Mecanógrafo
5180
04
7
Celador
6020
03
19
Auxiliar Servicios Generales
6035
02
EDUCACIÓN PREESCOLAR Y BÁSICA PRIMARIA NACIONALIZADA.
1
Secretario
5140
10
4
Operario Calificado
6000
07
10
Operario
6030
05
4
Chofer Mecánico
6010
08
18
Celador
6020
03
31
Auxiliar Servicios Generales
6035
02
Artículo 2º El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición, deroga el Acuerdo número 002 del 12 de enero de 1983 en lo pertinente al personal administrativo y para su validez requiere aprobación por decreto del Gobierno Nacional.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en San Andrés, Isla, a los dos (2) días del mes de septiembre de mil novecientos ochenta y seis (1986).
El Intendente Especial y Presidente de la Junta (Fdo.) SIMÓN GONZÁLEZ RESTREPO. El Secretario de Educación Intendencial. (Fdo.) JULIÁN DAVIS SMITH. El Delegado de la Ministra de Educación Nacional. (Fdo.) INOCENCIO JAY ARCHIBOLD. El Secretario de Hacienda Intendencial (Fdo.) NESTOR GARNICA D’ARMAS. El Secretario de Planeación (Fdo.) NORBERT VOMBLOM POMARE. El Representante de la Comunidad (Fdo.) MONSEÑOR ANTONIO FERRANDIZ. El Representante del Ministerio de Hacienda y Crédito Público (Fdo.) FRANCISCO JOSÉ TORRES T. La Representante del Magisterio (Fdo.) LAURA LIZCANO DE USSEGLIO.
Aprobado por (Fdo.) ALFONSO CABRALES CONTRERAS, Director General de Servicios Administrativos».
ARTÍCULO 2º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 6 de agosto de 1987.
VIRGILIO BARCO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público, LUIS FERNANDO ALARCÓN MANTILLA. El Ministro de Educación Nacional, ANTONIO YEPES PARRA. El Secretario General, encargado de las funciones del Despacho del Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil, JOAQUÍN BARRETO RUIZ.