DECRETO 1488 DE 1987
(agosto 6)
Por el cual se aprueba el Acuerdo número 049 de 1986, que establece la Planta de Personal Administrativo del Fondo Educativo Regional del Magdalena.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales que le confiere el ordinal 21 del artículo 120 de la Constitución Nacional,
DECRETA:
ARTÍCULO 1º Apruébase el Acuerdo número 049 de 1986, de la Junta Administradora del Fondo Educativo Regional del Magdalena, cuyo texto es el siguiente:
“ACUERDO NÚMERO 049 DE 1986
(julio 30)
por el cual se establece la Planta de Personal Administrativo del Fondo Educativo Regional del Magdalena.
La Junta Administradora del Fondo Educativo Regional del Magdalena, en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO:
Que según el Decreto extraordinario número 102 de 1976 corresponde a la Junta Administradora de los Fondos Educativos Regionales, proponer al Ministerio de Educación Nacional la Planta de Personal del Fondo para los cargos administrativos que se requieren para el normal funcionamiento de los planteles educativos;
Que el Decreto 1042 de 1978 y sus modificativos establecen el sistema de nomenclatura, clasificación y remuneración para los distintos empleos administrativos del orden nacional;
Que la Ley 12 de 1986, establece que las plantas de personal de los Fondos Educativos Regionales, previo certificado de disponibilidad presupuestal, deberán ser aprobadas mediante decreto del Gobierno Nacional,
ACUERDA:
Artículo 1º Las funciones propias de las distintas dependencias del Fondo Educativo Regional del Magdalena serán cumplidas por la Planta de Personal Administrativo que a continuación se establece:
N° DE CARGOS
DEPENDENCIA Y DENOMINACIÓNDEL CARGO
CÓDIGO
GRADO
ADMINISTRACION GENERAL
DELEGACIÓN REGIONAL DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL.
1
Secretario Ejecutivo
5040
11
2
Secretario
5140
10
2
Auxiliar Administrativo
5120
11
1
Auxiliar Administrativo
5120
09
ADMINISTRACIÓN DEL FONDO EDUCATIVO REGIONAL.
Contabilidad.
1
Profesional Universitario
3020
04
1
Técnico Administrativo
4065
09
1
Secretario
5140
08
Presupuesto.
1
Técnico en Presupuesto
4035
10
Tesorería.
1
Tesorero
5015
20
1
Secretario
5140
08
1
Auxiliar Administrativo
5120
09
Kárdex.
1
Secretario
5140
08
Almacén.
1
Almacenista
5080
11
1
Auxiliar Administrativo
5120
07
Asistencia Administrativa.
1
Profesional Universitario
3020
04
2
Auxiliar Administrativo
5120
07
Pagaduría.
1
Pagador
5045
17
Servicios Generales.
4
Auxiliar de Servicios Generales
6035
03
2
Celador
6020
04
Novedades de Personal.
1
Auxiliar Administrativo
5120
07
Oficina Seccional de Escalafón.
1
Profesional Universitario
3020
03
1
Secretario
5140
10
1
Auxiliar de Técnico
4110
05
1
Auxiliar Administrativo
5120
07
3
Ayudante de Oficina
5155
07
3
Auxiliar Administrativo
5120
11
1
Auxiliar de Servicios Generales
6035
03
2
Celador
6020
03
Centro Experimental Piloto.
1
Director de Centro
2105
03
2
Profesional Universitario
3020
06
2
Profesional Universitario
3020
04
1
Auxiliar Administrativo
5120
09
1
Secretario
5140
10
1
Secretario
5140
08
1
Operario Calificado
6000
08
2
Celador
6020
04
2
Auxiliar de Servicios Generales
6035
03
ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS
EDUCACIÓN BÁSICA SECUNDARIA Y MEDIA VOCACIONAL.
2
Secretario Ejecutivo
5040
11
9
Secretario
5140
08
31
Secretario
5140
06
1
Almacenista
5080
11
14
Ayudante de Oficina
5155
05
22
Capellán
5125
07
2
Operario
6030
03
80
Auxiliar de Servicios Generales
6035
03
44
Celador
6020
03
Artículo 2º El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición, deroga el Acuerdo número 004 de 1986, en lo pertinente al Personal Administrativo y para su validez requiere aprobación por decreto del Gobierno Nacional.
Comuníquese y cúmplase.
(Fdo.) JACOBO PEREZ ESCOBAR, Gobernador. Presidente de la Junta. (Fdo.) OFELIA DE MARTES, Delegada del Ministerio de Educación. (Fdo.) SIMÓN VILLAMIZAR BENÍTEZ, Secretario de Educación. (Fdo.) JOAQUÍN BALLESTEROS LÓPEZ, Director Regional del ICCE. (Fdo.) JOSE FRANCISCO ZÚÑIGA RIASCOS, Secretario de Hacienda. (Fdo.) RICHARD PACHECO ACOSTA, Representante de los Educadores. (Fdo.) RUTH ELENA DE CASTRO, Representante del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
Aprobado (Fdo.) LUIS CARLOS FALLÓN BORDA, Secretario General, Ministerio de Educación General”.
ARTÍCULO 2º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 6 de agosto de 1987.
VIRGILIO BARCO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
LUIS FERNANDO ALARCÓN MANTILLA.
El Ministro de Educación Nacional,
ANTONIO YEPES PARRA.
El Secretario General, encargado de las funciones del Despacho del Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil,
JOAQUÍN BARRETO RUIZ.