DECRETO 1483 DE 1987
(agosto 6)
Por el cual se aprueba el Acuerdo número 0035 de 1986, que establece la Planta de Personal Administrativo del Fondo Educativo Regional de Caldas.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales que le confiere el ordinal 21 del artículo 120 de la Constitución Nacional,
DECRETA:
ARTÍCULO 1º Apruébase el Acuerdo número 0035 de 1986, de la Junta Administradora del Fondo Educativo Regional de Caldas, cuyo texto es el siguiente:
“ACUERDO NÚMERO 0035 DE 1986
(agosto 19)
por el cual se establece la Planta de Personal Administrativo del Fondo Educativo Regional de Caldas.
La Junta Administradora del Fondo Educativo Regional de Caldas, en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO:
Que según el Decreto extraordinario número 102 de 1976, corresponde a las Juntas Administradoras de los Fondos Educativos Regionales, proponer al Ministerio de Educación Nacional la Planta de Personal del Fondo para los cargos administrativos que se requieren para el normal funcionamiento de los planteles educativos.
Que el Decreto 1042 de 1978 y sus modificaciones, establecen el sistema de nomenclatura, clasificación y remuneración para los distintos empleos administrativos del orden nacional.
Que la Ley 12 de 1986, establece que las Plantas de Personal de los Fondos Educativos Regionales, previo certificado de disponibilidad presupuestal, deberán ser aprobadas mediante decreto del Gobierno Nacional,
ACUERDA:
Artículo 1º Las funciones propias de las distintas dependencias del Fondo Educativo Regional de Caldas, serán cumplidas por la Planta de Personal Administrativo que a continuación se establece:
N° DE CARGOS
DEPENDENCIA Y DENOMINACIÓN DEL CARGO
CÓDIGO
GRADO
ADMINISTRACION GENERAL
DELEGACIÓN REGIONAL DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL.
1
Asistente Administrativo
4140
10
2
Secretario Ejecutivo
5040
13
1
Auxiliar Administrativo
5120
09
1
Chofer Mecánico
6010
08
ADMINISTRACIÓN DEL FONDO EDUCATIVO REGIONAL.
Coordinación Administrativa.
1
Coordinador
5005
21
1
Secretario
5140
08
1
Auxiliar Administrativo
5120
09
Contabilidad.
1
Profesional Universitario
3020
04
1
Secretario
5140
08
1
Auxiliar Administrativo
5120
09
Presupuesto.
1
Técnico en Presupuesto
4035
10
Tesorería.
1
Profesional Universitario
3020
06
1
Secretario
5140
08
3
Auxiliar Administrativo
5120
09
Novedades de Personal.
1
Técnico Administrativo
4065
07
3
Auxiliar Administrativo
5120
09
1
Secretario
5140
08
Almacén.
1
Almacenista
5080
13
1
Secretario
5140
08
Kárdex y Archivo.
1
Técnico Administrativo
4065
07
1
Auxiliar Administrativo
5120
09
1
Auxiliar Administrativo
5120
07
1
Secretario
5140
08
Servicios Generales.
1
Chofer Mecánico
6010
08
2
Auxiliar de Servicios Generales
6035
05
2
Celador
6020
04
Oficina Seccional de Escalafón.
1
Profesional Universitario
3020
04
3
Auxiliar Administrativo
5120
11
1
Secretario
5140
10
1
Auxiliar Administrativo
5120
07
3
Ayudante de Oficina
5155
07
1
Auxiliar de Técnico
4110
05
Centro experimental piloto.
1
Director de Centro
3105
03
3
Profesional Universitario
3020
06
5
Profesional Universitario
3020
04
1
Profesional Universitario
3020
03
1
Secretario
5140
08
1
Ayudante de Oficina
5155
07
1
Chofer Mecánico
6010
08
1
Secretario
5140
06
1
Celador
6020
03
1
Ayudante de Oficina
5155
07
1
Auxiliar de Servicios Generales
6035
03
ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS.
Educación Básica Secundaria y Media Vocacional.
4
Odontólogo (1 hora mes)
3085
14
3
Médico (1 hora mes)
3085
14
2
Médico (2 hora mes)
3085
14
5
Músico de Banda
4055
09
1
Dibujante
4095
06
1
Secretario Ejecutivo
5040
11
6
Pagador
5045
07
7
Pagador
5045
11
1
Almacenista
5080
11
25
Auxiliar Administrativo
5120
07
5
Auxiliar Administrativo
5120
09
9
Secretario
5140
06
11
Secretario
5140
08
4
Secretario
5140
10
25
Ayudante de Oficina
5155
07
2
Operario Calificado
6000
09
44
Celador
6020
03
1
Celador
6020
06
89
Auxiliar de Servicios Generales
6035
03
Educación Básica Primaria.
58
Celador
6020
03
Artículo 2º El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición, deroga el Acuerdo número 002 de 1986, en lo pertinente al personal administrativo y para su validez se requiere aprobación por decreto del Gobierno Nacional.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Manizales, a los 19 días del mes de agosto de 1986.
(Fdo.) JAIME HOYOS ARANGO, Gobernador Departamento de Caldas; Presidente Junta FER Caldas. (Fdo.) LUZ MARINA CHICA ARANGO, Directora Regional Icetex. (Fdo.) ARMANDO AVILA GAVIRIA, Representante Magisterio. (Fdo.) SILVIO CARDONA GONZÁLEZ, DELEGADO Ministro Educación Nacional. (Fdo.) JULIO CÉSAR RAMÍREZ SALAZAR, Director Regional Icce.
Aprobado:
(Fdo.) FRANCISCO NÚÑEZ LAPEIRA,
Secretario General
Ministerio de Educación Nacional”.
ARTÍCULO 2º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 6 de agosto de 1987.
VIRGILIO BARCO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
LUIS FERNANDO ALARCÓN MANTILLA.
El Ministro de Educación Nacional,
ANTONIO YEPEZ PARRA.
El Secretario General, encargado de las funciones del Despacho del Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil,
JOAQUÍN BARRETO RUIZ.