DECRETO 1484 DE 1987
(agosto 6)
Por el cual se aprueba el Acuerdo número 0028 de 1986, que establece la Planta de Personal Administrativo del Fondo Educativo Regional del Caquetá.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales, que le confiere el ordinal 21 del artículo 120 de la Constitución Nacional,
DECRETA:
ARTÍCULO 1º Apruébase el Acuerdo número 0028 de 1986, de la Junta Administradora del Fondo Educativo Regional del Caquetá, cuyo texto es el siguiente:
“ACUERDO NÚMERO 0028 DE 1986
(septiembre 10)
por el cual se establece la Planta de Personal Administrativo del Fondo Educativo Regional del Caquetá.
La Junta Administradora del Fondo Educativo Regional del Caquetá, en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO:
Que según el Decreto extraordinario número 102 de 1976, corresponde a las Juntas Administradoras de los Fondos Educativos Regionales, proponer al Ministerio de Educación Nacional la Planta de Personal del Fondo para los cargos administrativos que se requieren para el normal funcionamiento de los planteles educativos.
Que el Decreto 1042 de 1978 y sus modificativos, establecen el sistema de nomenclatura, clasificación y remuneración para los distintos empleos administrativos del orden nacional.
Que la Ley 12 de 1986 establece que las Plantas de Personal de los Fondos Educativos Regionales, previo certificado de disponibilidad presupuestal, deberán ser aprobadas mediante decreto del Gobierno Nacional,
ACUERDA:
Artículo 1º Las funciones propias de las distintas dependencias del Fondo Educativo Regional del Caquetá, serán cumplidas por la Planta de Personal Administrativo que a continuación se establece:
N° DE CARGOS
DEPENDENCIA Y DENOMINACIÓN DEL CARGO
CÓDIGO
GRADO
ADMINISTRACION GENERAL
DELEGACIÓN REGIONAL DEL MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL.
1
Asistente Administrativo
4140
12
1
Secretario Ejecutivo
5040
11
1
Auxiliar Administrativo
5120
09
1
Chofer Mecánico
6010
08
1
Secretario
5140
08
1
Auxiliar de Servicios Generales
6035
03
1
Auxiliar de Servicios Generales
6035
05
3
Celador
6020
03
FONDO EDUCATIVO REGIONAL DEL CAQUETÁ.
Administración.
4
Asistente Administrativo
4140
12
2
Técnico Administrativo
4065
07
6
Ayudante de Oficina
5155
07
1
Secretario
5140
08
1
Tesorero
5015
18
1
Profesional Universitario
3020
03
1
Almacenista
5080
11
10
Auxiliar Administrativo
5120
09
Oficina Seccional de Escalafón.
1
Auxiliar Administrativo
5120
07
1
Secretario
5140
10
1
Auxiliar Técnico
4110
05
1
Técnico Administrativo
4065
07
1
Ayudante de Oficina
5155
07
1
Auxiliar de Servicios Generales
6035
02
Centro Experimental Piloto.
1
Director de Centro
2105
03
4
Profesional Universitario
3020
04
1
Secretario
5140
08
1
Operario Calificado
6000
07
1
Almacenista
5080
11
1
Auxiliar de Servicios Generales
6035
02
Educación básica secundaria y media vocacional.
1
Auxiliar Administrativo
5120
09
1
Auxiliar Administrativo
5120
07
1
Auxiliar Administrativo
5120
11
4
Auxiliar Administrativo
5120
05
1
Ayudante de Oficina
5155
07
3
Ayudante de Oficina
5155
05
2
Secretario
5140
10
2
Secretario
5140
06
2
Mecanógrafo
5180
04
6
Operario Calificado
6000
07
1
Operario
6030
05
2
Operario
6030
01
6
Celador
6020
01
9
Celador
6020
03
36
Auxiliar de Servicios Generales
6035
01
5
Auxiliar de Servicios Generales
6035
03
1
Auxiliar de Servicios Generales
6035
05
1
Celador
6020
06
1
Técnico Operativo
4080
09
Artículo 2º El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición, deroga el Acuerdo número 002 de 1986, en lo pertinente al personal administrativo y para su validez se requiere aprobación por decreto del Gobierno Nacional.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Florencia, a los diez (10) días del mes de septiembre de mil novecientos ochenta y seis (1986).
(Fdo.) CORNELIO TRUJILLO PENAGOS, Gobernador del Caquetá; Presidente Junta Administradora FER. (Fdo.) ALBA LUZ MENDEZ ARTUNDUAGA, Secretaria de Educación. (Fdo.) EDILBERTO CASTRO MURCIA, Administrador de Impuestos Nacionales. (Fdo.) LUIS FERNANDO RIVERA MARTÍNEZ, Delegado Ministro de Educación. (Fdo.) LUIS EDILBERTO ESPINOZA PINZÓN, Secretario de Hacienda. (Fdo.) GUILLERMO DE LA TORRE RUEDA, Director Regional del Icce.
Aprobado:
(Fdo.) LUIS CARLOS FALLÓN BORDA,
Secretario General Ministerio de Educación Nacional.
ARTÍCULO 2º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 6 de agosto de 1987.
VIRGILIO BARCO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
LUIS FERNANDO ALARCÓN MANTILLA.
El Ministro de Educación Nacional,
ANTONIO YEPES PARRA.
El Secretario General, encargado de las funciones del Despacho del Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil,
JOAQUÍN BARRETO RUIZ.